Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 12/05/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 7 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 472/2004. (PD. 1639/2005).

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NIG: 2906742C20040007983.

Procedimiento: J. Verbal (N) 472/2004. Negociado: 2.

Sobre: Otorgar escritura pública de compraventa.

De: Don José Martín Prieto.

Procuradora: Sra. Montilla Romero, Nuria.

Contra: Conisa, S.A.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 472/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga a instancia de José Martín Prieto contra Conisa, S.A., sobre otorgar escritura pública de compraventa, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"Dictada por mí, Julián Cabrero López, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Siete de los de esta ciudad, en los autos de juicio verbal registrados con el número 472/2004 en los que han sido parte demandante don José Martín Prieto representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Montilla Romero y asistido del Letrado Sr. Sánchez Jiménez y parte demandada Conisa, S.A., que no compareció, en la ciudad de Málaga, a siete de febrero de dos mil cinco

F A L L O

Que estimando como estimo íntegramente la demanda por la Procuradora de los Tribunales Sra. Montilla Romero en nombre y representación de don José Martín Prieto, condeno a Conisa, S.A., a otorgar escritura pública de compraventa del aparcamiento inscrito como finca registral núm. 1379/B del tomo 2.028, sección 4.ª, libro 41, folio 193, del Registro de la Propiedad núm. 8, de los de Málaga, siendo de cargo del actor los gastos ocasionados por dicho otorgamiento. Debe advertirse a la demandada, conforme previene el art. 708 LEC, que caso de no prestar la declaración de voluntad indicada en el plazo de los veinte días siguientes a la notificación de esta sentencia, el Juzgado resolverá por auto y previa demanda ejecutiva tenerla por emitida.

Conisa, S.A., habrá de abonar las costas ocasionadas en este procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá prepararse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes a aquél en que sea notificada.

Llévese el original al libro de sentencias.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Conisa, S.A., extiendo y firmo la presente en Málaga a veintiséis de abril de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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