Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 164 de 24/08/2006

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTOS

ANUNCIO de 7 de julio de 2006, del Ayuntamiento de Torrox, de bases para la selección de personal funcionario y laboral.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

BASES QUE REGIRAN LA CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO A LAS PLAZAS DE FUNCIONARIOS Y PERSONAL LABORAL FIJO INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DEL AÑO 2005

I. Normas generales.

Primera. Se aprueban las bases generales para cubrir en propiedad las plazas vacantes en la plantilla de funcionarios y de personal laboral de este Ayuntamiento y sus organismos autónomos locales administrativos que figuran en los anexos correspondientes.

Estas plazas pertenecen a la Escala, Subescala, Clase, Categorías y denominación que en cada caso se indican y están dotadas con los haberes correspondientes al grupo que igualmente se especifica.

De ellas se reservan a promoción interna de funcionarios en propiedad las que se indican en los respectivos anexos conforme a lo dispuesto en el art. 22 de la Ley 30/84, de 2 de agosto.

Serán de aplicación preferente las disposiciones específicas de cada convocatoria que figuren en los anexos cuando contravengan previsiones diferentes a las reguladas en estas Bases generales.

Segunda. La realización de las pruebas se regirá por lo previsto en las presentes bases y anexos correspondientes y, en su defecto, se estará a lo preceptuado en la Ley de Bases del Régimen Local; RD Legislativo 781/80, de 18 de abril, Ley 30/84, de 2 de agosto, RD 896/91, de 7 de junio, RD 364/95, de 10 de marzo y demás disposiciones aplicables.

II. Requisitos de los aspirantes.

Tercera. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o la de otros Estados miembros de la Unión Europea y cumplir los requisitos de la Ley 17/93, de 23 de diciembre, de acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales y de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no superar la establecida para la jubilación forzosa.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos que se especifican en los anexos de esta convocatoria.

d) Poseer capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones propias del puesto de trabajo a cubrir.

e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidas en la legislación vigente.

f) No haber sido separado o despedido, por causa disciplinaria del servicio de cualquiera de las Admones. Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

g) Aquéllas que, independientemente de las anteriores se establezcan en los anexos correspondientes.

Cuarta. Los requisitos establecidos anteriormente, así como aquéllos que se recogen en los respectivos anexos, deberán cumplirse al último día del plazo de presentación de solicitudes.

III. Solicitudes.

Quinta. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán presentar instancia en modelo oficial, según anexo V que le será facilitado por el Ayuntamiento, en la que manifiestan que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Las instancias dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, debidamente cumplimentadas se acompañarán de fotocopia del DNI y resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, de lunes a viernes y de 9,00 a 14,00 horas, durante el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio del extracto de esta convocatoria en el BOE, después de su publicación íntegra en el BOJA y Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.

Durante el plazo de presentación de instancias se adjuntarán a las mismas, en las convocatorias en las que figure la fase de concurso, en sus respectivos anexos, la autobaremación de los méritos, en modelo también facilitado por el Ayuntamiento, según anexo VI, y justificación de los mismos, sin que sean tenidos en cuenta, ni baremados, aquellos méritos que, aún alegados, fueran aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo. No obstante lo dispuesto anteriormente, se podrá acompañar a la instancia resguardo acreditativo de haber solicitado las certificaciones correspondientes siempre y cuando se presente dicha documentación no después de 20 días de expedida y en todo caso antes de la fase de concurso.

La justificación de los méritos deberá aportarse mediante documento original acreditativo de los mismos o copia debidamente compulsada, sin que se proceda a la valoración de aquéllos que no se presenten de esta forma.

Las solicitudes también pueden presentarse a través de las oficinas de correos, en cuyo caso deberán de ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas. Además podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

Los ingresos de los derechos de examen que se ingresarán en la cuenta de Unicaja quedan fijados en:

Grupos A o I: 30 euros.

Grupos B o II: 23 euros.

Grupos C o III: 20 euros.

Grupos D o IV: 16 euros.

Grupos E o V: 13 euros.

IV. Admisión de candidatos. Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, Resolución de la Alcaldía con la lista de aspirantes admitidos y excluidos en la que constará el nombre, apellidos, DNI y causa de exclusión, en su caso.

Séptima. Para subsanar los errores de hecho y para solicitar la inclusión, en el caso de resultar excluido, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días a partir del siguiente a aquél en que dicha lista se haga pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.

Octava. De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/82, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos y Ley 1/99, de 31 de marzo, en las pruebas selectivas serán admitidas las personas con minusvalías en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas en los casos que sean

incompatibles con el desempeño de las funciones o tareas correspondientes.

