Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 171 de 04/09/2006

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Otros. AYUNTAMIENTOS

ANUNCIO de 19 de julio de 2006, del Ayuntamiento de Maracena, de bases para la selección de distintas plazas del Ayuntamiento.

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Don Julio M. Pérez Martín Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Maracena, hace saber: Que, por Decreto de Alcaldía de fecha 10 de julio de 2006, se aprobaron las siguientes:

BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD DISTINTAS PLAZAS, VACANTES EN LA PLANTILLA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARACENA

1. Plazas objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema concurso-oposición, según se especifica en los anexos correspondientes, de las plazas que se relacionan en cada anexo, encuadradas en la categoría que se especifica en los mismos y dotadas con los haberes correspondientes al Grupo que igualmente se especifica con arreglo a la legislación vigente.

Estas plazas están incluidas en la ampliación de la Oferta de Empleo Público del año 2005, en la Oferta de Empleo Público del año 2006 y en la ampliación de la Oferta de Empleo Público del año 2006 y conformes con el Acuerdo Regulador de las Relaciones Laborales entre la Corporación y el Personal Funcionario de Carrera e Interino del Ayuntamiento de Maracena.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/84; la Ley 7/85, de Bases de Régimen Local;

R.D.L. 781/86, de 18 de abril; el R.D. 364/95, de 10 de marzo, y las Bases de la presente convocatoria, junto con los anexos que la acompañan.

1.3. A quien les corresponda cubrir estas plazas se le encomendarán entre otras, las funciones propias del puesto y todas aquellas otras que se les encomienden por necesidades del servicio, recogidas en la Relación de Puestos de Trabajo del Excmo. Ayuntamiento de Maracena.

1.4. Las plazas ofertadas se cubrirán de acuerdo con la distribución que para cada categoría se recoge en los anexos que se acompañan.

2. Requisitos de los candidatos.

Para tomar parte en el presente concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, de conformidad a lo dispuesto en el art. 135 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

a) Tener la nacionalidad española. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, podrán participar en el concurso-oposición los nacionales de los demás Estados miembros de la Comunidad Europea, en las mismas condiciones que los aspirantes de nacionalidad española.

b) Tener cumplidos 18 años.

c) Estar en posesión del título que se indica en los anexos que se acompañan para cada tipo de plaza.

d) No haber sido separado, en virtud de expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica, conforme a la normativa vigente.

f) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

g) En el caso de tomar parte en el turno de promoción interna, el/los funcionarios deberán para ello poseer la titulación exigida para el ingreso y tener una antig³edad de al menos dos años en el Cuerpo o Escala inferior, en el Ayuntamiento de Maracena.

Todos los requisitos deberán reunirse hasta el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.

3. Solicitudes.3.1. Quienes deseen tomar parte en este concurso-oposición, lo solicitarán en instancia dirigida al Alcalde-Presidente de la Corporación, según el modelo que se adjunta al final de estas Bases, en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la Base segunda, adjuntando a la instancia fotocopia del Documento Nacional de Identidad y documentación acreditativa, debidamente compulsada, de los méritos alegados para su valoración en la fase del concurso, en su caso, así como el justificante del correpondiente ingreso de las tasas de derechos de examen.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las instancias y documentación oportunas se presentarán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el Registro General de este Ayuntamiento en horario de 8,30 a 13,30 horas (Plaza de la Constitución, núm. 16, de Maracena-Granada), o en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.2. Los derechos de examen quedan establecidos en 29,87 euros para los Grupos B; 21,69 euros para los Grupos C; 17,56 euros para los Grupos D, y 8,41 para los Grupos E.

No obstante, los miembros de familias numerosas que tengan reconocida tal condición y lo acrediten fehacientemente abonarán la cantidad de 6,00 euros como tasa por derechos de examen.

El pago se efectuará dentro del plazo de presentación de solicitudes, mediante ingreso en metálico en la cuenta corriente de titularidad municipal en la entidad Caja Granada 2031.0090.66.0100221685 o por Giro Postal, dirigido a la propia Tesorería Municipal conforme se previene en la vigente Ley de Procedimiento Administrativo.

