Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 169 de 31/08/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

EDICTO de 20 de junio de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Córdoba, dimanante del procedimiento verbal núm. 284/2006. (PD./2006).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 1402100C20060002292.

Procedimiento: Verbal-Desh.F.Pago (N) 284/2006. Negociado: C.

De: Grupo de Inversiones Montalvo, S.L.

Procuradora: Sra. Cristina Bajo Herrera.

Letrada: Sra. María Carmen Meilán Grande.

Contra: Doña Josefa Gutiérrez Calles.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Verbal-Desh.F.Pago (N) 284/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Córdoba a instancia de Grupo de Inversiones Montalvo, S.L., contra doña Josefa Gutiérrez Calles, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 135/06

En Córdoba, a dieciséis de junio de dos mil seis.

Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, don Rafael García Salazar, titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de esta ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio

de verbal sobre desahucio, registrados con el número 284/06 de los asuntos civiles de este Juzgado; siendo partes la entidad mercantil Grupo de Inversiones Montalvo, S.L., como demandante, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Bajo Herrera, y asistida por la Letrada Sra. Meilán Grande, y doña Josefa Gutiérrez Calles, como demandada, en situación procesal de rebeldía; se procede, en nombre de S.M. El Rey, a dictar la presente resolución.

F A L L O

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la entidad mercantil Grupo de Inversiones Montalvo, S.L., contra doña Josefa Gutiérrez Calles debo declarar y declaro haber lugar al desahucio solicitado y a la resolución del contrato de arrendamiento de fecha 1 de diciembre de 1982 que une a las partes. En su virtud, condeno a la parte demandada a estar y pasar por esta resolución y a que desaloje, deje libre y a disposición de la actora, la vivienda que ocupa en la casa sita en Córdoba, calle Gragea núm. 9, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica en el plazo legal. Asimismo, debo condenar y condeno al demandado a que abone a la actora la cantidad de 892 E y las costas procesales causadas.

Llévese la presente Resolución al Libro de Sentencias y únase certificación de la misma a los autos de su razón.

Notifíquese a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, contados a partir de su notificación para ante la Audiencia Provincial de Córdoba, acreditando el recurrente encontrarse al corriente de pago de las rentas en la fecha de interposición del recurso.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Josefa Gutiérrez Calles, extiendo y firmo la presente en Córdoba, a veinte de junio de dos mil seis.- La Secretaria Judicial, Constanza Clara Lendínez Barranco.

Descargar PDF