Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 17/11/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

ORDEN de 25 de octubre de 2005, por la que se amplían los ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en la Consejería.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada, en este caso, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Por otra parte, el artículo 5 del Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, que desarrolla determinados aspectos de la Ley 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Informatizado de los Datos de Carácter Personal, el cual continúa en vigor en virtud de la disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica 15/1999, en tanto no se opongan a ésta, prevé que todo fichero de datos de carácter personal de titularidad pública será notificado a la Agencia de Protección de Datos, por el órgano competente de la Administración responsable del fichero, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el modelo nomalizado que al efecto elabore la Agencia, adjuntando una copia de la disposición de creación del fichero.

En cumplimiento de dichos preceptos se procedió a la regulación de los ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en esta Consejería mediante Ordenes de 24 de septiembre de 2002, 1 de septiembre 2003, 9 de diciembre de 2003, 16 de diciembre de 2003, 19 de enero de 2004, 14 de febrero de 2005, 13 de abril de 2005 y 24 de mayo de 2005.

A fin de ampliar la relación de los ficheros automatizados gestionados por la Consejería de Justicia y Administración Pública, se procede a la regulación del fichero existente en la Dirección General de Inspección y Evaluación y que se detalla en el Anexo. En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido concedidas,

D I S P O N G O

Primero. Se amplían los ficheros de datos de carácter personal de la Consejería de Justicía y Administración Pública, en el sentido de incorporar el fichero existente de la Dirección General de Inspección y Evaluación y que se relacionan en el anexo de esta Orden.

Segundo. El fichero relacionado en el anexo de esta Orden será notificado a la Agencia de Protección de Datos por la Dirección General de Inspección y Evaluación, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia, de una copia de la presente disposición.

Tercero. La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 25 de octubre de 2005

MARIA JOSE LOPEZ GONZALEZ

Consejera de Justicia y Administración Pública A N E X O

FICHERO AUTOMATIZADO DE LA DIRECCION GENERAL DE INSPECCION Y EVALUACION

a) Organo responsable: Dirección General de Inspección y Evaluación. Consejería de Justicia y Administración Pública.

b) Usos y fines: Gestión y control de las declaraciones de actividades, bienes e intereses de los Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y otros cargos públicos, así como copias de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Patrimonio.

c) Personas o colectivos afectados: Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y otros cargos públicos señalados en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2005, de 8 de abril.

d) Procedimiento de recogida de datos: A través de las declaraciones que los afectados tienen la obligación de presentar en el Registro de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos.

e) Estructura básica del fichero automatizado: Nombre y apellidos, documento nacional de identidad, denominación del cargo que desempeña, Consejería, Organismo o entidad, Motivos de la declaración, Declaración de actividades sobre posibles causas de incompatibilidad, Declaración de Actividades e Intereses y Declaración de Bienes Patrimoniales: Activo y Pasivo. Copia de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Patrimonio

f) Cesiones de datos que se prevén: Los datos contenidos en las declaraciones de actividades, bienes e intereses de los Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía, deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía e Internet, por imperativo de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos y otros Cargos Públicos. No se prevén otras cesiones.

g) Unidades o servicio ante el que ejercitarse los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación: Dirección General de Inspección y Evaluación. Sevilla.

h) Nivel exigible de medidas de seguridad: Nivel medio.

Descargar PDF