Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 14/07/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 27 de junio de 2006, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa procedimiento para la ampliación de la delimitación del Bien de Interés Cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, del sector delimitado de la población de Vélez-Málaga, en Málaga, declarado Conjunto

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Histórico-Artístico por Decreto 3480/1970, de 12 de noviembre.

I. El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, y el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo de acuerdo con el artículo 5.3 del citado Reglamento, el titular de la Dirección General de Bienes Culturales, el órgano competente para incoar y tramitar los procedimientos de declaración de Bien de Interés Cultural.

II. Mediante Decreto de 12 de noviembre de 1970 (BOE núm., de 8 de diciembre), se declaró Conjunto Histórico-Artístico la parte antigua de la ciudad de Vélez-Málaga (Málaga). Esta declaración comprendía dos zonas, la histórico-artística y la de respeto. No obstante, la falta de definición en la delimitación dada en el citado Decreto 3480/1970, así como las transformaciones sufridas por la edificación en los últimos años, aconsejan un ajuste de la línea de delimitación, que englobe una realidad arquitectónica homogénea, característica y reconocible de las etapas históricas que daban lugar a la declaración como Conjunto Histórico, de tal forma que la delimitación que se propone varía sensiblemente con respecto a la vigente.

III. En consecuencia, dados los valores que presenta el sector delimitado para la nueva delimitación del Conjunto Histórico de Vélez-Málaga y vista la propuesta formulada por el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 y 2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y del artículo 5.3 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 4/1993, de 26 de enero,

R E S U E L V O

Primero. Tener por incoado expediente de ampliación de la delimitación del Bien de Interés Cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, del sector delimitado de la población de Vélez-Málaga, en Málaga, declarado Conjunto HistóricoArtístico por Decreto 3480/1970, de 12 de noviembre, cuya descripción y delimitación figuran en el Anexo a la presente Resolución.

Segundo. Hacer saber al Ayuntamiento de Vélez-Málaga que debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación y demolición en las zonas afectadas, así como los efectos de las ya otorgadas. Las obras que, por razón de fuerza mayor, hubieran de realizarse en tales zonas con carácter inaplazable, deberán contar en todo caso con la autorización de esta Dirección General.

Tercero. Proceder a la anotación preventiva de la nueva delimitación en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, así como en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura.

Cuarto. Continuar la tramitación del procedimiento de acuerdo con las disposiciones en vigor. La tramitación del procedimiento se llevará a cabo por la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura en Málaga.

Quinto. Ordenar que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de junio de 2006.- El Director General, Jesús Romero Benítez.

A N E X O

I. JUSTIFICACION DE LA DELIMITACION

Vélez-Málaga es un núcleo urbano que se localiza en una zona muy próxima a la costa malagueña, asentándose sobre una zona en promontorio que le confiere un alto valor paisajístico al quedar rodeada por las estribaciones de la Sierra de Tejeda.

Su emplazamiento facilitó su defensa, siendo un lugar estratégico para controlar los accesos desde la costa mediterránea hacia el resto de la península a través de la comarca de la Axarquía.

Este privilegiado asentamiento, junto a la disponibilidad de agua y tierras aptas para el cultivo le concedieron una importancia histórica notable.

Vélez-Málaga tiene un origen romano/tardorromano, justificado por la despoblación que se produjo desde las costas hacia el interior, pero fue en época islámica cuando se constituyó realmente como núcleo urbano con nombre de origen árabe: Ballax, Ballix, Aballix o Ballix-Malica.

La ciudad musulmana se estructuraba con la Fortaleza en el punto más alto de la población, de gran valor defensivo y estratégico, extendiéndose en la falda occidental del monte en lo que hoy se conoce con el nombre de "La Villa", que conserva en su trazado urbanístico la huella de esta cultura, y en la falda Sur el primer barrio extramuros que se extiende hasta el cauce del arroyo que circundaba el cerro, el "Arrabal de San Sebastián".