4. Admisión de candidatos.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que será publicada en el tablón de edictos, e indicando, en su caso, la causa de exclusión.

En dicha resolución se indicará la lista de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanación del defecto que haya motivado la exclusión, indicándose que de no hacerlo así se le tendrá por desistido/a en su petición, con los efectos previstos en el artículo 76.1, 2 y 3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. En el caso de que no se presente escrito de subsanación y/o reclamación alguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos quedará elevada automáticamente a definitiva.

En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio de la oposición, así como la designación de los miembros del Tribunal.

5. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador, de conformidad con lo dispuesto en la legislación, estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El Concejal-Delegado de Personal del Ayuntamiento de Maracena o persona en quien delegue.

Vocales:

Un representante de la Comunidad Autónoma, designado por ésta, entre los funcionarios con igual o superior grupo de titulación que la plaza convocada.

Un funcionario/a elegido por los Delegados de Personal del Ayuntamiento de Maracena.

Dos funcionarios/as del Ayuntamiento de Maracena designados por el Sr. Alcalde-Presidente.

Un Concejal del Equipo de Gobierno.

Secretario/a: La del Ayuntamiento de Maracena, o persona en quien delegue, con voz y voto.

Todos los miembros titulares contarán con suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad de sus miembros, además del Secretario/a y el Presidente, titulares o suplentes indistintamente, y estará facultado para resolver cualquier duda o incidente que pudiera surgir durante la celebración de la pruebas selectivas, y para tomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas para el buen orden y resultado de las mismas.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspirantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo 29 de la citada Ley 30/1992.

El Tribunal adoptará sus decisiones por mayoría de votos, siendo el de calidad el del Presidente en caso de empate.

6. Presentación de documentos y nombramientos.

6.1. Los aspirantes propuestos por el Tribunal aportarán ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación de aprobados en el tablón de edictos de esta Cor

poración, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria:

a) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia judicial firme.

b) Certificado médico en modelo oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni limitación física o psíquica que impida el desempeño de las tareas propias de la plaza.

6.2. La no presentación dentro del plazo fijado en la base anterior de la documentación exigida, excepto en los casos de fuerza mayor, o cuando de la presentación de los documentos se desprenda el no cumplimiento de los requisitos de la convocatoria o supuestos de falsedad de la declaración, dará lugar a la invalidez de las actuaciones del aspirante; comportando, por consiguiente, la nulidad de los actos del Tribunal en relación con el aspirante y la imposibilidad de efectuar su nombramiento, sin perjuicio de la exigencia de otras responsabilidades en que haya podido incurrir.

En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor de los aspirantes, según orden de puntuación obtenido, que habiendo superado la totalidad de los ejercicios de las pruebas selectivas, tengan cabida en el número de plazas convocadas.

El Tribunal no podrá proponer que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior a las vacantes convocadas, siendo nulas las propuestas que contravengan este límite.

6.3. El Alcalde-Presidente, una vez que los aspirantes propuestos hayan presentado la documentación acreditativa de los requisitos, procederá al nombramiento a favor de los aprobados como Funcionarios de Carrera.

6.4. El aspirante/s nombrado/s deberá/n tomar posesión en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente a aquel en que le sea notificado el nombramiento; si no tomara posesión en el plazo indicado sin causa justificada, se entenderá que renuncia a la plaza.

6.5. Quien sin causa justificada no tome posesión en el plazo indicado perderá todos los derechos derivados de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.

7. Norma final.

7.1. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación de los Tribunales, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.2. Las presente bases, junto con la convocatoria, se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

7.3. Los derechos de asistencia por la participación en los Tribunales Calificadores en estas pruebas selectivas se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnización por razón del servicio.

8. Procedimiento de selección:

El Procedimiento selectivo constará de las fases y pruebas que se recogen en los anexos que se acompañan.

