Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 01/04/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 15 de marzo de 2005, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se resuelve inscribir, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, la antigua Estación de Ferrocarriles de Málaga.

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 12.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece entre ellos, los de afianzar la conciencia de identidad andaluza a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y lingüísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad, atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27, la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, se crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndosele a la Consejería de Cultura la formación y conservación del mismo.

El artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto

4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 5.2 del citado Reglamento, el titular de la Dirección General de Bienes Culturales el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción genérica en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

II. El edificio de la antigua Estación de Ferrocarriles de Málaga es un claro exponente de la estética de mediados del siglo XIX. Flanqueada por dos pabellones de fábrica de estilo ecléctico, se dispuso una marquesina de hierro que fue la primera obra levantada en esta ciudad (1863) empleando dicho material, símbolo entonces de modernidad, al igual que lo era el propio destino del inmueble.

Constituye un elemento singular y representativo de la imagen histórica de la ciudad, en un momento en que, tras años de muy importante desarrollo industrial y comercial, se empezaban a sentir, por una sociedad con aspiraciones de progreso, los primeros síntomas de ralentización económica. Y hoy, defendido ante su posible desaparición por buena parte de la ciudadanía, deviene en bien patrimonial.

Su implantación en la frontera de la ciudad histórica, supuso el punto de partida del proceso de urbanización y transformación de la zona, continuado hasta nuestros días.

III. La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 23 de febrero de 2004 (BOJA número 53, de 17 de marzo de 2004), incoó el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, con carácter genérico, de la antigua Estación de Ferrocarriles de Málaga, al amparo de lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía.

De acuerdo con el artículo 12 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, se cumplimentaron los trámites preceptivos de audiencia al Ayuntamiento y organismos afectados, de informe de institución consultiva (Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Málaga, con fecha 3 de junio de 2004) y de puesta de manifiesto a los interesados.

Don Alfredo Cabello Amézaga, en representación de la Red Nacional de Ferrocarriles Españoles (Renfe), presentó recurso de alzada contra la Resolución de incoación. Dicho recurso fue desestimado por Orden de la Excma. Sra. Consejera de Cultura de fecha 1 de septiembre de 2004.

Al practicarse el trámite de audiencia alegó don Juan Ramón Casero Domínguez, en representación del Ayuntamiento de Málaga y, al realizarse la puesta de manifiesto, lo hizo don Andrés Gutiérrez Istria, igualmente en representación del

Ayuntamiento malagueño. Ambas alegaciones fueron contestadas, en sentido desestimatorio, mediante sendos escritos de fechas

18 de junio y 20 de diciembre de 2004 enviados por la

Delegación Provincial de la Consejería de Cultura en Málaga.

Terminada la instrucción del procedimiento y según lo

dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, procede la inscripción, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de la antigua Estación de Ferrocarriles de Málaga.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley/1991, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación a lo

establecido en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de

Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto/2004, de

7 de enero.

Por lo expuesto, a tenor de las actuaciones practicadas y teniendo en cuenta las disposiciones citadas, sus concordantes y normas de general aplicación,

R E S U E L V O

Primero. Inscribir, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, la antigua Estación de Ferrocarriles de Málaga, cuya identificación y descripción figuran como Anexo a la presente Resolución.

Segundo. Instar al asiento de este bien inmueble en el

Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados.

Tercero. Ordenar que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Cultura conforme a los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 15 de marzo de 2005.- El Director General, Jesús Romero Benítez.

A N E X O

Los elementos de la antigua Estación de Ferrocarriles de Málaga que se protegen son los edificios laterales, ahora exentos, y las piezas de la marquesina y frente metálico que los unía y que actualmente se encuentran desmontadas y

depositadas en almacenes municipales.

Los edificios laterales, con función original de organizar el movimiento de salida y llegada de viajeros, son dos pabellones de idéntico aspecto externo, de planta rectangular y dos alturas, concebidos en su fachada principal con cinco ejes de huecos, con arco de medio punto en la planta baja y rebajados en la superior, destacando el eje central con el enmarcamiento de la portada, el balcón con balaustrada situada sobre ella y el remate del reloj. Diferentes obras han modificado o

eliminado detalles constructivos del proyecto del ingeniero Antonio Arriete.

La marquesina, constituida a base de cerchas triangulares equidistantes unidas por correas, configuraba un gran cuerpo longitudinal, de mayor altura que los pabellones, cubierto a dos aguas. La fundición se realizó por F. de la Rochette y Cía. en la localidad francesa de Fomberies de Givors, Rhone. En la fachada, un gran arco central flanqueado por otros dos de menor luz con soportes de columnas de fundición, quedaba delimitado en la parte inferior por una verja apoyada sobre un murete de un metro de altura, mientras que en la zona superior una vidriera dejaba penetrar la luz.

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