Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 14/03/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 10 de febrero de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Velefique, en la provincia de Almería (V.P. 54/02).

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Visto el Expediente instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Almería, relativo al asunto de referencia, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante Resolución de fecha 14 de febrero de 2002 de la Viceconsejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía se acordó el inicio del Procedimiento de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Velefique (Almería).

Segundo. La Delegación Provincial de Medio Ambiente en Almería, durante la instrucción del Expediente de Clasificación, cursó oficios de notificación del comienzo de las operaciones materiales de recorrido, reconocimiento y estudio de las vías pecuarias del término municipal de Velefique a los siguientes organismos e instituciones: Ayuntamiento de Velefique, Cámara Agraria Provincial, Diputación Provincial de Almería, Delegación del Gobierno, Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes en Almería, Delegación Provincial de Agricultura y Pesca en Almería, Ministerio de Fomento, Asociación Juvenil Ecologista, Grupo Ecologista Mediterráneo "Gem", Unión de Pequeños Agricultores de Almería, ASAJA de Almería, COAG-Almería, Ecologistas en Acción. Dichas operaciones fueron anunciadas mediante exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Velefique, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm., de 21 de octubre de 2002.

Tercero. El día 27 de noviembre de 2002 se levantó el Acta de los trabajos materiales de Clasificación, en el que figuran las descripciones de cada una de las Vías Pecuarias clasificadas en el término municipal de Velefique (Almería),

no recogiéndose ninguna manifestación de los asistentes. Asimismo en el expediente de clasificación constan las coordenadas absolutas UTM de aquellos puntos singulares por donde discurren las Vías Pecuarias del mismo término, y una descripción minuciosa de sus recorridos y características.

Cuarto. Redactada la Proposición de Clasificación por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería, se sometió a exposición pública mediante anuncios en los organismos correspondientes, notificaciones a colectivos interesados, antes citados, y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm., de fecha 25 de febrero de 2004.

Dicha Proposición está integrada por la siguiente documentación:

Memoria

- Introducción.

- Procedimiento.

- Trabajos previos.

Descripción de las vías pecuarias

Coordenadas UTM

- De todos los itinerarios.

- De los puntos de apoyo a la descripción.

Cuadro propuestas de clasificación

Planos de clasificación

- Plano de situación. Escala 1/25.000.

- Plano de Clasificación. Escala 1/10.000.

Anejos

- Actas de clasificación.

- Fondo documental.

- Bosquejo planimétrico de Velefique (según Ley de 24 deagosto de 1896).

- Expediente administrativo.

Quinto. Transcurrido el período de exposición pública del presente expediente no se presentaron alegaciones.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los

siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a la Secretaría General Técnica la resolución del presente procedimiento administrativo en virtud de las atribuciones que le vienen conferidas en el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y el Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías

Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Según establecen los artículos 7 de la Ley 3/1995, de

23 de marzo, de Vías Pecuarias, y 12 del Decreto 155/1998 de

21 de julio, la Clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determinan la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria.

Tercero. Conforme al artículo 13 del Decreto 155/98, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma Andaluza, para la redacción de la Propuesta de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Velefique, se han tenido en cuenta los datos existentes en el Fondo Documental previsto en el artículo 6 del mismo Reglamento, así como la documentación técnica aportada al Expediente, según lo siguiente:

- Archivo Histórico Nacional. Sección Mesta.

- Fondo Documental de Vías Pecuarias de la Dirección Generalde Conservación de la Naturaleza del Ministerio de MedioAmbiente.

- Centro de Gestión Catastral de Almería.

- Archivo Municipal de Velefique.

- Fondo Documental de Vías Pecuarias de la

DelegaciónProvincial de Medio Ambiente de Almería.

- Bosquejo planimétrico (según Ley de 24 de agosto de 1896)a escala 1:25.000, del término municipal de Velefique.

- Mapa 10.000 del CETU.

Cuarto. En la tramitación del Expediente de Clasificación objeto de la presente se han observado todos los trámites preceptivos.

Considerando que en la presente clasificación se ha seguido el procedimiento establecido en el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto

155/98, de 21 de julio, con sujeción a lo regulado en la Ley

3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Vista la Propuesta de resolución de fecha 26 de abril de 2004, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería

RESUELVO

Aprobar la Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Velefique, en la provincia de Almería, de

conformidad con la Propuesta emitida por la Delegación

Provincial de Medio Ambiente en Almería, conforme a las descripciones que se incorporan a la presente a través de los Anexos I y II.

Se entienden no clasificados los tramos de vías pecuarias cuyos terrenos hayan sido calificados como urbanos o

urbanizables -que hayan adquirido las características de suelo urbano- por la normativa urbanística vigente en este término municipal, aprobada con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la misma, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno, conforme a lo establecido en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 10 de febrero de 2005.- El Secretario General

Técnico, Juan López Domech.

ANEXO I A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, DE FECHA 10 DE FEBRERO DE 2005, POR LA QUE SE APRUEBA LA CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE VELEFIQUE, PROVINCIA DE ALMERIA

Los datos físicos de las vías pecuarias objeto de esta

clasificación son los siguientes:

CUADRO RESUMEN DE LAS VIAS PECUARIAS EXISTENTES EN EL TERMINO MUNICIPAL DE VELEFIQUE (ALMERIA)

height="15">.

ANEXO II A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, DE FECHA 10 DE FEBRERO DE

2005, POR LA QUE SE APRUEBA LA CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE VELEFIQUE, PROVINCIA DE ALMERIA

VIAS PECUARIAS

1. CAÑADA REAL DE LA CUMBRE

Ficha de características.