TURNO PROMOCION INTERNA

2. Procedimiento selectivo:

1 turno libre

1 turno promoción interna

3. Convocatoria: BOE núm. ... y BOP núm. ...

4. Datos personales:

Apellidos: Nombre: ..............

DNI:

Fecha nacimiento: .......... Lugar nacimiento:

Provincia:

Domicilio:

Municipio:

Provincia:

Código Postal:

Teléfonos:

5. Formación (titulación):

6. Documentación que se adjunta:

1 Resguardo de ingreso de derechos de examen.

1 Fotocopia del DNI.

1 En su caso, los méritos alegados.

El abajo firmante, solicita ser admitido/a a las pruebas selectivas a las que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos contenidos en ella y que reúne las condiciones señaladas en la Convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud.

En ..........., a ... de ......... de 2006.

Firma

ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MARACENA

Maracena, 19 de julio de 2006.- El Alcalde, Julio M. Pérez Martín.

ANEXO I

Plaza: Administrativo.

Número de plazas: 2 (1 plaza sería la vacante que quedaría libre al cubrirse la plaza de Técnico de Gestión de Administración General, adscrito al área de Secretaría).

Forma de provisión: Promoción interna mediante el sistema de concurso-oposición.

Grupo de pertenencia: C.

Titulación exigida: Estar en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

Procedimiento de selección.El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

I. Concurso.

II. Oposición.

I. Fase de concurso.

La fase de concurso, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes definitivamente admitidos al concurso-oposición, y que el Tribunal valorará, son los que a continuación se relacionan, con la puntuación que se indica:

a) Antig³edad y méritos profesionales:

Por haber prestado servicios en la Administración Local como Auxiliar Administrativo: 0,05 puntos/mes.

En todo caso, la puntuación máxima por antig³edad y méritos profesionales será de 2 puntos.

Para el cómputo de los servicios prestados se excluirán los dos años de antig³edad prestados en el Ayuntamiento de Maracena y que se exigen como requisito previo para participar en dicho proceso selectivo.

b) Méritos académicos:

Por estar en posesión del título de Diplomado: 1 punto.

Por estar en posesión del título de Licenciado: 1,5 puntos.

Para el cómputo de los méritos académicos se tendrán en cuenta sólo y exclusivamente la titulación de mayor grado.

c) Por la participación en cursos y seminarios siempre que se encuentren relacionados con la plaza a la que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta:

De 10 a 20 horas: 0,10 puntos.

De 21 a 40 horas: 0,30 puntos.

De 41 a 80 horas: 0,50 puntos.

De 81 a 100 horas: 0,70 puntos.

De 101 a 150 horas: 0,90 puntos.

Más de 151 horas: 1,00 punto.

En todo caso la puntuación máxima por este apartado será de 1 punto.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.ºG) del Acuerdo regulador de las Relaciones Laborales entre la Corporación y el Personal Funcionario de Carrera, e Interino del Ayuntamiento de Maracena, y con el art. 44.3 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, la fase de concurso no podrá superar el 40 por ciento de la puntuación total.

Una vez baremados los méritos el Tribunal expondrá al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento las listas de aspirantes con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.

Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios la valoración definitiva de la fase de concurso.

II. La fase de oposición: Constituirá el 60% de la puntuación del concurso-oposición y consistirá en la celebración de las siguientes pruebas.

Unico ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo de 60 minutos, un cuestionario de 40 preguntas de tipos test, con tres respuestas alternativas, sin deducción de respuestas erróneas o en blanco, siendo una de ellas la correcta. Las preguntas versarán sobre el programa de materias del Anexo I de esta convocatoria.

De conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, se establece la exención de las pruebas sobre aquellas materias cuyo conocimiento haya quedado suficientemente acreditado en las de ingreso al cuerpo o escala de origen.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de concurso y la fase de oposición.

En caso de empate, se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición.

TEMARIO

1. La relación jurídico administrativa. Concepto. Sujetos: La Administración y el administrado. Capacidad y representación.

1. La relación jurídico administrativa. Derechos del administrado. Los actos jurídicos del administrado.

2. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.

