Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 10/02/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

RESOLUCION de 31 de enero de 2005, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se hace público el Acuerdo de 27 de enero de 2005, de la Sección de Régimen Interior, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo, en el personal funcionario que desempeñe los puestos de trabajo que se citan.

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El Decreto 240/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, recoge en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos a que se refiere el punto 2 del artículo

21 de dicha norma (copias autenticadas) corresponderá a las Jefatura de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de documentos.

La Sección de Régimen Interior de esta Delegación es la responsable del Registro General establecido en la misma.

Por razones organizativas y de eficacia administrativa, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

Por cuanto antecede, esta Delegación

R E S U E L V E

Hacer público el Acuerdo de 27 de enero de 2005, de la Sección de Régimen Interior, de esta Delegación, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo, en el personal funcionario que desempeñe los puestos de trabajo que se citan, cuyo texto figura en el Anexo de la presente Resolución.

Sevilla, 31 enero de 2005.- El Delegado Provincial, José Jaime Mougan Rivero.

A N E X O

ACUERDO DE 27 DE ENERO DE 2005, DE LA SECCION DE REGIMEN INTERIOR DE LA DELEGACION PROVINCIAL DE LA CONSEJERIA DE EDUCACION EN SEVILLA, POR EL QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACION DE COPIAS MEDIANTE COTEJO EN EL PERSONAL FUNCIONARIO QUE DESEMPEÑE LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE SE CITAN

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, reconoce en el artículo 35.c) el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos, salvo que los originales deban obrar en el procedimiento; y en el artículo 46.1 atribuye a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

El artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas de atención directa a los ciudadanos (BOJA número 136, de 26 de octubre) establece que la competencia para la autenticación de copias de documentos públicos o privados, mediante cotejo con el original, que se presentan para ser tramitados en el órgano del cual depende cada Registro General de Documentos, corresponde a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de dicho registro.

Una de las funciones principales de los Registros Generales y Auxiliares es la de facilitar la presentación de escritos. Dicha función no se lograría si las copias de los documentos que se presenten junto con los originales, para la devolución de éstos, no pueden ser auténticas previo cotejo por los responsables de los Registros, motivo por el cual se hace necesaria la correspondiente delegación de competencias.

Por ello,

A C U E R D O

Primero. Delegar la competencia de expedición de copias autenticadas de documentos públicos o privados, realizada mediante cotejo con los originales respecto de los documentos que se presenten en el Registro General y/o Auxiliar de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en

Sevilla, atribuida a la Jefatura de la Sección de Régimen Interior, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, en el personal funcionario que ocupa los puestos de trabajo cuyos códigos de Relación de Puestos de Trabajo y denominaciones se relacionan a

continuación:

Código 1157910: Secretario/a Delegado/a Provincial.

Código 6617010: Coordinador-Asesoría Médica.

Código 1156310: Negociado de Registro.

Código 1160210: Negociado de Información.

Código 9082010: Sección de Contratación.

Código 1161010. Sección de Gestión de Personal de Educación Primaria.

Código 1160310: Sección Gestión Profesorado Educación

Secundaria.

Código 6617210: Sección Personal no Docente.

Código 1169510: Sección de Retribuciones.

Código 1156710: Negociado de Nóminas.

Código 6617110: Sección de Seguridad Social.

Código 1159610: Negociado de Seguridad Social.

Código 1156610: Negociado de Personal Centros Concertados.

Código 9082010: Sección de Gestión Económica.

Código 1156210: Negociado de Gestión Económica.

Código 1156810. Sección de Promoción Educativa.

Código 1157210: Sección de Centros Escolares.

Código 1157310: Negociado de Centros.

Código 1160510: Negociado de Títulos.

Código 1159910: Negociado de Servicios Complementarios.

Código 1156910: Negociado de Becas.

Código 1160010: Asesor Técnico-Régimen Jurídico.

Código 6617910: Departamento de Planificación Educativa.

Código 6617310: Sección de Gestión de Inspección.

Código 1157410: Unidad de Gestión de Inspección.

Código 1155910: Sección de Planificación y Contratos.

Código 1156010: Negociado de Contratos.

Código 1161110: Negociado de Programación.

Código: 1159010: Negociado de Equipamiento.

Segundo. La delegación de competencias contenida en el

presente Acuerdo se entiende sin perjuicio de que en cualquier momento, el órgano delegante pueda avocar para sí el

conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere

conveniente.

Tercero. En las copias auténticas que se expidan, mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuarto. Queda expresamente derogado el anterior Acuerdo de fecha 4 de agosto de 1997 de la Sección de Régimen Interior de esta Delegación Provincial por el que se delegan las

competencias de expedir copias auténticas de documentos.

Quinto. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente

delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Sevilla, 31 de enero de 2005.- El Jefe de la Sección de Régimen Interior, Miguel Angel Aguilar Gutiérrez.

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