Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 24/07/2006

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ANUNCIO de 29 de junio de 2006, del Ayuntamiento de Moclinejo, de rectificación de bases para la selección de Policías Locales.

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Decreto de Alcaldia por el que se aprueba la rectificación de la convocatoria y sus bases, para la provisión de dos vacantes para el ingreso por oposición libre al Cuerpo de la Policía Local de Moclinejo, cuyas bases fueron publicadas en el BOJA, núm. 88 de 11 de mayo de 2006.

Conforme a las atribuciones que me otorga el art. 21 de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en virtud del requerimiento efectuado por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía conforme a las competencias que se le otorgan en la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Así como advertidos de errores y omisiones en las citadas bases. En aras de garantizar los principios constitucionales de legalidad y de seguridad jurídica, recogidos en el artículo 9 de la Constitución Española, así como a los principios recogidos en el artículo 23 del mismo Texto.

Vengo a disponer:

1.º Rectificar las citadas bases y su convocatoria, así como subsanar errores u omisiones en las mismas para su completa adecuación a la normativa vigente conforme a lo siguiente:

Segunda. Condiciones o requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.

Para participar en el proceso selectivo, los aspirantes deben reunir, antes de que finalice el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad española

b) Tener dieciocho años de edad y no haber cumplido los treinta y cinco.

c) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente.

d) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación de acuerdo con las normas penales o administrativas, si el interesado lo justifica.

e) Tener una altura mínima de 1,65 metros las mujeres, 1,70 metros los hombres. Estarán exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.

f) Estar en posesión del permiso de conducir de las clases A, B y BTP.

g) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.

h) Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado f).

Los presentes requisitos, se acreditarán a la presentación de solicitudes, con la presentación de los documentos originales y fotocopia, que serán compulsados por el organismo receptor (art. 18.2 del Decreto 201/2003). La acreditación del requisito de la estatura se realizará en el examen médico.

Tercera. Presentación de solicitudes.

1. Las instancias solicitando tomar parte en la oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar y justificar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias se dirigirán al Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Moclinejo, los días laborables de 9.00 a 14.00 horas

2. El plazo de presentación será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre.

3. Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 30 euros (treinta euros), serán satisfecho por los aspirantes, y el resguardo de haberse hecho el ingreso en la cuenta corriente del Ayuntamiento (Caja Rural Intermediaria 3058-0855-23-2732100025), haciendo constar nombre y concepto derechos de examen Policía Local.

Quinta. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias el Alcalde dictará resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios, se indicará el nombre y apellidos y DNI de los admitidos y excluidos, e indicando las causas de la exclusión y concediendo un plazo de 10 días para subsanación de defectos, en su causa, a tenor de lo establecido en el artículo 71 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Transcurrido el plazo señalado la autoridad convocante dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos, determinando el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios.

12. Tribunal Calificador.

12.1. El Tribunal calificador estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El titular de la Presidencia de la Corporación o Concejal de la misma en quien delegue.

Vocales:

1. Un representante de la Consejería de Gobernación.

2. Un representante de la Junta de Personal o Delegados de Personal de la Corporación.

3. A designar por el titular de la Alcaldía.

4. A designar por el titular de la Alcaldía.

Secretario: El titular de la Coorporación o funcionario en quien delegue, con voz pero sin voto

Asimismo en lo referente al temario, el tema 5 y tema 13 quedan como se indica acontinuación.

5. La Corona, Las Cortes Generales, Estructuras y competencias.Procedimiento de elaboración de las Leyes. Formas de Gobierno. El Gobierno y la Administración.

13. El municipio. Concepto y elementos. Competencias municipales. La provincia: concepto, elementos y competencia. La Organización y funcionamientpo del municipio. El Pleno. El Alcalde. La Comisión de Gobierno. Los Organos de Gobierno Municipal tras la Ley 57/2003 de 16 de diciembre.

Moclinejo, 29 de junio de 2006.- El Alcalde, Antonio López Blanco.

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