Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 219 de 09/11/2005

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Otros. ENTE PUBLICO DE GESTION DE FERROCARRILES ANDALUCES

ANUNCIO de publicación de Resolución de 5 de octubre de 2005, por la que se crean los ficheros de datos de carácter personal del Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces.

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Resolución de 5 de octubre de 2005, por la que se crean los ficheros de datos de carácter personal de este organismo público.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD), dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las administraciones públicas únicamente podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

En el Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces se hace necesario, por lo tanto, aprobar la presente disposición de regulación de ficheros automatizados para adecuar los mismos a la LOPD, tal y como establece el mencionado artículo.Por consiguiente, a fin de dar cumplimiento al mandato legal del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, sobre creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal y asegurar a los administrados el ejercicio de sus legítimos derechos, y en el ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas de conformidad con el artículo 15 del Decreto

218/2003, de 22 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces dispongo:

Primero. Declaración de ficheros.

Los ficheros conteniendo datos de carácter personal responsabilidad del Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces serán los contenidos en los Anexos que se acompañan a esta Resolución.

Segundo. Creación.

Se crean en el Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces los 7 ficheros automatizados de datos de carácter personal que se describen en el Anexo II de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Disposición final única.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".

Sevilla, 5 de octubre de 2005.- El Director Gerente,

Teófilo Serrano Beltrán.

ANEXO I

LISTADO DE FICHEROS AUTOMATIZADOS DE DATOS DE CARACTER PERSONAL EXISTENTES EN EL ENTE PUBLICO DE GESTION DE FERROCARRILES ANDALUCES

1. Gestión de Personal.

2. Proveedores.

3. Consultas e incidencias.

4. Expedientes sancionadores.

5. Responsabilidad patrimonial.

6. Subvenciones.

7. Expedientes de expropiación.

ANEXO II

REGULACION DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS DE DATOS DE CARACTER PERSONAL EXISTENTES EN EL ENTE PUBLICO DE GESTION DE

FERROCARRILES ANDALUCES

(1) Fichero: Gestión de Personal.

1. Finalidad y usos: La finalidad del fichero es gestionar la Administración y Desarrollo del Personal perteneciente a la plantilla de trabajadores. El fichero se utiliza en la Gestión Administrativa y de nóminas de los trabajadores del organismo.

2. Personal o colectivo sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos: Los trabajadores del organismo.

3. Procedimientos de recogida de datos de carácter personal: Formularios de declaración personal de datos.

4. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: Los datos están contenidos en varios archivos informáticos

gestionados por una base de datos "Oracle" pertenecientes al sistema integrado de gestión "SAP".

Tipos de datos:

Datos identificativos:

Número del DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección postal.

Número de teléfono.

Datos del Puesto de trabajo:

Clasificación laboral.

Puesto de trabajo.

Centro de trabajo.

Datos Académicos:

Titulación.

Datos personales:

Sexo.

Estado civil.

Número de hijos.

Nombre de padre, madre, cónyuge e hijos.

Fecha de nacimiento.

Datos financieros:

Datos de domiciliación bancaria.

Datos económicos de nómina.

5. Cesión de datos prevista: A la Agencia Tributaria a efectos del IRPF, resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta al instituto de la Seguridad Social y a la entidad bancaria pagadora.

6. Responsable: Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces.

7. Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces, Avda. Diego Martínez Barrios, núm. 10, 9.ª planta, Sevilla,

41013.

El plazo para rectificar o cancelar datos será el establecido reglamentariamente.

8. Medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el

artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan datos de carácter

personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en dicho Reglamento como Nivel Básico.

(2) Fichero: Proveedores.

1. Finalidad y usos: La finalidad del fichero es gestionar de la información relativa a los proveedores de bienes y/o servicios del organismo. El fichero se utiliza para la gestión administrativa, certificaciones, contabilidad y estadística.

2. Personal o colectivo sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos: Proveedores del organismo.

3. Procedimientos de recogida de datos de carácter personal: Declaración de los datos por los proveedores.

4. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: Los datos están contenidos en varios archivos informáticos

gestionados por una base de datos "Oracle" pertenecientes al sistema integrado de gestión "SAP".

Tipos de Datos:

Datos identificativos:

Número del DNI/NIF.

Nombre y apellidos.

Dirección postal.

Número de teléfono.

Datos financieros:

Datos bancarios.

5. Cesión de datos prevista: No se prevé cesión de datos.

6. Responsable: Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces.

7. Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces, Avda. Diego Martínez Barrios, núm. 10, 9.ª planta, Sevilla,

41013.

El plazo para rectificar o cancelar datos será el establecido reglamentariamente.

8. Medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el

artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan datos de carácter

personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en dicho Reglamento como Nivel Básico.

(3) Fichero: Consultas e incidencias.

1. Finalidad y usos: La finalidad del fichero es gestionar de la información relativa a las incidencias y/o consultas realizadas por los ciudadanos, relativas a las

infraestructuras gestionadas por el organismo. El fichero será utilizado en la gestión administrativa, resolución de

incidencias, seguimiento y comunicación con los afectados.

2. Personal o colectivo sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos: Ciudadanos en general.

3. Procedimientos de recogida de datos de carácter personal: Cumplimentación de formulario de recogida de los datos por los propios ciudadanos.

4. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: Los datos están contenidos en varios archivos informáticos

gestionados por una base de datos Access.

Tipos de datos:

Datos identificativos:

Número del DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección postal.

Número de teléfono.

Correo electrónico.

Datos personales:

Sexo.

Edad.

5. Cesión de datos prevista: No se prevé cesión de datos.

6. Responsable: Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces.

7. Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces, Avda. Diego Martínez Barrios, núm. 10, 9.ª planta, Sevilla,

41013.

El plazo para rectificar o cancelar datos será el establecido reglamentariamente.

8. Medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el

artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan datos de carácter

personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en dicho Reglamento como Nivel Básico.

(4) Fichero: Expedientes sancionadores.

1. Finalidad y usos: La finalidad del fichero es tramitar procedimientos sancionadores en materia de transporte

ferroviario gestionado por el organismo. El fichero será utilizado en la gestión de tales procedimientos sancionadores.

2. Personal o colectivo sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos: Presuntos infractores o infractores.

3. Procedimientos de recogida de datos de carácter personal: Propio interesado o su representante legal, actas de

inspección, denunciantes, propuestas de iniciación del

procedimiento formuladas por cualquier órgano administrativo.

4. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: Los datos están contenidos en varios archivos informáticos

gestionados por una base de datos "Oracle".

Tipos de datos:

Datos identificativos:

Número del DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección postal.

Número de teléfono.

Correo electrónico.

Datos específicos:

Infracciones.

Sanciones.

5. Cesión de datos prevista: Consejería de Economía y

Hacienda.

6. Responsable: Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces.

7. Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces, Avda. Diego Martínez Barrios, núm. 10, 9.ª planta, Sevilla,

41013.

El plazo para rectificar o cancelar datos será el establecido reglamentariamente.

8. Medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el

artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad

de los Ficheros Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en dicho Reglamento como Nivel Básico.

(5) Fichero: Responsabilidad patrimonial.

1. Finalidad y usos: La finalidad del fichero es tramitar las reclamaciones de responsabilidad patrimonial. El fichero será utilizado en la tramitación de dichas reclamaciones.

2. Personal o colectivo sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos: Reclamantes por responsabilidad patrimonial.

3. Procedimientos de recogida de datos de carácter personal: Propio interesado o su representante legal.

4. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: Los datos están contenidos en varios archivos informáticos

gestionados por una base de datos "Oracle".

Tipos de datos:

Datos identificativos:

Número del DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección postal.

Número de teléfono.

Correo electrónico.

Datos específicos:

Reclamación.

5. Cesión de datos prevista: No se prevé cesión de datos.

6. Responsable: Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces.

7. Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces, Avda. Diego Martínez Barrios, núm. 10, 9.ª planta, Sevilla,

41013.

El plazo para rectificar o cancelar datos será el establecido reglamentariamente.

8. Medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el

artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan datos de carácter

personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en dicho Reglamento como Nivel Básico.

(6) Fichero: Subvenciones.1. Finalidad y usos: La finalidad del fichero es la concesión de subvenciones de conformidad con las normas administrativas generales de aplicación. El fichero será utilizado en la tramitación de tales subvenciones.

2. Personal o colectivo sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos: Solicitantes y beneficiarios de las

subvenciones.

3. Procedimientos de recogida de datos de carácter personal: Propio interesado o su representante legal.

4. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: Los datos están contenidos en varios archivos informáticos

gestionados por una base de datos "Oracle".

Tipos de datos:

Datos identificativos:

Número del DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección postal.

Número de teléfono.

Correo electrónico.

Datos específicos:

Datos subvención.

Datos bancarios.

5. Cesión de datos prevista: No se prevé cesión de datos.

6. Responsable: Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces.

7. Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces, Avda. Diego Martínez Barrios, núm. 10, 9.ª planta, Sevilla,

41013.

El plazo para rectificar o cancelar datos será el establecido reglamentariamente.

8. Medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el

artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan datos de carácter

personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en dicho Reglamento como Nivel Básico.

(7) Fichero: Expedientes de expropiación.

1. Finalidad y usos: La finalidad del fichero es la gestión de expedientes de expropiación forzosa o cesión de bienes y derechos. El fichero será utilizado en la tramitación de tales expedientes.

2. Personal o colectivo sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos: Titulares de los bienes inmuebles objeto de expropiación.

3. Procedimientos de recogida de datos de carácter personal: Registro Catastral.

4. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: Los datos están contenidos en varios archivos informáticos

gestionados por una base de datos "Oracle".

Tipos de datos:

Datos identificativos:

Número del DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección postal.

Polígono.

Parcela.

Datos específicos:

Referencia catastral.

5. Cesión de datos prevista: No se prevé cesión de datos.

6. Responsable: Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces.

7. Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces, Avda. Diego Martínez Barrios, núm. 10, 9.ª planta, Sevilla,

41013.

El plazo para rectificar o cancelar datos será el establecido reglamentariamente.

8. Medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el

artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan datos de carácter

personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en dicho Reglamento como Nivel Básico.

Sevilla, 20 de octubre de 2005.- El Secretario General, José Luis Nores Escobar.

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