Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 26/1/2006

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DE ALMANZORA

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

1.Normas generales.

1.1. Por Decreto de la Alcaldía de fecha 18 de noviembre de 2005, se convocan pruebas

selectivas para cubrir una plaza del Grupo A, Técnico de Administración General,

correspondiente a la Oferta de Empleo Público año 2005.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/84, de 2 de agosto; la Ley 7/85, de 2 de abril y Ley 11/99, de 21 de abril; RDL 781/86, de 18 de abril; RD 896/91, de

7 de junio; RD 364/95, de 10 de marzo y las Bases de la presente convocatoria.

1.3. Requisitos:

A) Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos de acuerdo con el art. 135 RDLG 781/86, 8 abril.

a) Ser español o nacional de uno de los

restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de

aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley estatal que regule la materia.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, en Ciencias Políticas Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario, según el art. 25 de la Ley 30/84.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.

e) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica previstas en la legislación vigente.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse

inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

B) Todos los requisitos a que se refiere la base

1.3 apartado A), deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de

instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

1.4. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición. Y constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en

contestar por escrito, un cuestionario de 150 preguntas tipo test, con tres respuestas

alternativas, en un tiempo de 150 minutos elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con los temas contenidos en el Anexo de esta convocatoria, debiendo consignarse al menos una pregunta por cada uno de los temas. El criterio de corrección será el siguiente: Por cada dos preguntas incorrectas se invalidará una correcta.

Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las preguntas invalidadas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio, repartiéndose el resto de preguntas contestadas correctamente de forma proporcional

entre la puntuación de 5,00 a 10,00 puntos.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio,

consistirá en desarrollar por escrito, durante

un período máximo de una hora, un tema extraído

al azar, igual para todos los aspirantes,

mediante la selección de dos temas extraídos al

azar de cada uno de los epígrafes contenidos en

el anexo de la convocatoria. Deberá ser leido

por el aspirante ante el Tribunal de Selección.

Tercer ejercicio: De carácter obligatorio, igual

para todos los aspirantes, consistirá en la

redacción de informe con propuesta de

resolución, sobre dos supuestos prácticos

iguales para todos los aspirantes, relativos a

las tareas propias de las funciones asignadas a

la plaza objeto de la convocatoria, en tiempo

máximo de cuatro horas.

Durante el desarrollo de esta prueba los

aspirantes podrán hacer uso de los textos

legales de los que acudan provistos.En este

ejercicio se valorará la capacidad de

raciocinio, la sistemática en el planeamiento y

formulación de conclusiones y el conocimiento y

adecuada interpretación de la normativa

aplicable. Deberá ser leido por el aspirante

ante el Tribunal de Selección.

2. Desarrollo de los ejercicios

2.1. La actuación de los opositores se iniciará

por orden alfabético a partir del primero de la

letra F, de conformidad con resolución de 10 de

enero de 2005, de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública, BOE de 17 de enero de

2005.

Concurso: Obligatorio y no eliminatorio. De

conformidad con el art. 91.2 LRBRL y art. 133 y

siguientes. RDL 781/86, 8 de abril, art. 19 Ley

30/84 2 de agosto, RD 896/91 7 junio, art. 4 RD

364/95 de 10 de marzo. Valoración conforme al

anexo a esta convocatoria.

2.2. En el Decreto por el que se aprueba la

lista de admitidos se determinará la fecha y

lugar de celebración del primer ejercicio, así

como la designación de los miembros del

Tribunal.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo

de la siguiente, deberá transcurrir un plazo

mínimo de 72 horas y máximo de 45 días. Una vez

comenzadas las pruebas no será obligatoria la

publicación de los sucesivos anuncios de la

celebración de las restantes en el Boletín

Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán

públicos en los locales donde se hayan celebrado

las pruebas anteriores, con 12 horas de

antelación al menos al comienzo de las mismas,

si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas,

si se trata de uno nuevo.