En las pruebas selectivas se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. En la solicitud de participación, los interesados deberán formular la petición correspondiente, especificando en qué consiste concretamente la adaptación.

Corresponderá a los interesados en el momento de solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar documentalmente, a través del organismo competente, su condición de minusválido, y poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33%, debiendo además aportar dictamen técnico facultativo en el que conste la compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones propias de la plaza a la que se opta.

V. Tribunales.

Novena. El Tribunal Calificador quedará formado como sigue:

Presidente: Alcalde-Presidente de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales:

- El Concejal Delegado de Organización y calidad de los servicios o personal en quien delegue.

- Un miembro de la Corporación a propuesta del Presidente.

- Un representante de la Junta de Andalucía nombrado por la Delegación del Gobierno de Málaga.

- Un funcionario de carrera de la Administración Pública con nivel de titulación igual o superior al exigido en cada caso, nombrado por el Presidente.

- Un representante de la Junta de Personal para plazas de funcionarios o del Comité de Empresa para plazas laborales.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes, y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas a que afecta el Tribunal para el que son nombrados y su composición se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia conjuntamente con la lista de admitidos y excluidos.

VI. Desarrollo de los ejercicios.

Décima. La fecha, lugar y hora del comienzo del primer ejercicio, así como el orden de actuación de los aspirantes, según sorteo público que se celebre a tal efecto, se publicarán en el BOP de Málaga, junto con la lista de admitidos y excluidos.

Una vez comenzadas las pruebas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios en el BOP de Málaga para la realización de los restantes, siendo suficiente su publicación en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores o en el tablón de anuncios de la Corporación con al menos 12 horas de antelación, si se trata de un mismo ejercicio, o de 24 si se trata de otro nuevo.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, perdiendo todos sus derechos aquéllos que el día y hora de la prueba no se presenten a realizarla, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.

Para la realización de las pruebas en que los aspirantes tengan que actuar individualmente, se comenzará por aquél cuyo primer apellido, alfabéticamente ordenado, comience por la letra resultante del sorteo público que a tal efecto se celebre.

VII. Sistema de calificación. Undécima. Fase de concurso.

La fase de concurso será previa a la de oposición, en su caso, y no tendrá efectos eliminatorios y no podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición.

Los méritos a valorar y sus distintas puntuaciones son los que constan en el Anexo VII.

Fase de Oposición.

Todos los ejercicios de las distintas pruebas eliminatorias serán eliminatorios y calificados con un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

Si un ejercicio consta de dos o más pruebas, cada una de ellas se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcance un mínimo de 5 en cada una de las mismas. El resultado final será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las pruebas divididas por el número de pruebas que contenga el ejercicio.

Los miembros del Tribunal puntuarán cada prueba de 0 a 10 puntos y la puntuación de cada aspirante será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del tribunal. Cuando la diferencia de puntuación otorgada por dos o más miembros del tribunal sea de tres o más puntos, para una misma prueba y aspirante, no serán tenidos en cuenta para la obtención de la nota media.

En los supuestos de empate en la calificación final se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en cada uno de los siguientes factores y por el siguiente orden:

- Mejor puntuación fase de oposición.

- Mejor puntuación en ejercicio práctico.

- Mejor puntuación en apartados del concurso siguiendo el siguiente orden: Servicios, cursos y seminarios y titulación. De persistir el empate el Tribunal queda facultado para realizar una prueba adicional de desempate, que no computará para la puntuación total.

VIII. Propuesta de selección, presentación de documentos y nombramiento.

Duodécima. Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación. El número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas convocadas.

El aspirante propuesto aportará ante esta Corporación, dentro del plazo de 20 días naturales, desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, en la forma indicada en esta base, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base tercera y cuarta de la convocatoria, y las que se exigen, en su caso, en cada uno de los anexos, así como declaración jurada de no hallarse inmerso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la legislación vigente.

Los que tuvieran la condición de Funcionarios Públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración Pública de que depende acreditando la condición y demás circunstancias que consten en el expediente personal.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presenten la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera incurrir por falsedad en su instancia.

En el supuesto de que algún aspirante aprobado fuera excluido por no presentación o falsedad en la documentación presentada, el Tribunal calificador queda facultado para proponer adicionalmente la inclusión en el mismo número de los excluidos de aquellos aspirantes que habiendo superado las pruebas estén fuera del cupo de plazas convocadas.

