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La Excma. Consejera de Medio Ambiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y los artículos 59 y 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla y, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de 2 febrero de 2005, ha acordado el inicio del deslinde, expte. MO/00005/2004, del monte público "Sierra Crestellina" cuya parte dispositiva es la siguiente:
"1º. Se proceda a iniciar el deslinde del monte público Sierra Crestellina, Código de la Junta de Andalucía MA-70003-CCAY, propiedad del Ayuntamiento de Casares y sito en el término municipal de Casares, provincia de Málaga.
2º. Encargar la redacción de la Memoria a la que alude el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, al Departamento correspondiente." El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación de este expediente es de dos años, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa, los interesados en el mismo podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo. A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que en caso de transmisión de algún derecho sobre titularidad, deberá ser comunicado a esta Delegación Provincial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular. Para cualquier tipo de aclaración, llamar al teléfono 952-
154568 ó 951-040102. Asimismo, se ruega concertar cita para la consulta del expediente.
Lo que se hace público para general conocimeinto y efectos oportunos.
Malaga, 2 de marzo de 2005.- El Delegado, D. J. Ignacio Trillo Huertas.
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