2.3. Los Tribunales adoptarán, siempre que sea

posible, las medidas oportunas para garantizar

que los ejercicios escritos sean corregidos y

valorados sin que se conozca la identidad de los

aspirantes.

2.4. En cualquier momento los Tribunales podrán

requerir a los aspirantes para que acrediten su

personalidad.

2.5. Los aspirantes serán convocados para cada

ejercicio en llamamiento único siendo excluidos

del proceso selectivo quienes no comparezcan.

2.6. El programa que ha de regir estas pruebas

selectivas es el que figura publicado como

Anexo.

2.7. Si durante el transcurso del procedimiento

llegara a conocimiento del Tribunal que alguno

de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes

o falsedades deberá dar cuenta a los órganos

municipales competentes, a los efectos que

procedan.

3. Calificación de los ejercicios.

3.1. Los ejercicios de la oposición se

calificarán de la forma siguiente:

a) Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 10

puntos, siendo necesario para aprobar obtener un

mínimo de 5 puntos.

b) Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 10

puntos, siendo necesario para aprobar obtener un

mínimo de 5 puntos.

c) Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 10

puntos, siendo necesario para aprobar obtener un

mínimo de 5 puntos.

3.2. La puntuación total de las pruebas vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones

obtenidas en cada ejercicio.

3.3. En caso de empate el orden se establecerá

atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas

en el tercer ejercicio de la oposición.

4. Solicitudes.

4.1. Las solicitudes serán facilitadas en el

Registro General de este Ayuntamiento. A la

solicitud se acompañará el resguardo de haber

ingresado los derechos de examen.

Los nacionales de los demás estados miembros de

la Unión Europea deberán acompañar igualmente a

la solicitud la acreditación de la nacionalidad

y, en su caso, el vínculo de parentesco, el

hecho de vivir a expensas o estar a cargo del

nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea con el que tenga dicho vínculo.

4.2. Las solicitudes dirigidas al Excmo. Sr.

Alcalde, se presentarán en el plazo de veinte

días naturales contados a partir del siguiente a

la publicación del extracto de esta convocatoria

en el Boletín Oficial del Estado, después de la

publicación íntegra en el Boletín Oficial de la

Provincia y en el de la Junta de Andalucía.

Podrán presentarse:

- En el Registro General de este Ayuntamiento.

- A través de las Oficinas de Correos,

debidamente certificadas.

- Y, asimismo en la forma establecida en el art.

38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y Procedimiento

Administrativo Común.

4.3. Los derechos de examen serán de 60,00

euros.

4.4. Los errores de hecho que pudieran

advertirse podrán subsanarse en cualquier

momento de oficio o a petición del interesado.

5. Admisión de los aspirantes.

5.1. Terminado el plazo de presentación de

instancias el Excmo. Sr. Alcalde dictará

resolución declarando aprobada la lista de

admitidos así como la de excluidos, con

indicación de las causas y el plazo de

subsanación de defectos. En dicha resolución,

que deberá publicarse en el BOP, se indicarán

los lugares en que se encuentran expuestas las

listas certificadas completas de aspirantes

admitidos y excluidos y el lugar y fecha del

comienzo del primer ejercicio.

5.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un

plazo de diez dias contados a partir del

siguiente al de la publicación de la resolución,

para subsanar los defectos que hayan motivado su

exclusión.

6. Tribunales.

6.1. El Tribunal Calificador que tendrá la

categoría 2.ª de las recogidas en el Anexo IV

del RD 462/2002, de 24 de mayo, estará integrado

de la siguiente forma: Presidente, el de la

Corporación y suplente. Vocales, que deberán

poseer titulación o especialización iguales o

superiores a las exigidas para las plazas

convocadas: por la Junta de Andalucía, titular y

suplente; por la Jefatura del Servicio, titular

y suplente; funcionario designado por la

Corporación, titular y suplente; en

representación sindical, titular y suplente.

