Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 04/04/2005

1. Disposiciones generales

Consejería de Justicia y Administración Pública

ORDEN de 8 de marzo de 2005, por la que se regulan y convocan los Premios a la Mujer en la Administración Pública Andaluza para el año 2005.

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El proceso de incorporación de la mujer al mundo del trabajo se va normalizando en nuestra sociedad y adquiere gran relevancia en el empleo público. Esta situación nos ha llevado a unas Administraciones Públicas donde cada vez más la presencia de la mujer denota la ruptura de las barreras que antaño impedían su acceso en igualdad a los cargos y empleos públicos. En este sentido, los principios constitucionales de igualdad, publicidad, mérito y capacidad, como bases del acceso a la función pública, han propiciado una eclosión del empleo público femenino hasta el punto de que en la actualidad prestan servicios más mujeres que hombres en la Administración de la Junta de Andalucía.

Sin embargo, todos conocemos el esfuerzo doble que representa para muchas mujeres el trabajo fuera de casa cuando la sociedad aún no ha asimilado el reparto de papeles en el hogar que significa esta nueva situación. En efecto, aunque la tendencia se va invirtiendo en los últimos años, siguen siendo muchas las mujeres que además de su trabajo se hacen cargo de las tareas domésticas y de todo cuanto atañe a la debida ordenación de la vida familiar.

Conscientes de este esfuerzo, los poderes públicos no sólo deben propiciar el acceso de la mujer al empleo público, sino trabajar para que esta integración resulte lo más satisfactoria posible. Para ello, se vienen dando pasos importantes introduciendo, en los distintos acuerdos laborales de la Administración, medidas que contribuyen a conciliar la vida laboral y familiar, de hombres y mujeres, que se mejoran constantemente.

De este modo, la Consejería de Justicia y Administración Pública instituye el Premio a la Mujer en la Administración Pública Andaluza, para mostrar su reconocimiento oficial a aquellas empleadas públicas que sirvan de ejemplo en Andalucía por su trayectoria y dedicación profesional a la Administración Pública y, en definitiva, a la construcción de Andalucía.

Por todo ello, y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 1 del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública,

D I S P O N G O

Artículo 1. Objeto.

La presente Orden regula y convoca para el año 2005 los Premios a la Mujer en la Administración Pública Andaluza, como medio honorífico de reconocimiento y de agradecimiento público a todas aquellas mujeres que hayan destacado por su actividad o servicios como empleadas públicas.

Artículo 2. Modalidades y destinatarias.

Los Premios a la Mujer en la Administración Pública Andaluza se instituyen en dos modalidades, en función de sus destinatarias:

a) Premio a las mujeres funcionarias de la Administración, destinado a reconocer la especial contribución a la mejora de la calidad y del prestigio social del servicio público de la Administración de la Junta de Andalucía por parte de las mujeres que pertenezcan o hayan pertenecido a cualquiera de los cuerpos en que se estructura la función pública de la Junta de Andalucía.

b) Premio a las mujeres trabajadoras de la Administración, destinado a reconocer la especial contribución a la mejora de la calidad y del prestigio social del servicio público de la Administración de la Junta de Andalucía por parte de las mujeres que pertenezcan o hayan pertenecido a cualquiera de los grupos profesionales en que se estructura el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

Artículo 3. Naturaleza y características de los Premios.

En cada una de las modalidades, el premio consistirá en una escultura (alusiva), obra de un reconocido artista andaluz, y en un diploma acreditativo en el que se hará expresa mención de los méritos que motiven su otorgamiento, que se entregarán en un acto público institucional.

Artículo 4. Proposición y presentación de candidaturas.

1. Podrán proponer candidatas a los premios los titulares de los órganos directivos de la Administración de la Junta de Andalucía o, conjuntamente, un mínimo de 50 empleados públicos y las organizaciones sindicales tanto con representación en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía, como en la Comisión del Convenio.

2. Las candidaturas, firmadas por los proponentes, deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación:

a) Datos identificativos de la empleada pública, así como memoria justificativa de sus méritos y de las razones que han motivado la propuesta.

b) Declaración expresa del proponente y de la candidata propuesta de la aceptación de las normas de la convocatoria y del acto de concesión de los premios.

3. Las candidaturas, junto con la documentación, se dirigirán al titular de la Consejería de Justicia y Administración Pública y se presentarán en el plazo de 20 días hábiles preferentemente en el Registro General de la Consejería y de sus Delegaciones Provinciales, sin perjuicio de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 5. Jurado.

1. El Jurado estará presidido por el titular de la Consejería de Justicia y Administración Pública, o persona en quien delegue, y lo integrarán los siguientes miembros:

- El titular de la Viceconsejería de Justicia y Administración Pública.

- El titular de la Secretaría General para la Administración Pública.

- El titular de la Dirección General de la Función Pública.

- El titular de la Dirección General de Administración

Electrónica y Calidad de los Servicios.

- El titular de la Dirección del Instituto Andaluz de

Administración Pública.

- El titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer.

- Seis vocales designados por las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía para la modalidad recogida en el apartado a) del artículo 2.

- Tres vocales designados por las organizaciones sindicales con representación en la Comisión del Convenio para la

modalidad recogida en el apartado b) del artículo 2.

- Dos vocales designados por el titular de la presidencia entre personas de reconocido prestigio en el ámbito de las Administraciones Públicas.

Actuará como secretario un funcionario de la Consejería de Justicia y Administración Pública designado por la presidencia entre los que tengan categoría de Jefe de Servicio, al menos.

2. Para el otorgamiento de los premios el Jurado valorará especialmente la trayectoria de servicio de las candidatas y las actuaciones que hayan contribuido al progreso de la sociedad andaluza y al prestigio del papel de la mujer en la función pública como acicate a la igualdad entre hombres y mujeres.

Artículo 5. Concesión y entrega de los premios.

1. Los premios serán concedidos mediante Orden del titular de la Consejería de Justicia y Administración Pública, a

propuesta del Jurado, y se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. El acto de entrega de los premios y de los correspondientes diplomas acreditativos revestirá la mayor solemnidad posible, a fin de resaltar los méritos y cualidades de las

galardonadas.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía.Sevilla, 8 de marzo de 2005

MARIA JOSE LOPEZ GONZALEZ

Consejera de Justicia y Administración Pública

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