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Intentada la notificación sobre suspensión y cantidad indebidamente percibida de pensión no contributiva a las personas que se relacionan, sin haber podido efectuar la misma en el último domicilio conocido, y de conformidad con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre (BOE del 27), se publica el presente edicto para que sirva de notificación; significándoles que contra dicha resolución pueden interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional laboral ante esta Delegación Provincial en el plazo de treinta días contados a partir del siguiente al de esta publicación, en virtud de lo establecido en el art. 71 del R.D. Legislativo
2/95, de 7 de abril (BOE de 11 de abril).
Doña M.ª del Carmen Cruz Fernández.
DNI 18.113.845.
C/ Victoria de la Paz, 9 3 A.
04770 Adra (Almería).
Expte.: 04/0000346-I/2002.
Percibido indebidamente: 414,45 euros.
Doña Mariela Cano López.
DNI: 39.620.910.
C/ Terreros, 2, 3.º F. 04003-Almería.
Expte.: 04/0000265-I/2003.
Percibido indebidamente: 758,10 euros.
Percibido indebidamente: 322,35 euros.
Almería, 3 de febrero de 2005.- El Delegado, Luis López Jiménez.
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