Secretario, titular y suplente.

6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar

sin la asistencia, al menos, de cinco de sus

componentes.

6.3. Los miembros del Tribunal deberán

abstenerse de intervenir, notificándolo al

Excmo. Sr. Alcalde, cuando concurran en ellos

alguna de las circunstancias previstas en el

artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, o si hubieran realizado tareas de

preparación de aspirantes a pruebas selectivas

de acceso en los cinco años anteriores a la

publicación de esta convocatoria, de conformidad

con el art. 13.2 del RD 364/1995, de 10 de

marzo.

6.4. El Presidente del Tribunal podrá exigir a

los miembros del mismo, declaración expresa de

no hallarse incursos en causa de abstención en

las circunstancias previstas en el art. 28 de la

ley 30/92.

Asimismo los aspirantes podrán recusar a los

miembros del Tribunal cuando concurran las

circunstancias previstas en el párrafo anterior.

6.5. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un

número superior al de vacantes convocadas. Las

propuestas de aprobados que contravengan este

límite serán nulas de pleno derecho.

6.6. Los miembros del Tribunal son personalmente

responsables del estricto cumplimiento de las

bases de la convocatoria y de la sujeción a los

plazos establecidos para la realización y

valoración de las pruebas y para la publicación

de sus resultados.

6.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación

a sus trabajos de asesores especialistas,

quienes se limitarán al ejercicio de sus

especialidades técnicas, que serán la única base

de su colaboración con el órgano de decisión.

6.8. Por resolución de la Alcaldía se procederá

al nombramiento de los empleados públicos que

deban colaborar temporalmente en el desarrollo

de los procesos de selección, con las

competencias de ejecución material y ordenación

administrativa de los distintos ejercicios que

en cada prueba selectiva les atribuya el

Tribunal. Este personal estará adscrito a dicho

Tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad

con las instrucciones que éste le curse al

efecto.

6.9. Las resoluciones de los Tribunales vinculan

a la Administración, sin perjuicio de que ésta,

en su caso, pueda proceder a su revisión,

conforme a lo previsto en el art. 102 y ss. de

la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

7. Lista de aprobados, presentación de

documentación y nombramiento de funcionarios.

7.1. La lista de aprobados de cada ejercicio se

publicará en los locales donde se hayan

celebrado los mismos, así como en los tablones

de edictos de la Corporación.

7.2. Finalizados los ejercicios de la oposición,

el Tribunal hará público el anuncio de los

aspirantes aprobados, que no podrán exceder de

la plaza objeto de esta convocatoria, con

especificación de la puntuación total obtenida

por los mismos. Dicho anuncio será elevado al

Excmo. Sr. Alcalde con propuesta de los

candidatos para el nombramiento de funcionarios.

7.3. En el plazo de veinte días naturales los

aspirantes que figuren en el anuncio a que se

refiere la base anterior deberán presentar en la

Sección de Selección de Personal de este

Ayuntamiento la documentación acreditativa de

los requisitos expresados en la base 1.3.

7.4. Quien tuviera la condición de funcionario

público estará exento de justificar las

condiciones y requisitos ya acreditados para

obtener su anterior nombramiento, debiendo

presentar únicamente certificación del

Ministerio u organismo de quien dependa,

acreditando su condición y demás circunstancias

que consten en su expediente personal. Caso de

ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de

Cuevas del Almanzora, se aportará de oficio la

documentación.

7.5. Si dentro del plazo fijado y salvo los

casos de fuerza mayor no presentare la

documentación, o del examen de la misma se

dedujera que carece de algunos de los requisitos

señalados en la base 1.3, no podrá ser nombrado

funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones

sin perjuicio de la responsabilidad en que

pudieran haber incurrido por falsedad en la

solicitud inicial.

7.6. El plazo para tomar posesión será de un mes

a contar desde la notificación del nombramiento

al interesado, suponiendo la falta de este

requisito la renuncia al empleo.

