Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 11/4/2005

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Otros. EL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ

RESOLUCION de 1 de abril de 2005, sobre convocatoria de una plaza de Jefe de Departamento de Sistemas al servicio del Defensor del Pueblo Andaluz, con carácter de personal eventual y por el sistema de libre designación.

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Existiendo vacante una plaza de Jefe de Departamento de Sistemas, he resuelto convocarla conforme a las siguientes:

BASES

Primera. Denominación y descripción de la plaza.

Se convoca una plaza de Jefe de Departamento de Sistemas, cuyas funciones consisten, básicamente, en la administración, configuración y gestión de servidores (Linux y Win

dows 200X), así como S.G.B.D. Oracle y sistemas de seguridad (intranet o extranet) como Fireware, Proxy, etc., en la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz; el análisis, desarrollo y mantenimiento de aplicaciones de orientación web en lenguajes como: Java (J2EE), ISP, Javascropt, XML, HTML, PHP, etc., y en otros lenguajes como: C, C++, VB; así como la asistencia y formación de usuarios finales (entorno ofimático en Windows 2000 y XP).

Dicha plaza se encuentra dotada con unas retribuciones básicas del Grupo B, un complemento de destino nivel 24 y un complemento específico de 15.566,64 euros que implica dedicación de carácter exclusiva y con las incompatibilidades consiguientes.

Segunda. Carácter y sistema de selección de la plaza que se convoca.

La plaza de Jefe de Departamento de Sistemas tiene el carácter de funcionario eventual, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 27.3 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor del Pueblo Andaluz (BOJA núms. 124/1985 y 34/1988).

Conforme a lo establecido en el art. 33 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, reguladora de esta institución, la plaza de Asesor es de libre designación por el Defensor del Pueblo Andaluz.

Tercera. Requisitos de los candidatos.

Podrán tomar parte en esta convocatoria todas aquellas personas con titulación de Grado Medio o superior y/o funcionarios del Grupo B o A que acrediten una experiencia en funciones administrativas de análoga naturaleza a la plaza que se convoca.

Cuarta. Méritos.

Los méritos serán acreditados fehacientemente por los participantes y, con carácter general, serán tenidos en cuenta los siguientes:

1.º Carrera administrativa: Trabajos desempeñados con anterioridad en las Administraciones Públicas y nivel de los puestos desempeñados así como permanencia en los mismos.

2.º Titulaciones académicas.

3.º Actividad profesional.

4.º Cursos de formación y perfeccionamiento.

Los candidatos que opten a esta plaza deberán acreditar una experiencia mínima de dos años en el desarrollo de las funciones citadas en la base primera de esta convocatoria.

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 27.3 del Reglamento de esta Institución, citado, en el nombramiento se procurará dar prioridad a los funcionarios públicos, valorándose

especialmente los que, reuniendo los requisitos antes dichos, pertenezcan a los Cuerpos Superiores o de Grado Medio de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones Públicas.

Quinta. Solicitudes.

Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria, se dirigirán al Excmo. Sr. Defensor del Pueblo Andaluz y se presentarán dentro del plazo de 15 días naturales contados a partir del siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Las solicitudes, acompañadas de los documentos acreditativos de los méritos, serán presentados en el Registro de esta Institución sito en C/ Reyes Católicos, núm. 21, 41001, de Sevilla, o bien por alguno de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sexta. Proceso de selección.

La selección será realizada por la Junta de Coordinación y Régimen Interior de esta Institución que tendrá en cuenta los méritos y preferencias citados en la base anterior y alegados por los concursantes. Dicha Junta podrá convocar a

cualesquiera de los participantes que estime oportuno, al objeto de formular al interesado preguntas o aclaraciones sobre los méritos presentados por el mismo, o solicitar de los mismos datos complementarios que se deduzcan de aquellos o, la realización de alguna prueba práctica específica.

Si no existieran candidatos que reúnan los requisitos que se consideran idóneos, a juicio de la Junta de Coordinación y Régimen Interior, la plaza se declarará desierta.

Séptima. Nombramiento y toma de posesión.

El nombramiento de la persona que resulte seleccionada será realizado por el Defensor del Pueblo Andaluz a propuesta de la Junta de Coordinación y Régimen Interior.

La toma de posesión de quien resulte designado, habrá de efectuarse en el plazo de un mes, a contar desde la

notificación al solicitante de la resolución del Defensor del Pueblo Andaluz por la que se resuelva esta convocatoria. Dentro de dicho plazo se resolverá su situación funcionarial o laboral, para incorporarse en esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz en la situación regulada por la legislación vigente, artículo 34.2 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, y artículos 27 a 30 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor del Pueblo Andaluz.

Sevilla, 1 de abril de 2005.- El Defensor del Pueblo

Andaluz, José Chamizo de la Rubia.

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