Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 14/12/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 7 de noviembre de 2005, de la Delegación Provincial de Sevilla, autorizando y aprobando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita, así como la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma. (PP. 4332/2005).

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Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial por Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., en solicitud de autorización de la instalación eléctrica que se reseña a continuación y declaración, en concreto de utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y la Sección I del Capítulo II, y el Capítulo V, del Título VII del R.D 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Esta Delegación Provincial, a propuesta de la Sección correspondiente y de acuerdo con la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la citada Consejería

HA RESUELTO

Primero. Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica referenciada cuyas características principales son:

Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica.

Domicilio: Avda. Diego Martínez Barrio, 2.

Finalidad de la instalación: Reforzar la alimentación eléctrica a la localidad de La Algaba.

Línea eléctrica:

Origen: Subestación "Itálica".

Final: C.T. "Nudo Presa".

T.m. afectados: Salteras y La Algaba.

Tipo: Aérea D/C y subterránea.

Longitud en km: L.A. 1,701, L.S. 0,817.

Tensión en servicio: 20 kV.

Conductores: L.A.: LA-110, L.S.: RHZ! 12/20 kV H-16 Al.

Apoyos: Metálicos de celosía.

Aisladores: U40BS.

Referencia: R.A.T. 103412.

Exp.: 235940.

Segundo: Declarar en concreto la utilidad pública, implicando ésta la urgente ocupación, según lo establecido en los arts.

53.º y 54.º de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y a los efectos señalados en el Capítulo V, del Título VII del R.D 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, con las condiciones especiales siguientes:

1. La presente resolución habilita al titular a la

construcción de la instalación proyectada.

2. Esta autorización se otorga a reserva de las demás

licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación.

3. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución, las condiciones impuestas por los

Organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en conocimiento y aceptadas por él.

4. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma, con la correspondiente autorización de explotación, que será emitida por esta

Delegación Provincial, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el art. 132.º del R.D. 1955/2000.

5. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen.

6. El titular de la instalación dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos a esta Delegación Provincial.

7. El plazo de puesta en marcha será de un año, contado a partir de la presente Resolución.

8. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven, según las

disposiciones legales vigentes.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.º de la Ley 4/1999, de 14 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 7 de noviembre de 2005.- El Delegado, Francisco Alvaro Julio.

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