8. Norma final.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de éstas, agotan la

vía administrativa, pudiendo interponer los/as

interesados/as recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de Granada del

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en

el plazo de dos meses a partir del día siguiente

al de la publicación de la convocatoria en el

Boletín Oficial del Estado. No obstante, puede

interponer recurso potestativo de reposición en

el plazo de un mes a contar desde la mencionada

publicación, o cualquier otro recurso que estime

procedente.

Lo que se hace público para general

conocimiento.

A N E X O

DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACION

TERRITORIAL

1. Concepto de Constitución. La Constitución

como norma jurídica. Líneas fundamentales del

constitucionalismo español. La Constitución

española de 1978. Estructura.

2. El Estado Español como Estado Social y

Democrático de Derecho.

3. Los valores superiores de la Constitución

Española.

4. Los Derechos fundamentales. Evolución

histórica y conceptual. Los Derechos

fundamentales en la Constitución Española.

5. La participación social en la actividad del

Estado. Su inserción en los órganos de las

Administraciones Públicas.

6. El modelo económico de la Constitución

Española. Principios informadores y objetivos

específicos.

7. La Corona: atribuciones según la Constitución

Española. El Poder Judicial: Principios

informadores y organización judicial. El Consejo

General del Poder Judicial. Organización y

competencias.

8. Las Cortes Generales: Composición y

funciones. Aspectos básicos del procedimiento de

elaboración y aprobación de leyes. La función

parlamentaria de control del Gobierno:

Modalidades.

9. Organos dependientes de las Cortes Generales:

El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo y

otros órganos análogos de las Comunidades

Autónomas.

10. El Tribunal Constitucional: organización y

recursos.

11. El Gobierno: Composición y atribuciones.

Designación, remoción y responsabilidad del

Gobierno y de su Presidente. La Administración

Pública: Principios constitucionales

informadores. Tipología de las Administraciones.

12. La Administración del Estado: Organos

superiores y órganos periféricos. El Delegado

del Gobierno. La Administración consultiva. La

Administración Institucional.

13. La representación política. El sistema

electoral español. Los partidos políticos. La

Ley Electoral de la Comunidad Autónoma de

Andalucía.

14. Organizaciones sindicales y empresariales en

España. Evolución histórica y situación actual.

Principios constitucionales informadores.

15. Distribución de competencias entre el Estado

y las Comunidades Autónomas en la Constitución

española y en los Estatutos de Autonomía. El

ámbito competencial de la Junta de Andalucía:

Especial referencia a las competencias en

materia de Régimen Local.

16. Las relaciones entre Administraciones

Públicas. Las relaciones entre el Estado y las

Comunidades Autónomas: Mecanismos de cooperación

y coordinación. El control sobre la actividad de

las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre

las Comunidades Autónomas y la Administración

Local.

17. Las Instituciones autonómicas. Previsiones

constitucionales. Las Instituciones autonómicas

andaluzas: El Parlamento: Composición,

atribuciones y funcionamiento. El Defensor del

Pueblo de Andalucía.

18. Las Instituciones autonómicas andaluzas: El

Presidente de la Junta de Andalucía. Elección,

estatuto personal y atribuciones. El Consejo de

Gobierno: Atribuciones y composición.

Responsabilidad del Gobierno. El Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía.

19. La Administración Autonómica: Principios

informadores y organización. Los Consejeros,

Viceconsejeros, Directores Generales y

Secretarios Generales Técnicos. La

Administración Periférica de la Junta de

Andalucía. La Administración Institucional de la

Junta de Andalucía. La Ley de Organización

Territorial y la del Gobierno y Administración

de la Comunidad Autonómica de Andalucía.

DERECHO ADMINISTRATIVO

20. El Derecho Administrativo: Concepto y

contenido. Tipos históricos de sometimiento de

la Administración al Derecho. Sistemas

contemporáneos. Normas y realidad social. La

aplicación del Derecho.