3. El acto administrativo. Motivación y notificación.

4. Eficacia de los actos administrativos. Ejecutividad y ejecución forzosa. Suspensión.

5. Validez e invalidez del acto administrativo. Convalidación, conservación y conversión.

6. El Procedimiento Administrativo (I): Sujetos, la Administración y los interesados.

7. El Procedimiento Administrativo (II): Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.

8. El Procedimiento Administrativo (III): Los registros administrativos.

9. El Procedimiento Administrativo (IV): Término y plazos: Cómputo, ampliación y tramitación de urgencia.

10. El Procedimiento Administrativo (V): Iniciación, desarrollo: A) Ordenación, B) Instrucción: Intervención de los interesados, prueba e informes.

11. El Procedimiento Administrativo (VI): Terminación. La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa. La terminación convencional.

12. El Procedimiento Administrativo (VII): La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.

13. Los recursos administrativos: Principios generales. El recurso de alzada. El recurso potestativo de reposición.

14. El recurso extraordinario de revisión. El recurso económico-administrativo.

15. Organización Municipal. Competencias.

16. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Régimen de sesiones y acuerdos.

17. Actas y Certificaciones de acuerdos. Las resoluciones del Presidente de la Corporación.

18. Adopción de acuerdos. Formas de Votación. Quórum de votación. Formalidades.

19. Derechos de los funcionarios públicos locales.

20. Deberes de los funcionarios públicos locales.

ANEXO II

Plaza: Oficial Conserje de la Casa de la Cultura.

Número de plazas: 1.

Forma de provisión: Promoción interna mediante el sistema de concurso-oposición.

Grupo de pertenencia: D.

Titulación exigida: Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional primer grado o equivalente.

Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

I. Concurso.

II. Oposición.

I. Fase de concurso.

La fase de concurso, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes definitivamente admitidos al concurso-oposición, y que el Tribunal valorará, son los que a continuación se relacionan, con la puntuación que se indica:

a) Antig³edad:

Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local realizando funciones de Conserje: 0,10 puntos, hasta un máximo de 3,00 puntos.

Para el cómputo de los servicios prestados se excluirán los dos años de antig³edad prestados en el Ayuntamiento de Maracena, que se exigen como requisito previo para participar en dicho proceso selectivo.

b) Méritos académicos:

Por estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente: 0,3 puntos.

Por estar en posesión del título de Diplomado: 0,4 puntos.

Por estar en posesión del título de Licenciado: 0,5 puntos. La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 0,50 puntos.

Para el cómputo de los méritos académicos se tendrán en cuenta sólo y exclusivamente la titulación de mayor grado.

c) Por la participación en cursos y seminarios siempre que se encuentren relacionados con la plaza a la que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta:

De 10 a 20 horas: 0,10 puntos.

De 21 a 40 horas: 0,20 puntos.

De 41 a 70 horas: 0,30 puntos.

De 71 a 100 horas: 0,40 puntos.

Más de 100 horas: 0,50 puntos.

En todo caso la puntuación máxima por este apartado será de 0,5 puntos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.ºG) del Acuerdo regulador de las Relaciones Laborales entre la Corporación y el Personal Funcionario de Carrera, e Interino del Ayuntamiento de Maracena, y con el art. 44.3 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, la fase de concurso no podrá superar el 40 por ciento de la puntuación total.

Una vez baremados los méritos el Tribunal expondrá al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento las listas de aspirantes con las puntuaciones obtenidas en la fase de

concurso, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.

II. La fase de oposición: Constituirá el 60% de la puntuación del concurso-oposición y consistirá en la celebración de las siguientes pruebas.

Unico ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en una prueba práctica relacionada con el contenido de los temas objeto de la convocatoria y/o contestar como realizarla. El tiempo para la realización de dicha prueba lo decidirá el Tribunal Calificador.

De conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, se establece la exención de las pruebas sobre aquellas materias cuyo conocimiento haya quedado suficientemente acreditado en las de ingreso al cuerpo o escala de origen.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio, ponderando esta puntuación a 6 puntos.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición y concurso.