Seguidamente, se llevará dicha relación junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer referencia concreta al aspirante o aspirantes seleccionados o la Presidencia de la Corporación a los efectos de su nombramiento.

Cumplidos los anteriores trámites se procederá al nombramiento de los aspirantes seleccionados que deberán tomar posesión en el plazo de 30 días naturales a contar del siguiente al que le sea notificado y quedarán sometidos al sistema de incompatibilidad vigente.

Decimotercera. La aprobación de las bases de la convocatoria y los actos administrativos que se sucedan podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas previstos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

MANTENIMIENTO COLEGIOS

Plaza: Mantenimiento Colegios.

Núm. de plazas: 2.

Escala: Administración General.

Subescala: Subalterno.

Grupo: E.

Turno: Libre.

Sistema de selección: Oposición.

Título: Certificado de Estudios Primarios.

Ejercicios:

- Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 20 preguntas tipo test, con respuestas alternativas cada una, en un tiempo de 30 minutos.

Por cada dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente.

- Segundo ejercicio: De carácter oral y compuesto por una serie de preguntas que formulará el tribunal y que versará sobre el temario propio de la plaza.

- Tercer ejercicio: Resolución práctica de la tarea encomendada por el Tribunal, que versará sobre el contenido del bloque de materias específicas.

TEMARIO

MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

Tema 2. La Corona. Funciones, sucesión y refrendo.

Tema 3. Las Cortes Generales. Composición.

Tema 4. El Poder Ejecutivo en la Constitución. El Presidente del Gobierno: Nombramiento y cese.

Tema 5. Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura y disposiciones Generales.

Tema 6. El Municipio y la Provincia. Organización y competencias.

Tema 7. El Derecho Administrativo. Concepto. Sistema de Fuentes.

Tema 8. La Hacienda Local. Recursos de las Entidades Locales.

MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 1. Mantenimiento de Edificios Públicos Municipales.

Tema 2. Trabajos de albañilería.

Tema 3. Trabajos de fontanería.

Tema 4. Trabajos de electricidad.

Tema 5. Trabajos de pintura.

Tema 6. Trabajos de jardines.

Tema 7. Elementos de seguridad en trabajos de albañilería.

Tema 8. Elementos de seguridad en trabajos de altura.

Tema 9. Mantenimiento en maquinaria y equipos.

Tema 10. Almacenamiento. Paletización y control.

Tema 11. Seguridad e Higiene en el Trabajo.

ANEXO II

AUXILIAR TECNICO BIBLIOTECA

Plaza: Auxiliar Técnico Biblioteca.

Núm. de plazas: 1.

Perteneciente a funcionarios de carrera.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Clase: Auxiliar Técnico.

Grupo: C.

Turno: Promoción Interna.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Título: Bachiller, FP 2.º grado o equivalente y 5 años de servicio en propiedad en el subgrupo de auxiliar o 10 años, si no se posee la referida titulación.

Ejercicios:

a) Fase concurso: Conforme a baremo general.

b) Fase oposición:

- Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 45 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas cada una en un tiempo de 45 minutos. Por cada dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará una contestada correctamente.

Segundo ejercicio. Se desarrollará por escrito durante una hora y consistirá en un supuesto práctico de entre dos planteados por el Tribunal, relacionado con el temario y función a desempeñar. No se podrán utilizar ningún tipo de textos.

MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura. Derechos deberes fundamentales de los españoles. La Corona. El Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial.

Tema 2. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. La Junta de Andalucía: Organización y competencias.

Tema 3. Régimen local español. Principios constitucionales y regularización jurídica.

Tema 4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes. El Reglamento: Sus clases.

Tema 5. El presupuesto de las Entidades Locales: Concepto, elaboración y aprobación. Gestión, control y fiscalización del Presupuesto.

MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 1. Biblioteconomía. Concepto. Evolución histórica. Definición y método.

Tema 2. Bibliotecas. Definición. Objetivos y fines. Funciones de los servicios bibliotecarios. Tipos de bibliotecas.

Tema 3. Bibliotecas públicas. Concepto, características, objetivos y fines. Funciones.

Tema 4. Bibliotecas nacionales. Concepto y funciones. Bibliotecas especializadas. Conceptos y funciones.

Tema 5. Selección y adquisición del material bibliográfico. Definición y criterios. Procedimientos. Trámites técnicos y administrativos.

Tema 6. Servicios al usuario: El préstamo. Concepto, fines y tipos.

Tema 7. Extensión bibliotecaria. Extensión bibliotecaria y extensión cultural de la biblioteca.