21. La Administración Pública: Concepto. Las

Administraciones y las funciones y poderes del

Estado. Gobierno y Administración. Control

legislativo, jurisdiccional y político de la

Administración. La Administración y la norma

jurídica: El principio de legalidad.

22. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto

y clases. Jerarquía normativa. Autonomía y

sistema de fuentes. El valor de la Costumbre y

los Principios Generales del Derecho.

23. La Ley: concepto y Clases. disposiciones del

ejecutivo con fuerza de Ley.

24. El Reglamento. Clases. Fundamento y límites

de la potestad reglamentaria. Reglamentos

ilegales. Los Reglamentos de los órganos

constitucionales.

25. La relación jurídico-administrativa.

Concepto. Sujetos. El administrado. Los derechos

públicos subjetivos. Los intereses legítimos. La

acción popular. Los actos jurídicos de los

administrados. Los actos de la Administración en

régimen jurídico privado.

26. El acto administrativo. Concepto, clases y

elementos. Motivación, notificación y eficacia.

27. La validez de los actos administrativos. La

revisión de oficio de los actos administrativos:

Anulación y revocación.

28. La obligación de la Administración Pública

de resolver. Contenido de la resolución expresa.

La falta de resolución expresa. El régimen del

silencio administrativo.

29. El Procedimiento Administrativo. Principios

informadores. Las fases del procedimiento:

Iniciación, Ordenación, Instrucción y

Terminación. Procedimientos de ejecución.

30. Los recursos administrativos: Concepto y

clases. Requisitos generales de los recursos

administrativos. Materias recurribles,

legitimación y órgano competente. Examen

especial de los recursos de alzada, potestativo

de reposición y extraordinario de revisión. Las

reclamaciones económicas-administrativas. Las

reclamaciones previas al ejercicio de acciones

en vía judicial.

31. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa:

Concepto y naturaleza. Extensión y límites. El

recurso contencioso: Las partes, procedimiento,

recursos contra sentencias y ejecución de

sentencias.

32. Los contratos de la Administración:

Naturaleza, caracteres y clases. Elementos del

contrato administrativo. Procedimientos y formas

de contratación. Los contratos administrativos

típicos. La extinción de los contratos

administrativos.

33. Contenido y efectos de los contratos

administrativos. Prerrogativas de la

Administración y equilibrio financiero.

Cumplimiento de los contratos administrativos.

Riesgos y ventura y fuerza mayor. Revisión de

precios.

34. La expropiación forzosa. Potestad

expropiatoria. Naturaleza y justificación.

Sujetos, objeto y causa. El procedimiento

expropiatorio. Expropiaciones especiales.

Garantías jurisdiccionales.

35. La responsabilidad patrimonial de la

Administración. Evolución histórica. Régimen

jurídico actual.

36. La intervención administrativa.

Clasificación tradicional de las formas de

acción administrativa. El fomento y sus

manifestaciones.

37. La actividad de la policía en el Estado de

Derecho. Los poderes de policía de las distintas

administraciones públicas.

38. La potestad sancionadora de la

Administración: Procedimiento sancionatorio y

principios generales.

39. El servicio público. Teoría general. Formas

de gestión. Especial referencia a la concesión.

40. Propiedades administrativas. Clases. El

dominio público. Concepto, naturaleza jurídica y

elementos. Régimen jurídico del dominio público.

El patrimonio privado.

CIENCIA DE LA ADMINISTRACION

41. Las Organizaciones. Organización formal e

informal. Concepto y sistemática de las

Organizaciones.

42. Planificación y programación de la actividad

administrativa. Instrumento estadístico.

Registro, proceso y acceso a la información.

Definición de objetivos y evolución de recursos.

43. La comunicación en las Organizaciones.

Producción y circulación de información en las

grandes Organizaciones. Redes de comunicación y

de relación.

44. Transformaciones recientes de las

Organizaciones administrativas. Informática y

reproducción gráfica como elementos claves en

los grupos de información.