En caso de empate, se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición.

TEMARIO

Tema 1. Instalaciones. Fontanería. Conceptos básicos. Electricidad. Conceptos básicos.

Tema 2. Carpintería de madera. Conceptos básicos.

Tema 3. Carpintería metálica. Conceptos básicos. Tipos y características.

Tema 4. Jardinería. Conceptos básicos.

Tema 5. Albañilería. Conceptos básicos.

Tema 6. Atención al Público.

Tema 7. Medidas de Seguridad e Higiene. Prevención de Riesgos Laborales.

Tema 8. La Casa de la Cultura del Ayuntamiento de Maracena. Funcionamiento y equipamientos.

Tema 9. Actividades culturales de la Casa de la Cultura. Programa Anual de Talleres de la Casa de la Cultura.

Tema 10. Gestión de pagos. Lista de usuarios y talleres por medios informáticos.

ANEXO III

Plaza: Oficial Conserje de Colegio Público.

Número de plazas: 2.

Forma de provisión: Promoción Interna mediante el sistema de concurso-oposición.

Grupo de pertenencia: D.

Titulación exigida: Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional primer grado o equivalente.

Procedimiento de selección:El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

I. Concurso.

II. Oposición.

I. Fase de concurso.

La fase de concurso, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes definitivamente admitidos al concurso-oposición, y que el Tribunal valorará, son los que a continuación se relacionan, con la puntuación que se indica:

a) Antig³edad: Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local realizando funciones de Conserje: 0,10 hasta un máximo de 3,00 puntos.

Para el cómputo de los servicios prestados se excluirán los dos años de antig³edad prestados en el Ayuntamiento de Maracena, que se exigen como requisito previo para participar en dicho proceso selectivo.

b) Méritos académicos:

Por estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente: 0,3 puntos.

Por estar en posesión del título de Diplomado: 0,4 puntos.

Por estar en posesión del título de Licenciado: 0,5 puntos. La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 0,50 puntos.

Para el cómputo de los méritos académicos se tendrán en cuenta sólo y exclusivamente la titulación de mayor grado.

c) Por la participación en cursos y seminarios siempre que se encuentren relacionados con la plaza a la que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta:

De 10 a 20 horas: 0,10 puntos.

De 21 a 40 horas: 0,20 puntos.

De 41 a 70 horas: 0,30 puntos.

De 71 a 100 horas: 0,40 puntos.

Más de 100 horas: 0,50 puntos.

En todo caso la puntuación máxima por este apartado será de 0,5 puntos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.ºG) del Acuerdo regulador de las Relaciones Laborales entre la Corporación y el Personal Funcionario de Carrera, e Interino del Ayuntamiento de Maracena, y con el art. 44.3 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, la fase de concurso no podrá superar el 40 por ciento de la puntuación total.

Una vez baremados los méritos el Tribunal expondrá al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento las listas de aspirantes con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.

II. La fase de oposición: Constituirá el 60% de la puntuación del concurso-oposición y consistirá en la celebración de las siguientes pruebas.

Unico ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en una prueba práctica relacionada con el contenido de los temas objeto de la convocatoria y/o contestar como realizarla. El tiempo para la realización de dicha prueba lo decidirá el Tribunal Calificador.

De conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, se establece la exención de las pruebas sobre aquellas materias cuyo conocimiento haya quedado suficientemente acreditado en las de ingreso al cuerpo o escala de origen.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio, ponderando esta puntuación a 6 puntos.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición y concurso.

En caso de empate, se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición.

TEMARIO

Tema 1. Instalaciones. Fontanería. Conceptos básicos. Electricidad. Conceptos básicos.

Tema 2. Carpintería de madera. Conceptos básicos.

Tema 3. Carpintería metálica. Conceptos básicos. Tipos y características.

Tema 4. Jardinería. Conceptos básicos.

Tema 5. Albañilería. Conceptos básicos.

Tema 6. Atención al público.

Tema 7. Medidas de Seguridad e Higiene. Prevención de Riesgos Laborales.

