Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 249 de 23/12/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 29 de noviembre de 2005, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se aprueba el Plan de Gestión para las pesquerías de cerco en el Golfo de Cádiz.

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La Orden APA/3568/2005 de 15 de noviembre, por la que se establece un Plan para la conservación y gestión sostenible de la pesquería de cerco de fondo en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, establece que la parada temporal de esta flota podrá ser objeto de concesión de ayuda por parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 26 de julio de 2000, por la que se regulan y convocan ayudas públicas para la mejora estructural y la modernización del sector pesquero andaluz, modificada mediante las Ordenes de 20 de mayo de 2004, de 1 de agosto de 2005, y de 14 de octubre de 2005, que regula, entre otras, las ayudas a Planes de Gestión o Recuperación, prevé en su artículo la exigencia de aprobación de los Planes de Gestión o Recuperación por el titular de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, a efectos de otorgamiento de las ayudas.

Una vez cumplidas las exigencias previstas en los artículos 64 apartado 2 y 65 del Real Decreto 1048/2003 de 1 de agosto, y en virtud de las facultades que me confiere la Orden de 26 de julio de 2000.

RESUELVO

Primero. Aprobación del Plan.

A los efectos previstos en el artículo 35 de la Orden de 26 de julio de 2000, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se regulan y convocan ayudas públicas para la mejora estructural y la modernización del sector pesquero andaluz, se aprueba el Plan de Gestión para la pesquería de cerco en el Golfo de Cádiz, que se regirá por lo dispuesto en la referida Orden y con arreglo a la presente Resolución.

Segundo. Medidas técnicas.

Además de las medidas técnicas establecidas en la normativa de general aplicación y en la Orden APA/3568/2005 de 17 de noviembre, por la que se establece un Plan para la conservación y gestión sostenible de la pesquería de cerco de fondo en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, se establecen las siguientes medidas técnicas complementarias:

- El horario de salida y entrada en puerto para el ejercicio de la actividad pesquera será de las 22 horas del domingo a las 14 horas del lunes y de las 19 horas a las 14 horas del día siguiente para el resto de los días, verificándose el descanso semanal de 56 horas continuadas entre las 14 horas del viernes y las 22 horas del domingo.

Tercero. Vigencia.

El presente Plan estará vigente hasta el 15 de noviembre de

2006. No obstante, podrá ser prorrogado un año más, según la evolución de la pesquería.

Cuarto. Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de noviembre de 2005.- La Directora General, María Luisa Faneca López.

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