45. La dirección de las Organizaciones. Adopción

de decisiones. Iniciativas, preparación, y

formalización de decisiones. Jerarquía,

liderazgo y participación.

46. El análisis de las políticas públicas.

Estudio orientado a la solución de problemas.

Apoyo al diseño de las intervenciones. Control y

seguimiento de su implantación.

47. La modernización de la Administración

Pública: Grandes líneas de reforma en la

actualidad.

DERECHO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS

48. Las Comunidades Europeas. Los tratado

originarios y modificaciones: Especial

referencia al Tratado de la Unión Europea.

Objetivos y naturaleza jurídica de las

Comunidades. La unión política. El proceso de

integración de España en la Comunidad Económica

Europea.

49. Las Instituciones Europeas. El Consejo y la

Comisión. El Parlamento Europeo. El Tribunal de

Justicia. El proceso decisorio. Participación de

los entes territoriales no estatales en el

proceso decisorio.

50. El Presupuesto de las Comunidades Europeas.

Los instrumentos financieros. Las competencias

de la Comunidad. Relaciones entre competencia

comunitaria, competencia nacional y competencias

autonómicas.

51. El Derecho Comunitario. tipología de

fuentes. La recepción del Derecho Comunitario en

España: Participación de las Comunidades

Autónomas en la aplicación del Derecho

Comunitario Europeo.

52. Las libertades básicas del sistema

comunitario: libre circulación de mercancías,

personas, servicios y capitales.

53. Políticas comunes. Repercusiones del ingreso

en la UE para la economía andaluza: Especial

referencia a los Fondos estructurales y de

cohesión.

ADMINISTRACION LOCAL

54. Régimen local español: Principios

constitucionales y regulación jurídica.

55. La provincia en el Régimen Local. Historia.

La regulación constitucional de la provincia en

España.

56. Organización y competencias de la provincia.

57. El municipio. Historia. Clases de entes

municipales en el Derecho Español.

58. Organización y competencias municipales. El

Pacto Local.

59. El término municipal. La población

municipal. Consideración especial del vecino. El

empadronamiento municipal.

60. Régimen de sesiones y acuerdos de los

órganos colegiados locales.

61. Otras entidades locales complementarias y

fórmulas asociadas para la gestión de los

servicios: Especial referencia a la Ley de

Demarcación Municipal de Andalucía.

62. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades

Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y

aprobación.

63. Autonomía local y tutela.

64. El personal al servicio de la Entidad Local.

Sus clases y régimen jurídico.

65. Selección de personal permanente y no

permanente al servicio de las Entidades Locales.

Las situaciones administrativas de los

Funcionarios Públicos Locales.

66. Derechos del personal al servicio de las

Entidades Locales. El sistema de Seguridad

Social del personal al servicio de las

Corporaciones Locales.

67. Deberes del personal al servicio de las

Entidades Locales. Incompatibilidad,

responsabilidad y régimen disciplinario.

68. Los bienes de las entidades locales. Régimen

de utilización de los de dominio púlbico.

69. Las formas de actividad de las Entidades

Locales. La intervención administrativa en la

actividad privada.

70. Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimen

jurídico y procedimiento de otorgamiento. El

condicionamiento de las licencias.

71. El servicio público en la esfera local. Los

modos de gestión de los servicios públicos.

Consideración especial de la concesión.

72. Las empresas municipales. Los consorcios.

73. Los contratos administrativos en la esfera

local.

74. Las Haciendas Locales: Clasificación de los

ingresos. Ordenanzas fiscales.

75. Tasas, precios públicos y contribuciones

especiales.

76. Los impuestos Locales.

77. Régimen jurídico del gasto público local.

78. Los presupuestos locales. Contabilidad y

cuentas.

