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Resolución estimatoria de la Medida de Ingreso Mínimo de Solidaridad, provista en el art. 5, apdo. a), del Decreto/1999, de 12 de enero, emitida a los interesados que se relacionan seguidamente:
Asimismo, se les advierte que la misma no agota la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de Servicios Sociales e Inclusión de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los arts..1, 110 y 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Resolución denegatoria de los expedientes relacionados seguidamente, por aplicación de lo dispuesto en el apartado a) del art. 3.3 del Decreto 2/1999, de 12 de enero:
PS.MA/05 SARA HORTENCIA GONZALEZ LOPEZFUENGIROLA
Asimismo, se le advierte que la misma no agota la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de Servicios Sociales e Inclusión de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los arts..1, 110 y 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Resolución denegatoria de los expedientes relacionados seguidamente, por aplicación de lo dispuesto en el apartado C) del art. 2 del Decreto 2/1999, de 12 de enero:
PS.MA/05 ANTONIA GOMEZ CORDEROALHAURIN EL GRANDE
Asimismo, se le advierte que la misma no agota la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de Servicios Sociales e Inclusión de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los arts..1, 110 y 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Resolución de archivo de los expedientes relacionados seguidamente, por aplicación de lo dispuesto en el apartado del art. 14 del Decreto 2/1999, de 12 de enero.
PS.MA/06 MARIA DE LAS NIEVES DE LA TORRE OLIVAMARBELLA
PS.MA /06 ANA VICTORIA VILLAREAL ROMEROMIJAS
Asimismo, se les advierte que la misma no agota la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de Servicios Sociales e Inclusión de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los arts..1, 110 y 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Resolución de archivo de los expedientes relacionados seguidamente, por aplicación de lo dispuesto en el apartado del art. 71 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99:
Asimismo, se le advierte que la misma no agota la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de Servicios Sociales e Inclusión de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los arts..1, 110 y 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Contenido del acto: Requerimiento de la documentación de los expedientes relacionados seguidamente, en aplicación de lo establecido en el art. 15 del Decreto 2/99, y en el art. 71.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, previa Resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el art. de dicha Ley:
Málaga, 15 de mayo de 2006.- La Delegada, Amparo Bilbao Guerrero.
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