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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma se ha resuelto dar publicidad a las subvenciones concedidas a las Entidades Locales que se indican en el Anexo, en las cuantías respecto a gastos de inversión y corrientes indistintamente, para la constitución y funcionamiento de Juntas Arbitrales de Consumo de ámbito local, conforme a lo dispuesto en la Orden de 21 de marzo de 2005, de la Consejera de Gobernación, y Resolución de 30 de noviembre de 2005 de la Dirección General de Consumo.
Sevilla, 5 de diciembre de 2005.- La Directora General, Isabel M.ª Cumbrera Guil.
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