Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 14/11/2005

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 29 de octubre de 2005, de la Delegación Provincial de Granada, sobre expropiación forzosa de terrenos a ocupar con motivo de la ejecución de la obra del proyecto de clave: 2-GR-1458-0.0-0.0-PC. "Acondicionamiento y nuevo trazado de la A-348. Tramo: Yátor-Ugíjar. Términos municipales de Cádiar, Alpujarra de la Sierra y Ugíjar.

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Con fecha 21 de junio de 2005 la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas y Transportes ordenó la iniciación del expediente de expropiación forzosa necesario para obtener la plena posesión de los terrenos que se requieren para la ejecución de las obras del proyecto de referencia.

El mencionado proyecto fue aprobado el 20 de junio de 2005 y, de conformidad con el artículo 38.3 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía en relación con la disposición transitoria primera, "la aprobación implicará la declaración de utilidad pública, la necesidad de ocupación de los bienes y la adquisición de los derechos correspondientes, así como la urgencia de la ocupación, todo ello a los fines de la expropiación, de la ocupación temporal o de la imposición o modificación de servidumbres, efectos que se extienden también a los bienes y derechos comprendidos en la ejecución de la infraestructura cartográfica para los replanteos y en las incidencias posteriores de las obras, habilitando, igualmente, para realizar otras actuaciones administrativas que sean necesarias en orden a la disponibilidad de los terrenos necesarios".A la vista de cuanto antecede, esta Delegación Provincial en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 98 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, en relación con las disposiciones orgánicas que conforman la estructura y funcionamiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y el Decreto 4/1985, de 8 de enero (BOJA del día

12 de febrero de 1985),

HA ACORDADO

Primero. Iniciar el procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y Reglamento de desarrollo, respecto a los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado.

Segundo. Publicar la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la expropiación en el tablón de anuncios de esta Delegación Provincial, Ayuntamientos de Cádiar y Ugíjar, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Boletín Oficial de la Provincia y diario "Ideal" de Granada, valiendo como edicto respecto a posibles interesados no identificados, a titulares desconocidos o de ignorado paradero según lo previsto en el art. 52.2 de la L.E.F. y art.

59 de la Ley con fecha 16 de mayo de 2005 la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas y Transportes ordenó la iniciación del expediente de expropiación forzosa necesario para obtener la plena posesión de los terrenos que se requieren para la ejecución de las obras del proyecto de referencia.

Tercero. Señalar los días 20, 21, 22, 23, 24, 28, 29 y 30 de junio de 2005, para proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación y convocar para su comparecencia a los titulares de los bienes y derechos afectados que figuran en la relación de interesados.

A dicho acto, deberán asistir los interesados, personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y Documento Nacional de Identidad, pudiendo hacerse acompañar a su costa, si lo estima oportuno, de Peritos y Notario.

Publicada esta Resolución y hasta el día señalado para el levantamiento de las actas previas, los interesados, así como las personas que, siendo titulares de derechos o intereses económicos directos sobre los bienes afectados, se hayan podido omitir en la relación, podrán formular, por escrito, ante esta Delegación (Avda. de la Constitución, 18, portal 2.

18012, Granada), alegaciones, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados, pudiendo examinar los planos parcelarios y demás documentación.

Granada, 29 de octubre de 2005.- El Delegado, Pedro Fernández Peñalver.

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