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 69) height="15">.

DESCRIPCION

Esta Vía Pecuaria a su paso por Velefique discurrirá aguas vertientes por el partitérminos entre Velefique y Bacares, partiendo desde el M3T entre los mencionados términos y Castro de Filabres (V.P. 1-1).

Desde ese punto inicial, a 1.926 metros de altitud y dentro del paraje conocido como Los Canjorros de Castro, la Cañada avanza con dirección Este por el interior de un cortafuegos, el cual separa la densa masa de coníferas característica de esta zona occidental de la Sierra de los Filabres. A su izquierda se divisa la pista forestal que nos acompañará prácticamente durante todo el recorrido.

A los 1.315 metros desde el inicio penetra en el paraje de Febeire, momento en el cual se cruza por la derecha con la pista forestal que se dirige al cortijo del mismo nombre que el paraje (V.P. 1-2). Por la izquierda a su vez se le une la Vereda del Camino del Cercado, procedente de Bacares.

Siguiendo por el cortafuegos, dejamos a la derecha el Barranco del Toril (V.P. 1-3). Por este mismo lado la vegetación es de tipo matorral almohadillado, no siendo difícil observar algunos de los endemismos botánicos de esta sierra como es el caso de la Centaurea sagredoi, un pequeño cardo exclusivo de la zona. Por la izquierda, el pinar llega hasta el mismo cortafuegos.

Continuando con la misma dirección, a la derecha queda la Piedra del Aguila mientras que por la izquierda van aflorando numerosos barranquillos que se dirigen a la Hoya del Pedregal. En este tramo (V.P. 1-4) el cortafuegos queda encajonado por dos pistas forestales que discurren paralelamente al mismo.

Transcurridos 370 metros después, llegamos al Cerro de María Antonia (V.P. 1-5), donde se encuentran instalados varios repetidores del sistema bosque de vigilancia contra incendios. A partir de este punto en el que la repoblación de pinar ya rodea por ambos lados al cortafuegos, abandonamos al mismo siguiendo monte a través el partitérminos entre Bacares y Velefique con dirección al Cerro Bañica (V.P. 1-6), donde finalizará su recorrido enlazando con la Vereda de las

Fuentecillas.

La longitud de la Vía Pecuaria en su recorrido por Velefique es de 3.630,26 metros, y su anchura legal de 75 metros, correspondiendo a este término municipal la mitad ésta al discurrir por la línea de términos entre Velefique y Bacares.

2. VEREDA DE LAS FUENTECILLAS

Ficha de caracteristicas.

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 69) height="15">.

DESCRIPCION

Esta Vía Pecuaria tiene su origen en el Cerro Bañica (V.P. 1-

6), donde enlaza con la anteriormente descrita Cañada Real de la Cumbre. Este punto además se encuentra incluido en la divisoria de la cuenca del Río Sierro, quedando por la derecha el Collado de la Herradura y por la izquierda la Hoya del Pedregal.

Arranca con dirección Nordeste sobre la mojonera entre

Velefique y Bacares monte a través entre las repoblaciones de pinar hasta cruzarse a los 500 metros (V.P. 2-1) con la carretera local A1-405. Aproximadamente a esa altura entronca por la izquierda la Vereda del Camino de Bacares a Velefique, que discurre por Bacares.

A partir de ese punto, ya en la cabecera del Río Sierro, quedando el Collado de Sola por la izquierda, abandonamos momentáneamente la repoblación, para continuar con la misma dirección ahora por monte bajo de matorral. A la derecha aparecen numerosos barranquillos y cortijadas como la Casa del Prado (V.P. 2R1) y el Cortijo de los Torres.

Continúa avanzando sobre el partitérminos por monte bajo unas veces y por repoblación de pinar otras hasta entrar en el Entredicho (V.P. 2-2), habiendo recorrido ya unos 1.665 metros desde el inicio. A la derecha aparecen las Casas de las Minas (V.P. 2R2), y más adelante el Cortijo de Los Carmonas (V.P.

2R3) y Cortijo de Fábrega.

Antes de llegar al paraje del Haza Grande se cruza con el estrecho cortafuegos (V.P. 2-3) de la Balsa Redonda, tras el cual vuelve a introducirse en el pinar, ahora con dirección Norte. Así recorrerá unos 950 metros más hasta cruzarse con la pista forestal que va de Fuente Nueva a la Tetica (V.P. 2-4) que discurría por su izquierda. Al mismo lado queda el Cerro Nimax o Tetica de Bacares, de 2.080 metros de altitud, donde se encuentran instalados varios repetidores de telefonía móvil.

Tras este último punto alternará de nuevo el matorral bajo con repoblación descendiendo suavemente por monte público quedando a su derecha el Cortijo de Fuente Nueva o también conocido como Casa del Sastre (V.P 2R4).

De esta forma se adentrará de nuevo en la repoblación de coníferas ya en el paraje de Piedra Lobera hasta encontrarse con la pista forestal que se dirige a Sierro (V.P. 2-5), momento en el que abandona la mojonera entre Bacares y

Velefique, y por lo tanto finalizando su recorrido entro del último, pues cambia de dirección hacia el Noroeste con la mencionada pista como eje para llegar al Abrevadero de la Fuente de la Alfaguara.

La longitud de la Vereda en su recorrido por Velefique es de

4.660 metros, y su anchura legal de 20 metros, correspondiendo la mitad de ésta al término municipal de Velefique al

discurrir, la vía pecuaria por la línea de términos de

Velefique y Bacares.

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