Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 26/05/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. DOS DE ALMERIA (ANTIGUO MIXTO NUM. DOS)

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 915/2005. (PD. 1899/2006).

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NIG: 0401342C20050006099.

Procedimiento: Verbal-Desh. F. Pago (N) 915/2005. Negociado: 2I.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (Antiguo Mixto núm. Dos).

Juicio: Verbal-Desh. F. Pago (N) 915/2005.

Parte demandante: Encarnación Visiedo Gálvez.

Parte demandada: Juan Luis Lupiáñez Bustinduy.

Sobre: Verbal-Desh. F. Pago (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En la ciudad de Almería, a trece de marzo de dos mil seis.

Vistos y examinados por la Sra. doña Esther Marruecos Rumí, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia número Dos de esta ciudad y su partido, los autos de juicio verbal de desahucio número 915/05, promovidos a instancia de doña Encarnación Visiedo Gálvez, representada por el Procurador don José M.ª Saldaña Fernández y asistida de la Letrada doña Mariana García Ag³ero, contra don Juan Luis Lupiáñez Bustinduy, en situación de rebeldía en los presentes autos.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don José M.ª Saldaña Fernández, en nombre y representación de doña Encarnación Visiedo Gálvez, contra don Juan Luis Lupiáñez Bustinduy, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre la parte actora y el demandado sobre la vivienda sita en Almería, calle Haza de Acosta, núm. 108, 9.º A, debiendo condenar y condenando al demandado a dejar libre y expedita la vivienda citada a la libre disposición de la parte actora, en el plazo de treinta días previsto legalmente, con apercibimiento de lanzamiento, en caso de incumplimiento, si la sentencia no fuera recurrida y lo solicitare la demandante en la forma prevenida en el art. 549 de la

LEC, condenando además a la parte demandada a abonar a la parte actora la cantidad de cinco mil seiscientos euros (5.600 euros) más los correspondientes intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda; todo ello con expresa condena en las costas del presente procedimiento a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación.Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones llevando el original al Libro de Sentencias y Autos Definitivos.

Así, por esta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 14 de marzo de 2006, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de Notificación.

En Almería, a catorce de marzo 2006.- El/La Secretario/a Judicial.

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