Tema 8. Instalaciones y equipamientos en Colegios Públicos.

Tema 9. Actividades escolares anuales de los Colegios Públicos de Maracena.

Tema 10. Maquinaría y herramientas más utilizadas.

ANEXO IV

Plaza: Oficial Conserje de la Ciudad Deportiva.

Número de plazas: 1.

Forma de provisión: Promoción Interna mediante el sistema de concurso-oposición.

Grupo de pertenencia: D.

Titulación exigida: Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional primer grado o equivalente.

Procedimiento de selección.El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

I. Concurso.

II. Oposición.

I. Fase de concurso.

La fase de concurso, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes definitivamente admitidos al concurso-oposición, y que el Tribunal valorará, son los que a continuación se relacionan, con la puntuación que se indica:

a) Antig³edad: Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local realizando funciones de Conserje: 0,10 hasta un máximo de 3,00 puntos.

Para el cómputo de los servicios prestados se excluirán los dos años de antig³edad prestados en el Ayuntamiento de Maracena que se exigen como requisito previo para participar en dicho proceso selectivo.

b) Méritos académicos:

Por estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente: 0,3 puntos.

Por estar en posesión del título de Diplomado: 0,4 puntos.

Por estar en posesión del título de Licenciado: 0,5 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 0,50 puntos.

Para el cómputo de los méritos académicos se tendrán en cuenta sólo y exclusivamente la titulación de mayor grado.

c) Por la participación en cursos y seminarios siempre que se encuentren relacionados con la plaza a la que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta:

De 10 a 20 horas: 0,10 puntos.

De 21 a 40 horas: 0,20 puntos.

De 41 a 70 horas: 0,30 puntos.

De 71 a 100 horas: 0,40 puntos.

Más de 100 horas: 0,50 puntos.

En todo caso la puntuación máxima por este apartado será de 0,5 puntos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.ºG) del Acuerdo regulador de las Relaciones Laborales entre la Corporación y el Personal Funcionario de Carrera, e Interino del Ayuntamiento de Maracena, y con el art. 44.3 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, la fase de concurso no podrá superar el 40 por ciento de la puntuación total.

Una vez baremados los méritos el Tribunal expondrá al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento las listas de aspirantes con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.

II. La fase de oposición: Constituirá el 60% de la puntuación del concurso-oposición y consistirá en la celebración de las siguientes pruebas.

Unico ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en una prueba práctica relacionada con el contenido de los temas objeto de la convocatoria y/o contestar como realizarla. El tiempo para la realización de dicha prueba lo decidirá el Tribunal Calificador.

De conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, se establece la exención de las pruebas sobre aquellas materias cuyo conocimiento haya quedado suficientemente acreditado en las de ingreso al cuerpo o escala de origen.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio, ponderando esta puntuación a 6 puntos.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición y concurso.

En caso de empate, se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición.

TEMARIO

Tema 1. Instalaciones. Fontanería. Conceptos básicos. Electricidad. Conceptos básicos.

Tema 2. Carpintería de madera. Conceptos básicos.

Tema 3. Carpintería metálica. Conceptos básicos. Tipos y características.

Tema 4. Jardinería. Conceptos básicos.

Tema 5. Albañilería. Conceptos básicos.

Tema 6. Atención al Público.

Tema 7. Medidas de Seguridad e Higiene. Prevención de Riesgos Laborales.

Tema 8. Instalaciones y equipamientos en la Ciudad Deportiva.

Tema 9. Reglamento de uso de las instalaciones deportivas de Maracena. Estructura y contenido.

Tema 10. Maquinaria y herramientas más utilizadas.

ANEXO V

Plaza: Oficial de Mantenimiento.

Número de plazas: 1.

Forma de provisión: Promoción Interna mediante el sistema de concurso-oposición.

Grupo de pertenencia: D.

Titulación exigida: Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional primer grado o equivalente.