La ciudad quedaba ceñida por un cinturón de muralla que la rodeaba englobando la fortaleza y contaba con cuatro puertas principales conectadas con las distintas vías de comunicación con la ciudad: La puerta de Granada al Norte, la de Antequera al Nor-Oeste, la del Arrabal al Sur, y la Puerta Real al Oeste, siendo esta última la única que se mantiene completa en la actualidad.

A partir de la conquista cristiana en 1487, se produjo el progresivo abandono de la ciudad por parte de la población musulmana, y una paulatina "cristianización" de la misma que tendrá un claro reflejo en la configuración morfológica del núcleo urbano, convirtiéndose su mezquita mayor en la actual Iglesia de Santa María.

La ciudad creció de acuerdo con sus nuevas funciones y se desarrolló de forma escalonada, a modo de anfiteatro, hacia las zonas más bajas donde las nuevas "fundaciones" que tuvieron lugar con la conquista sirvieron de foco de atracción de la población que, al desbordar el recinto amurallado, se asentó en sus alrededores conformándose así los nuevos barrios en torno a iglesias y conventos.

En la actualidad, la imagen por antonomasia de la ciudad la componen los dos cerros enfrentados, el de la Fortaleza,

donde destacan los restos de la Torre del Homenaje y la Iglesia mudéjar de Santa María, y el cerro de San Cristóbal, coronado por la Ermita de los Remedios, desde donde se desparrama una arquitectura menuda, de formas cúbicas en tonos blancos que se adaptan al terreno, conformada por los barrios de "La Villa" y del "Arrabal de San Sebastián".

Extramuros, en lo que corresponde con el desarrollo a partir del s. XVI, se presenta una arquitectura mudéjar y barroca de bastante interés, con Palacios y ejemplos residenciales característicos, (Palacio Beniel, Casa de Cervantes...), así como una serie de Iglesias y Conventos en torno a los cuales se fue conformando la trama urbana (Iglesia de San Juan, Iglesia del Carmen, Convento de Santiago, Convento de las Carmelitas, Convento de Gracia...), conformándose unas calles muy pintorescas y con singulares perspectivas urbanas sobre los propios monumentos que la configuran.

II. DELIMITACION LITERAL DEL BIEN

El área afectada por la nueva delimitación del Conjunto Histórico de Vélez-Málaga, comprende las parcelas, inmuebles, elementos y espacios públicos y privados incluidos dentro de la línea de delimitación que figura en el "Plano de Delimitación del Conjunto Histórico" de Vélez-Málaga y que se describe a continuación.

La base cartográfica es la Catastral de Hacienda procesada por INTOPSA, S.A. en octubre de 1998 a escala 1:1.000.

Dicha delimitación tiene su origen en el punto que denominaremos "A" que se sitúa en el cruce de los ejes de las calles Reñideros y San Isidro y su descripción será hecha en sentido antihorario.

Desde el punto "A" la delimitación sigue con sentido este por el eje de la ultima calle citada hasta alcanzar el eje de la calle Provisión por el que continua con sentido Sur hasta alcanzar la prolongación de la linde Norte de la parcela de la manzana 13162, por donde continua rodeando la citada parcela y por la trasera de la parcela 06 de la misma manzana, (ambas parcelas incluidas en la delimitación) hasta alcanzar su vértice Sur. Desde aquí cruza la calle Royo con sentido Sur hasta el vértice Noroeste de la parcela 03 de la manzana 13151.

Desde este punto continua la delimitación por las traseras de las parcelas 03, antes citada, 04 y 05 de la misma manzana 13151. Sigue la delimitación incluyendo parcialmente la parcela 18, como se indica en la documentación gráfica, para desde su vértice Sureste alcanzar, en prolongación, de nuevo el eje de la calle Provisión, siguiendo por el con sentido Sur hasta alcanzar el eje de la calle Pilarillo por donde continua hasta llegar al eje de la calle Pancho López, por el que continua con sentido Este hasta alcanzar el eje de la calle Montera por donde sigue hasta alcanzar la prolongación del límite Noroeste de la parcela 01 de la manzana 14142, a la que rodea para seguir por la fachada a la calle Canalejas de las parcelas 01, 09, 08, 07 y 06.

