Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 10/05/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 7 de abril de 2005, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se deniega autorización administrativa a instalación eléctrica del Parque Eólico "El Palmetín" de 18 MW para generación de energía eléctrica promovido por "Energiekontor Iberia, S.L." (Expte. AT-6924/03).

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A N T E C E D E N T E S

Con fecha 7 de julio de 2003, don Francesc Carulla Cartanya, en representación de la entidad mercantil "Energiekontor Iberia, S.L.", con domicilio en C/ Santa María, 38-3.º 2.ª,

08190, Sant Cugat del Vallés (Barcelona), solicitó la Autorización Administrativa para el establecimiento de la instalación Planta Eólica para generación de Energía Eléctrica, a establecer en los Parajes "Cruz Campero y Cerro Amor de Dios", término municipal Medina Sidonia, habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con el Título VII del Real Decreto/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley

54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, así como en el Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma Andaluza en desarrollo de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental de Andalucía.

A tal efecto se adjuntaba el Anteproyecto y Estudio de Impacto Ambiental del Parque Eólico "El Palmetín" de 18 MW en el t.m. de Medina Sidonia.

Habiéndose insertado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz de fecha 19.12.2003 y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía 8.1.2004 los correspondientes Anuncios de Información Pública sobre la Instalación Eléctrica e Informe Ambiental. Fueron notificados los Organismos y Entidades que pudieran ser afectados en sus bienes y servicios, Ayuntamiento de Medina Sidonia.

No habiéndose recibido oposición alguna por parte de este Organismo.

Por Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Cádiz, de fecha 17 de enero de 2005, fue otorgada la Declaración de Impacto Ambiental inviable.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación Provincial es competente para denegar la citada autorización, según lo dispuesto en los Reales Decretos

1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, así como los Decretos de Presidencia de la Junta de Andalucía 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y 201/2004, de 11 de mayo, sobre reestructuración de las Delegaciones Provinciales, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de Innovación, Ciencia y Empresa.

La Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en su artículo 20 que la Declaración de Impacto Ambiental tendrá carácter vinculante en el supuesto de que sea desfavorable, para el órgano con competencia sustantiva.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,

R E S U E L V E

Denegar a "Energiekontor Iberia, S.L.", la Autorización Administrativa para el establecimiento de la instalación cuyas principales características son las siguientes:

Parque eólico denominado: "El Palmetín" de 18 MW:

- aerogeneradores tripala de 70/80 metros de diámetro, con generador asíncrono 1.500 kW de potencia nominal c/u, a 690 V/50Hz emplazados en torres metálicas tubulares.

- Centros de Transformación 1.600 kVA, 0,690120 kV kV tipo interior.

- Red colectora eléctrica subterránea de Alta Tensión a 20 kV.

- Subestación Transformadora 20/66 kV de 20 MVA.

Referencia A.T.: 6924/03.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Ilmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cádiz, 7 de abril de 2005.- La Delegada, Angelina María Ortiz del Río.

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