79. Evolución histórica de la legislación

urbanística española. La Ley de Suelo de 1956 y

sus reformas. El marco constitucional del

urbanismo. La sentencia 61/97 del Tribunal

Constitucional y demás doctrina constitucional

sobre urbanismo. Competencias del Estado, de las

Comunidades Autónomas y de las Entidades

Locales.

80. Régimen urbanístico de la propiedad del

suelo: principios generales. Clasificación.

Régimen del suelo no urbanizable en la

legislación estatal y autonómica. Criterios de

Valoración de esta clase de suelo.

81. Régimen del suelo urbano: Derechos y deberes

de los propietarios en suelo urbano consolidado

y no consolidado. Régimen del suelo urbanizable:

Derechos y deberes de los propietarios.

Criterios de valoración.

82. La ordenación del territorio. La Carta

Europea de Ordenación del Territorio. Ordenación

del Territorio y urbanismo: Problemas de

articulación. Los instrumentos de ordenación

territorial y su incidencia urbanística.

Actuaciones de interés regional y otras figuras

análogas de la legislación autonómica.

83. Instrumentos de planeamiento general: Planes

generales. Planes parciales. Planes especiales.

Proyectos de urbanización. Programas de

actuación urbanística. Principales innovaciones

en materia de planeamiento de la Ley 7/2002 de

17 de diciembre de ordenación urbanística de

Andalucía. La formación y aprobación de los

planes. La suspensión de licencias. Los planes

de iniciativa particular, vigencia y efectos de

los planes. Modificación, revisión y suspensión.

84. Planeamiento de desarrollo: Planes

Parciales, Estudios de Detalle, el planeamiento

especial. Clases y régimen jurídico.

85. Delimitación del Suelo Urbano Consolidado y

Proyectos Delimitación de Suelo Urbano

Consolidado.

86. Elaboración y aprobación de planes.

Competencia y procedimiento. Efectos de la

aprobación. Iniciativa y colaboración de los

particulares. Publicidad. Modificación y

revisión de los planes.

87. El proyecto de urbanización. La ejecución de

los planes. Sistemas de actuación. Parcelaciones

y reparcelaciones. Actuación sistemática y

asistemática. Las transferencias de

aprovechamiento urbanístico. Principales

innovaciones en materia de ejecución urbanistica

de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre de

ordenación urbanística de Andalucía.

88. El sistema de compensación. Estatutos y

bases de actuación de la Junta de Compensación.

Sistemas de cooperación. La reparcelación.

Sistemas de expropiación.

89. Otros sistemas de ejecución urbanística.

Excepciones a la actuación mediante unidades de

ejecución: Actuaciones asistemáticas. Obtención

de terrenos dotacionales. Los convenios

urbanísticos.

90. Supuestos indemnizatorios. Peculiaridades de

la expropiación urbanística.

91. La clasificación del suelo. Derechos y

deberes por razón de la misma. Los Patrimonios

Públicos del Suelo, concepto, naturaleza y

régimen aplicable.

92. Intervención administrativa en la

edificación o uso del suelo. La licencia

urbanística: actos sujetos, naturaleza y régimen

jurídico. Las órdenes de ejecución. Deberes de

conservación y régimen de la declaración de

ruina.

93. Infracciones urbanísticas. Clases y

procedimiento. La protección de la legalidad

urbanística y el restablecimiento del orden

jurídico perturbado.

ANEXO CONCURSO

B A R E M O

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios en la Administración

Local 0,050 puntos.

- Por cada mes en puesto de igual categoría en

otras Administraciones Públicas, 0,025 puntos.

- Por cada mes de servicios en puesto de igual

categoría o similar función en entidades

privadas afectos a la Administración Pública

0,020 puntos.

Formación:

Participación en Cursos y Seminarios siempre que

tengan relación directa con las actividades en

el puesto con duración de 10 o más horas, 0,015

puntos.

Cuevas de Almanzora, 28 de noviembre de 2005, El

Alcalde, Jesús Caicedo Bernabé.

Descargar PDF