Desde el vértice Sur de la última parcela citada la delimitación cruza la calle Canalejas hasta el vértice más septentrional de la parcela 01 de la manzana 15131, a la que rodea para continuar por la fachada a la calle Utrera de las parcelas 02 y 03, esta última correspondiente al Convento de las Carmelitas. Desde el vértice más meridional de esta ultima parcela cruza la calle Juan Breva hasta el vértice Noroeste de la parcela 02 de la manzana 15122.

Desde este punto recorre las traseras de las parcelas 02, antes citada, 04, 05, 06 y 08 de la misma manzana. Sigue bordeando esta parcela 08 por su fachada a la calle San José para desde su vértice Sureste cruzar la calle Camino de Málaga hasta el vértice Oeste de la parcela 02 de la manzana 16121, recorriendo la fachada a la ultima calle citada de la misma parcela 02, rodeándola, para continuar por la trasera de las parcelas 03, 04 y 05 de la misma manzana. Desde el vértice Sur de esta ultima parcela, la delimitación cruza la calle Pintor Evaristo Guerra, hasta el vértice Oeste de la parcela 01 de la manzana 16123, continuando por la trasera de las parcelas 01, antes citada, 02, 04 y 05, de la misma manzana, para continuar por una paralela a 15,85 metros, a la fachada a la calle Cristo, incluyendo parcialmente las parcela 06 y 07 como se muestra en la documentación gráfica. Una vez alcanzado el vértice este de la parcela 08, también de la misma manzana recorre su trasera hasta alcanzar su vértice más meridional, desde donde la delimitación cruza la calle Arroyo Hondo hasta el vértice Oeste de la parcela 02 de la manzana 16111, para seguir por la trasera de las parcelas 03, 04, 05, 06, 07, a la que incluye parcialmente, según se indica en la documentación gráfica, 08, 09 y 10 de la misma manzana.

Desde el vértice Sur de la parcela 10 antes citada, la delimitación cruza la calle Miguel de Cervantes hasta el vértice Oeste de la parcela 01 de la manzana 17101. Desde aquí continua por la trasera de la parcela 01, antes citada y 02 de la misma manzana, cruzando la calle Pablo Picasso, desde el vértice Sureste de la parcela 02 antes citada hasta el vértice Suroeste de la parcela 01 de la manzana 18101, siguiendo por las traseras de las parcelas 01, 02, 03, 04, 05 y 06, a la que rodea hasta llegar al vértice Este de la misma, desde donde cruza, en prolongación, la calle Cristo hasta alcanzar la fachada de la manzana 18111 a esta misma calle. Desde aquí sigue por la citada fachada con sentido este hasta alcanzar el vértice Suroeste de la parcela 15 de la manzana 19112.

Desde este punto sigue por la fachada de esta parcela a la calle Pilar San Roque para pasar al interior de la citada manzana recorriendo las traseras de las parcelas 15, antes citada 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 01 y 02, hasta alcanzar el vértice Este de la ultima parcela citada para desde este cruzar la calle Hospitalico hasta el vértice Sur de la parcela 18 de la manzana 20111.

Desde este punto pasa al interior de la manzana antes citada recorriendo las traseras de la siguientes parcelas 18, antes citada, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 01 y 02, hasta alcanzar el vértice Este de la parcela 02, desde donde cruza la calle Pajarillos hasta el vértice Sur de la parcela 10 de la manzana 20122.

Desde aquí recorre la trasera de la parcela 03 de la manzana citada hasta alcanzar el vértice Norte de la misma parcela, para pasar a recorrer la fachada a la calle Penitentes de la parcela 02 de la misma manzana 20122, hasta alcanzar la prolongación de la fachada de la parcela 12 de la manzana 20121 a la misma calle Penitentes.

