Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 26/05/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. UNO DE JEREZ DE LA FRONTERA (ANTIGUO MIXTO NUM. SEIS)

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm./2005. (PD. 1934/2006).

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NIG: 1102042C20050002424.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 543/2005. Negociado: C.

De: Don Juan Miguel Navarro Carmona, y otras.

Procurador: Sr. Fernando Arg³eso Asta-Buruaga.

Contra: Coprasa, S.A., Juan Torreira Vaca, Adolfo Gutiérrez de Gandarilla y Antonio Ceballos García.

Procurador/a: Sr./a. Isabel Moreno Morejón y Rafael Marín Benítez y Francisco Paullada Alcántara.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION Y REQUERIMIENTO

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:

"PARTE DISPOSITIVA

Se admite a trámite la demanda presentada por el Procurador Sr. Fernando Arg³eso Asta-Buruaga, en nombre y representación de Juan Miguel Navarro Carmona y otras sobre reclamación de cantidad, sustanciándose el proceso por las reglas del juicio ordinario.

Dése traslado de la demanda a la/s parte/s demandada/s, haciéndole/s entrega de copia de la misma y de los documentos acompañados, emplazándola/s con entrega de la oportuna cédula para que la conteste/n en el plazo de veinte días hábiles, computados desde el siguiente al emplazamiento.

Apercíbase a la/s parte/s demandada/s que si no comparecen dentro de plazo se le/s declarará en situación de rebeldía procesal (artículo.1 LEC). Adviértasele/s asimismo, que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de Procurador y con asistencia de Abogado (artículos y 31 LEC).

Llévese a efecto el emplazamiento en el domicilio señalado por la parte actora. Para el emplazamiento en dicho domicilio por el Servicio de Notificaciones.

Se tiene por aportado por la parte demandada dictamen pericial sobre vicios en la construcción, suscritos por el Perito Francisco Gomis Vacas.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).

Lo acuerda y firma la Magistrada-Juez, doy fe.

La Magistrada-Juez; El Secretario."

Y como consecuencia del ignorado paradero de María José Grajales Conde, Francisco Adolfo, María José y Sonia Gutiérrez de Gandarilla Grajales, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y emplazamiento para contestación a la demanda.

Jerez de la Frontera, veintiocho de abril de dos mil seis.- El Secretario Judicial.

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