Tema 8. La informática aplicada a la biblioteca.

Tema 9. Cooperación bibliotecaria. Definición y objetivos. Modalidades.

Tema 10. Instalación y equipamientos de las bibliotecas. Conservación de materiales bibliotecarios.

Tema 11. Conservación en bibliotecas. Reproducción documental.

Tema 12. Definición de la bibliografía. Evolución histórica y estado actual.

Tema 13. Los catálogos en las grandes bibliotecas. Los catálogos colectivos.

Tema 14. El libro y las bibliotecas en la edad antigua y medieval. Invención y difusión de la imprenta.

Tema 15. Ley del Patrimonio Histórico Andaluz. Bibliotecas españolas en la legislación vigente. Especial referencia a Andalucía. Propiedad intelectual.

ANEXO III

Plazas: 1 Oficial mantenimiento colegios; 1 Encargado EDAR y alumbrado; 1 Oficial Conductor; 1 Oficial Fontanero; 1 Oficial Electricista; 3 Peón Jardinero.

Núm. de plazas totales: 8 plazas.

Escala: Administración Especial.

Clase: Personal de oficios.

Grupo: D, todas, con excepción a plazas de peones cuyo grupo es el E.

Turno: Libre.

Sistema de Selección: Concurso-Oposición.

Titulaciones:

- Grupo D: Graduado escolar, Formación Profesional 1.º Grado o equivalente.

- Grupo E: Certificado Estudios Primarios.

Ejercicios:

a) Fase concurso: Conforme a baremo general.

b) Fase oposición: Prueba práctica que versará sobre tareas propias del oficio a desempeñar.

ANEXO IV

ENCARGADO UNIDAD RAPIDA

Plaza: Encargado Unidad Rápida.

Núm. de plazas: 1.

Perteneciente a personal laboral fijo.

Categoría: Encargado.

Grupo: III.

Turno: Promoción Interna.

Sistema de Selección: Concurso-oposición.

Título: Bachiller o Graduado Escolar y 2 años de antig³edad en puesto de Oficial.

Ejercicios:

a) Fase concurso: Conforme a baremo general.

b) Fase oposición: 1. Consistirá en la resolución de un supuesto o supuestos prácticos que, en relación con el cometido de la plaza, formule el Tribunal, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo que éste estime necesario.

TEMARIO

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Los derechos y deberes fundamentales. Nociones generales.

2. El Municipio, Organización Municipal. Competencias.

3. La Función Pública. Derechos y deberes de los Funcionarios Públicos Locales. El personal al servicio de las Entidades Locales: Concepto y clase. Incompatibilidades y régimen disciplinario.

4. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Especial referencia a sus competencias.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. Carpintería. Puesta en obra.

2. Redes generales de alcantarillado. Tipología, Instalación y puesta en obra. Mantenimiento y reparaciones.

3. Pavimentación de viales. Tipología. Sistemas constructivos. Mantenimiento y reparaciones.

4. Señalización de obras. Casos prácticos.

5. Conocimientos generales de jardinería.

6. Conocimientos generales de electricidad. Materiales.

7. Conocimientos generales de carpintería.

8. Conocimientos generales de albañilería.

9. Conocimientos generales de fontanería.

10. Conocimientos generales de pintura.

11. Conocimientos generales de limpieza viaria.

12. Conocimientos generales de vehículos (Parque móvil).

13. Conocimientos generales de dependencias.

14. Organización funcional y administrativa de los almacenes.

15. Métodos de prevención de accidentes.

16. Normas de prevención de accidentes: Escaleras, andamios y pasarelas.

ANEXO V

MODELO DE SOLICITUD

1. Datos personales del aspirante:

- Primer apellido.

- Segundo apellido.

- Nombre.

- DNI núm.

- Teléfono.

- Domicilio: C/Pl/Avda.

- Número.

- Localidad.

- Provincia.

2. Datos de la convocatoria:

- Plaza/puesto al que se opta.

- Turno: Libre 1 Promoción interna 1 Reserva minusvalía 1

- Sistema de acceso.

- Importe derechos de examen.

3. Datos académicos:

- Titulación que posee.

- Centro de expedición.

- Fecha expedición.

4. Documentación que adjunta (señalar con X)

1 Fotocopia DNI

1 Resguardo acreditativo derechos de examen.

1 Méritos alegados.

1 Otros.

El abajo firmante solicita ser admitido en el proceso selectivo convocado por el Ayuntamiento de Torrox y declara reunir todos y cada uno de los requisitos y condiciones exigidos por las bases de la convocatoria y anexo correspondiente a la plaza que opta, que declaro conocer y aceptar, y con referencia a la fecha de la terminación del plazo señalado para la presentación de esta solicitud.

