Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 14/12/2005

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Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, notificando resolución de reintegro de subvenciones concedidas a entidades deportivas.

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Intentada la notificación en el domicilio que consta en el expediente, sin que hayan podido practicarse, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar resolución de reintegro dictada por el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte en Sevilla a la entidad que se relaciona, comunicándole que para el conocimiento íntegro del acto que le afecta podrá comparecer en la sede de esta Delegación Provincial de Turismo, Comercio y Deporte, sita en calle Trajano, 17, de Sevilla.

Entidad: Unión Deportiva El Cuervo.

CIF: G91139998.

Domicilio: Avda. de Jerez, 26.

Localidad: El Cuervo (Sevilla).

Expediente: SE140/04/FA/P.

Acto: Resolución de reintegro de 16 de noviembre de 2005.

Contenido: Reintegro de la subvención concedida al amparo de la Orden de 17 de enero de 2003 por importe de 968,75 euros, con adición de 36,10 euros en concepto de intereses de demora, lo que asciende a un total de 1.004,85 euros.

En relación con el acto citado, se le comunica a la entidad relacionada que el plazo voluntario de ingreso y los recursos que proceden son los siguientes:

- Si la resolución se publica entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de publicación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

- Si la resolución se publica entre los días 16 y el último de cada mes, desde la fecha de publicación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

El reintegro se efectuará abonando la cantidad referida mediante la presentación del modelo 046 en cualquier entidad bancaria colaboradora. Una vez efectuada la liquidación deberá remitir copia del mismo a este órgano.

Si transcurridos dichos plazos no se hubiera verificado el reintegro, se procederá a su exacción por la vía de apremio.

Recursos: Contra las citadas Resoluciones, que agotan la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, o bien, directamente recurso contencioso-admi nistrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación.

Sevilla, 29 de noviembre de 2005.- El Delegado,

Francisco Obregón Rojano.

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