Procedimiento de selección:El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

I. Concurso.

II. Oposición.

I. Fase de concurso: La fase de concurso, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes definitivamente admitidos al concurso-oposición y que el Tribunal valorará, son los que a continuación se relacionan, con la puntuación que se indica:

a) Antig³edad: Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local realizando funciones de Peón de Mantenimiento: 0,10 hasta un máximo de 3,00 puntos.

Para el cómputo de los servicios prestados se excluirán los dos años de antig³edad prestados en el Ayuntamiento de Maracena, que se exigen como requisito previo para participar en dicho proceso selectivo.

b) Méritos académicos:

Por estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente: 0,3 puntos.

Por estar en posesión del título de Diplomado: 0,4 puntos.

Por estar en posesión del título de Licenciado: 0,5 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 0,50 puntos.

Para el cómputo de los méritos académicos se tendrán en cuenta sólo y exclusivamente la titulación de mayor grado.

c) Por la participación en cursos y seminarios siempre que se encuentren relacionados con la plaza a la que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta:

De 10 a 20 horas: 0,10 puntos.

De 21 a 40 horas: 0,20 puntos.

De 41 a 70 horas: 0,30 puntos.

De 71 a 100 horas: 0,40 puntos.

Más de 100 horas: 0,50 puntos.

En todo caso la puntuación máxima por este apartado será de 0,5 puntos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.ºG) del Acuerdo regulador de las Relaciones Laborales entre la Corporación y el Personal Funcionario de Carrera, e Interino del Ayuntamiento de Maracena, y con el art. 44.3 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, la fase de concurso no podrá superar el 40% de la puntuación total.

Una vez baremados los méritos el Tribunal expondrá al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento las listas de aspirantes con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.

II. La fase de oposición: Constituirá el 60% de la puntuación del concurso-oposición y consistirá en la celebración de las siguientes pruebas.

Unico ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en una prueba práctica relacionada con el contenido de los temas objeto de la convocatoria y/o contestar como realizarla. El tiempo para la realización de dicha prueba lo decidirá el Tribunal Calificador.

De conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, se establece la exención de las pruebas sobre aquellas materias cuyo conocimiento haya quedado suficientemente acreditado en las de ingreso al cuerpo o escala de origen.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio, ponderando esta puntuación a 6 puntos.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición y concurso.

En caso de empate, se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición.

TEMARIO

Tema 1. Instalaciones. Fontanería. Conceptos básicos. Electricidad. Conceptos básicos.

Tema 2. Carpintería de madera. Conceptos básicos.

Tema 3. Carpintería metálica. Conceptos básicos. Tipos y características.

Tema 4. Jardinería. Conceptos básicos.

Tema 5. Albañilería. Conceptos básicos.

Tema 6. Atención al público. Atención telefónica.

Tema 7. Medidas de Seguridad e Higiene. Prevención de Riesgos Laborales.

Tema 8. Instalaciones y equipamiento deportivos.

Tema 9. Reglamento de uso de las instalaciones deportivas de Maracena. Estructura y contenido.

Tema 10. Maquinaría y herramientas más utilizadas.

ANEXO VI

Plaza: Técnico de Gestión de Administración General, adscrito al Area de Secretaría.

Número de plazas: Una (1) y sus vacantes.

Forma de provisión: Promoción Interna mediante el sistema de concurso-oposición.

Grupo de pertenencia: B.

Titulación exigida: Estar en posesión de Título Universitario Medio.

Procedimiento de selección.1. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

2. La fase de concurso se puntuará con arreglo al siguiente baremo:

a) Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local 0,016 puntos hasta un máximo de 3 puntos.

b) Por cursos y seminarios siempre que se encuentren relacionados con la plaza a la que opta e impartidos por Instituciones de carácter público:

De 10 a 20 horas: 0,10 puntos.

De 20 a 40 horas: 0,20 puntos.

De 41 a 70 horas: 0,30 puntos.

De 71 a 100 horas: 0,40 puntos.

Más de 100 horas: 0,50 puntos.

La puntuación por cursos será hasta un máximo de 1 punto.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.ºG) del Acuerdo en vigor, la fase de concurso no podrá superar el 40% de la puntuación total.