Desde aquí continua, cruzando la calle, por esta última fachada citada para seguir por la fachada a la calle Atarazanas de las manzanas 20121, antes citada y 20131, girando al Este por la fachada de esta última manzana citada a la calle Túnica, para desde el vértice Noreste de la parcela 03 de la manzana 20131, pasar al vértice Este de la parcela 26 de la manzana 21131, y continuar por las fachadas de las parcelas, 26, antes citada, 27, 28, 16, 15, 14, 29, 12, 11, 10, 09, 08, 07, 06, 05, 04 y 01, a la calle Paralela a la calle Santo Sepulcro.

Desde el vértice Norte de la parcela 01, antes citada, cruza la calle Pollinica en prolongación hasta la fachada a la citada calle de la parcela 01 de la manzana 22143.

Desde aquí sigue por la fachada a la citada calle de la última parcela citada, bordeándola hasta alcanzar su vértice Norte desde donde cruza la calle Virgen del Carmen, hasta el vértice Suroeste de la manzana 22141, desde este punto pasa al vértice Noroeste de la misma manzana, para cruzar la calle Alcanciles hasta el vértice Suroeste de la parcela 14 de la manzana 21141.

Desde aquí recorre la linde exterior Oeste de la última manzana citada hasta el vértice Noroeste de la misma y desde aquí cruza la calle Almendros hasta el vértice Suroeste de la manzana 21151.

Desde aquí recorre la linde exterior Oeste de la última manzana citada hasta el vértice Noroeste de la misma y desde

aquí cruza la calle Padre Raymundo Codesal hasta el vértice más meridional de la parcela 18 de la manzana 22151, continuando por la fachada a la calle Arroyo de la Molineta de la citada manzana.

Una vez en el vértice Norte de la parcela 21 de la manzana 22151 la delimitación continua por la fachada a la calle Arroyo de la Molineta de la manzana 22162 hasta la prolongación de la linde Este de la parcela 34 de la manzana 21162 continuando por esta linde bordeando la citada parcela hasta llegar a su vértice Oeste, desde donde pasa al vértice Norte de la parcela 08 de la manzana 21163, cruzando la calle La Paz.

Desde aquí pasa la delimitación por el interior de la última manzana citada, recorriendo las traseras de las parcelas 09 y 10 de la misma manzana, hasta el vértice Noroeste de la parcela 10 citada y desde aquí recorrer la fachada Oeste de la parcela 36 de la manzana 21162.

En el encuentro con la linde Sur de la parcela 01 de la misma manzana la delimitación pasa al interior de la manzana bordeando la citada parcela hasta alcanzar su vértice Norte, desde donde cruza la calle La Gloria hasta el vértice Este de la parcela 21 de la manzana 21161.

Desde aquí la delimitación pasa al interior de la manzana citada recorriendo las traseras de las parcelas 21, antes citada, 22, 26, 27 y 01 de la misma manzana.

Al llegar al vértice Norte de la última parcela citada, la delimitación sigue por la fachada, a la calle Arroyo de San Sebastián, de la parcela 01 de la manzana 22191 hasta alcanzar el vértice Sur de la parcela 01 de la manzana 20171 y desde aquí pasar al interior de la manzana recorriendo las traseras de las parcelas 01, antes citada, 02, 03, 04, 05 y 06.

Desde el vértice Oeste de la parcela 06 citada, la delimitación recorre la linde Oeste de la parcela 02 de la manzana 22191, coincidente con la linde Este de la calle que bordea el cerro de la fortaleza por el Este y el Norte.

Sigue la delimitación por la linde Norte de la calle que bordea el cerro de la fortaleza, quedando esta incluida en la misma.

Una vez alcanzado el vértice Sureste de la parcela 02 de la manzana 17191 la delimitacion pasa al interior de la citada manzana, por el límite Este de la parcela 02 citada y recorriendo las traseras de las parcelas 03, 10 y 01 de la misma manzana. Desde el vértice Este de esta última parcela, cruza la calle Pozo Almecín hasta el vértice Sur de la parcela 09 de la manzana 17021, pasando a recorrer la trasera de las parcelas 09, antes citada, 08, 07, 06, 04, 03, 02 y 01 de la misma manzana.

