Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 21/12/2005

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, por el que se hace público la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 19 de octubre de 2005, en relación con la Modificación de las Normas Subsidiarias para la rectificación del perímetro del Sector AU-SU-15 del municipio de Villaverde del Río (Sevilla) (Expte.: SE-1/05).

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Para general conocimiento se hace público la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, adoptada en su sesión de fecha 19 de octubre de 2005, por la que se suspende la Aprobación Definitiva de Modificación de las Normas Subsidiarias para la rectificación del perímetro del Sector AU-SU-15 del municipio de Villaverde del Río (Sevilla)TEXTO DE LA RESOLUCION"Visto el proyecto de Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del municipio de Villaverde del Río (Se villa), para la rectificación del perímetro del Sector AU-SU-15, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vistos la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y demás legislación urbanística aplicable.H E C H O SPrimero. El proyecto urbanístico de referencia tiene por objeto la rectificación de los límites del sector AU-SU-7 de uso característico residencial, segregando del mismo un nuevo sector para uso industrial, denominado AU-SU-15, que queda inmerso en el sector primitivo residencial.Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanístíca de Andalucía.FUNDAMENTOS DE DERECHOPrimero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley

7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.Segundo. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 193/2003 por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de Villa verde del Río para la resolución definitiva de este proyecto, se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.Cuarto. La Modificación segrega un nuevo Sector de suelo urbanizable ordenado de uso industrial, con una superficie de 2,6 Ha, del Sector de suelo urbanizable de uso residencial AU-SU-7, con una superficie de 15,87 Ha, planteado por las Normas Subsidiarias vigentes como desarrollo residencial de la zona norte del municipio, con la sola justificación de conservar las edificaciones existentes de uso industrial.

Su ubicación divide al Sector AU-SU-7 en dos zonas, con la consecuente desorganización de la ordenación general establecida por las vigentes Normas Subsidiarias, para una zona de exclusivo desarrollo residencial.

Este hecho exige estudiar la ordenación de los terrenos soportes del presente proyecto en el contexto del Plan General cuya redacción está iniciando el Ayuntamiento de Villaverde del Río, ya que la implantación de usos industriales en esta zona fue eliminada por la ordenación establecida por las Normas Subsidiarias vigentes de 1993, que reservaba la zona norte del municipio para su desarrollo residencial.Quinto. Con independencia de la deficiencia expuesta en el Fundamento de Derecho anterior, el proyecto presenta, además, las siguientes deficiencias urbanísticas:a) No constan en el proyecto el trazado y las características de las galerías y redes propias del Sector: abastecimiento de agua, alcantarillado, energía eléctrica, así como de su enlace con otras redes existentes o previstas, según se establece en el art. 13. 3. d) de la Ley

7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía.

d) No se establece el aprovechamiento medio de la nueva Area de reparto que debe definirse en el nuevo Sector de suelo urbanizable AU-SU-15 en relación con lo especificado en los artículos 58.1.a) y 60.a) de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía.

e) El proyecto, al clasificar los terrenos objeto de esta Modificación como suelo urbanizable ordenado, debe distinguir expresamente entre las determinaciones de la ordenación estructural y pormenorizada.Sexto. Las deficiencias

urbanísticas concretas que presenta el proyecto y que se especifican en el Fundamento de Derecho anterior, obligan a que sean corregidas adecuadamente por el Ayuntamiento.

Por su parte, y a la vista de lo señalado en el Fundamento de Derecho Cuarto, la presente Modificación de las Normas

Subsidiarias debe de contemplarse en el proceso de redacción del Plan General de Ordenación Urbanística que actualmente está formulando el Ayuntamiento, a los efectos de que resulte una ordenación coherente con la ordenación urbanística global que establezca para el municipio el futuro Plan General. Mientras no esté establecida tal ordenación urbanística global, esta Comisión Provincial no posee la referencia necesaria para evaluar el contenido de la presente

Modificación, por lo que no puede entrar en su consideración para su resolución definitiva. En consecuencia, procede suspender la aprobación definitiva del presente proyecto urbanístico, tal como dispone el art. 33.2. d) de la Ley

7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 193/2003, esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del

Procedimiento Administrativo Común,HA RESUELTOSuspender la aprobación definitiva del proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Villaverde del Río para la rectificación del perímetro del Sector AU-SU-15, aprobado provisionalmente por el Pleno municipal con fecha 18 de octubre de 2004, tal como establece el art. 33.2.d) de la Ley

7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía y en los términos especificados en el Fundamento de Derecho Sexto de esta Resolución.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan."Contra la presente

Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, bien directamente o a través de esta Delegación Provincial, ante el titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente Resolución.Sevilla,

22 de noviembre de 2005.- El Delegado, Jesús Lucrecio

Fernández Delgado.

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