En a de de 2006

(firma)

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE TORROX ANEXO VI

MODELO DE AUTOBAREMACION

1. Datos personales del aspirante:

- Primer apellido.

- Segundo apellido.

- Nombre.

- DNI núm.

- Teléfono.

- Domicilio: C/Pl/Avda.

- Número.

- Localidad.

- Provincia.

2. Datos de la convocatoria:

- Plaza/puesto al que se opta.

- Turno: Libre 1 Promoción interna 1 Reserva minusvalía 1

- Sistema de acceso.

- Importe derechos de examen.

3. Autobaremación:

I) Servicios prestados:

I.1. Plaza funcionariales.

Por cada año completo de servicios prestados. Sólo se valorarán los últimos 8 años:

I.1.A) En la Administración Pública:

I.1.A.

a) años x 0,10 puntos

b) años x 0,20 puntos

c) años x 0,30 puntos

I.1.B) En la Administración Local:

I.1.B.

a) años x 0,50 puntos

b) años x 1,00 puntos

c) años x 2,00 puntos

Total puntos apartado I.1.:

II) Formación y Perfeccionamiento:

1. cursos x 0,20 puntos

2. cursos x 0,50 puntos

3. cursos x 0,70 puntos

4. cursos x 1,00 puntos

5. cursos x 1,50 puntos

6. cursos x 2,50 puntos

7. cursos x 3,50 puntos

8. cursos x 5,00 puntos

Máximo a obtener por este apartado: 10,00 puntos.

Total puntos apartado II:

III) Titulaciones:

III.a) puntos.

III.b) puntos.

III.c) puntos.

III.d) puntos.

Resumen:

Puntos apartado I:

Puntos apartado II:

Puntos apartado III:

Total puntos:

El que suscribe declara ser ciertos los méritos alegados y acompaña al presente modelo justificación documental de los mismos según lo establecido en la base Quinta de la convocatoria.

En a de de 2006

(firma)

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE TORROX ANEXO VII

BAREMO MERITOS GENERAL

I. Servicios prestados:

Por cada año completo de servicios prestados: Sólo se valorarán los últimos 8 años:

I.1.A) En la Administración Pública:

I.1.A.a) En cualquier plaza funcionarial o puesto laboral: 0,10.

b) En plazas pertenecientes a la misma escala o puestos laborales de igual nivel de titulación: 0,20.

c) En plazas pertenecientes a la misma escala, subescala, clase y categoría o puestos laborales de igual nivel de titulación e idénticas funciones o trabajos realizados: 0,30.

I.1.B) En la Administración Local:

I.1.B.a) En cualquier plaza funcionarial o puesto laboral: 0,50.

b) En plazas pertenecientes a la misma escala o puestos laborales de igual nivel de titulación: 1,00.

c) En plazas pertenecientes a la misma escala, subescala, clase y categoría o puestos laborales de igual nivel de titulación e idénticas funciones o trabajos realizados: 2,00.

II. Formación y perfeccionamiento:

Por asistencia a cursos, seminarios, congresos y jornadas siempre que se encuentren directamente relacionadas con las funciones o trabajos a desarrollar, siempre que se hayan organizado por instituciones de carácter público:

II.1. De 15 a 20 horas de duración: 0,20.

2. De 21 a 50 horas de duración: 0,50.

3. De 51 a 70 horas de duración: 0,70.

4. De 71 a 100 horas de duración: 1 punto.

5. De 101 a 150 horas de duración: 1,50 puntos.

6. De 151 a 250 horas de duración: 2,50 puntos.

7. De 251 a 350 horas de duración: 3,50 puntos.

8. De 351 a 500 horas de duración: 5 puntos.

Máximo a obtener por esta apartado 10,00 puntos.

III. Titulaciones.

Valor:

a) Graduado Escolar, Formación Profesional 1.º grado o equivalente: 0,25 puntos.

b) Bup, Formación Profesional 2.º Grado o equivalente: 0,50 puntos.

c) Diplomado: 1,00 punto.

d) Licenciado: 2,00 puntos.

1. Sólo se puntuarán los títulos superiores a los exigidos para las convocatorias. Puntuará un solo título.

Torrox, 7 de julio de 2006.- El Alcalde, Francisco Muñoz Rico.

Descargar PDF