Desde el vértice Noroeste de la parcela 01 antes citada pasa al vértice más meridional de la manzana 16202 recorriendo desde aquí los límites Sur y Oeste de la citada manzana.

Una vez alcanzado el vértice Noreste de la parcela 02 de la manzana 16201 la delimitación recorre el límite Norte de la citada parcela para desde su vértice Noroeste cruzar la calle Trasierra hasta el vértice Sureste de la parcela 04 de la manzana 15203.

Desde aquí recorre las traseras de las parcelas 04, antes citada, 02, 03 y 01 de la misma manzana hasta alcanzar el vértice más al Oeste de la parcela 01 antes citada, para desde aquí pasar en prolongación al eje de la calle Pozo Cubierto, por el que continua hasta tomar el eje de la calle Cruz del Cordero por el que sigue hasta el encuentro con la prolongación del límite entre las parcelas 10 y 11 de la manzana 14222.

Desde aquí sigue la delimitación recorriendo la citada linde, bordeando la parcela 11 y recorriendo la linde Este de la parcela 13 de la misma manzana hasta alcanzar su vértice Suroeste, desde donde cruza la calle Cántaros hasta el vértice Noroeste de la parcela 03 de la manzana 14212.

Desde aquí la delimitación pasa al interior de la citada manzana recorriendo las traseras de la parcelas con fachada a la calle Cruz Cordero y que son la 03, antes citada, 04, 05, 06 y 09.

Desde el vértice Suroeste de la parcela 09 citada pasa cruzando la calle Abul Casim Benegas al vértice Noroeste de la parcela 10 de la manzana 14201 avanzando por las traseras de las parcelas 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 26, hasta alcanzar el vértice Suroeste de la última parcela citada, para desde aquí cruzar la calle Huerto hasta el vértice Noroeste de la parcela 01 de la manzana 15205, desde aquí sigue la delimitación por la fachada Oeste de la citada parcela hasta alcanzar su vértice Suroeste, desde donde cruza la calle Vicario hasta el vértice Noreste de la parcela 06 de la manzana 14192, para pasar al interior de esta manzana bordeando la parcela 15 de la misma manzana y recorriendo las traseras de las parcelas 17, 19, 20, y 21 también de la misma manzana.

Desde el vértice Noroeste de la última parcela citada la delimitación pasa en prolongación al eje de la calle Huerto del Vicario que recorre con sentido Sur hasta cruzar la calle Poleo hasta el vértice Noroeste de la parcela 08 de la manzana 14193, pasando al interior de esta manzana, recorriendo las traseras de las parcelas 09, 10, 11 y 12 de la misma manzana.

Desde el vértice Sureste de la parcela 12 antes citada pasa en prolongación al eje de la calle Callejón del Cerrillo por el que sigue con sentido Suroeste hasta la prolongación del límite Norte de la parcela 22 de la manzana 14181, desde aquí continua por dicha prolongación pasando al interior de la manzana citada, recorriendo las traseras de las parcelas 22, antes citada, 20 y 19, también de la misma manzana con fachada a la calle Callejón Cerrillo.

Con sentido Oeste la delimitación recorre el límite Sur de la parcela 19 última citada para salir de la manzana y continuar por el eje de la calle Callejón Cerrillo hasta el cruce con el eje de la calle Cruz Verde, que toma con sentido Noroeste hasta el encuentro con el eje de la calle Alberquilla, por el que sigue con sentido Sur hasta el cruce con el eje de la calle Huerta de Carrión. Por este último eje citado la delimitación sigue con sentido Noreste hasta la prolongación del eje de la calle Beatas para desde aquí girar con sentido Sureste hasta el encuentro con el eje de la calle Reñideros. Por este último eje citado, sigue hasta el encuentro con el eje de la calle San Isidro, punto "A" ya definido como origen de la delimitación.

III. DELIMITACION GRAFICA

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