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Dando cumplimiento al artículo 7.3 de la Orden de 17 de mayo de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para actividades de cooperación cultural en el año 2006 (BOJA núm., de 2 de junio), esta Viceconsejería hace pública la Resolución de 27 de julio de 2006, por la que se requiere la subsanación de las solicitudes de nuestra competencia con arreglo al artículo 5.3.a) de la citada Orden, que no reúnen los requisitos exigidos o no acompañan los documentos preceptivos.
El contenido íntegro de esta resolución se encuentra expuesto en los tablones de anuncios de la Consejería de Cultura, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos, así como en la dirección electrónica de la Consejería de cultura: www.juntadeandalucia.es/cultura.
El plazo para la subsanación será de diez (10) días, a contar desde el día 1 de septiembre de 2006.
Sevilla, 27 de julio de 2006.- El Viceconsejero, José María Rodríguez Gómez.
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