3. Se establece la exención de las pruebas sobre aquellas materias cuyo conocimiento haya quedado suficientemente acreditado en las de ingreso al cuerpo o escala de origen.

4. La fase de oposición consistirá en una prueba práctica realizada mediante un cuestionario tipo test, relacionada con el contenido de los temas objeto de la convocatoria, en el tiempo que determine el Tribunal Calificador, puntuándose de 0 a 10 puntos.

El resultado se ponderará a 6 puntos.

La fase de oposición no podrá superar el 60% de la puntuación total.

TEMARIO

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

Tema 2. La Constitución Española de 1978. La Corona.

Tema 3. La Constitución Española de 1978. La organización territorial de Estado en la Constitución. Administración Local.

Tema 4. Derechos y deberes de los españoles.

Tema 5. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura. Disposiciones generales.

Tema 6. Régimen Local Español. Entidades que lo integran.

Tema 7. El Municipio: Conceptos y elementos. Organización del Régimen Común.

Tema 8. El Régimen de Sesiones del Pleno. Clases. Preparación. Requisitos. Desarrollo.

Tema 9. Funcionamiento de los Organos Colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y Certificaciones de Acuerdos.

Tema 10. Distribución orgánica de atribuciones. Alcalde. Pleno. Junta de Gobierno Local.

Tema 11. Adopción de acuerdos. Formas de votación. Quórum de votación. Formalidades.

Tema 12. Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado: Título I (Régimen Disciplinario).

Tema 13. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos.

Tema 14. Derechos de los funcionarios públicos locales.

Tema 15. Deberes de los funcionarios públicos locales.

Tema 16. La Corporación Municipal del Ayuntamiento de Maracena.

Tema 17. Reglamento de Calificación Ambiental: Disposiciones generales.

Tema 18. Tramitación de un expediente de calificación ambiental.

Tema 19. Actividades que comprende el Anexo III de la Ley de Protección Ambiental.

Tema 20. Procedimiento Administrativo Local. Registro de entrada y salida de documentos.

TURNO LIBRE

ANEXO I

Denominación: Técnico Auxiliar de Sonido.

Número de plazas: 1 (Una).

Forma de provisión: Concurso-oposición.

Grupo de pertenencia: D.

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. I o equivalente.

Procedimiento de selección.1. El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso-oposición. Previamente a la fase de oposición, se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

2. La fase de concurso constituirá el 30% de la puntuación del concurso-oposición, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Se puntuará con arreglo al siguiente baremo:

I. Antig³edad:

- Por los servicios prestados en la Administración Local de cualquier municipio, en puesto o plaza de igual contenido al que se opta: 0,084 puntos/mes.

No se computarán las fracciones de tiempo inferiores a un mes ni los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados, sin que se reduzcan proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

- Por los servicios prestado en cualquier Administración Pública en puesto o plaza de igual contenido al que se opta: 0,010 puntos/mes.

En cualquier caso será obligatorio acreditar dichos servicios mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

En todo caso, la puntuación máxima por antig³edad será de 1,5 puntos.

II. Por estar en posesión de titulación superior a la requerida para el acceso al puesto, directamente relacionada con la plaza a la que opta: 0,75 puntos.

Deberá ser acreditado mediante la aportación del título correspondiente o resguardo de abono de los derechos de obtención o resolución de la Administración Educativa competente que homologue o reconozca dichos títulos.

En todo caso, la puntuación máxima por este apartado será de 0,75 puntos.

III. Por impartir clases teóricas y prácticas en un Taller de Radio municipal: 0,75 puntos.

La puntuación máxima por este apartado será de 0,75 puntos.

Deberá ser acreditado mediante el correspondiente certificado.

Aquellos méritos que no resulten suficientemente acreditados, de conformidad con lo establecido en esta base, no serán tenidos en cuenta por el Tribunal Calificador.

Una vez baremados los méritos, el Tribunal expondrá al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento las listas de aspirantes con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación. Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios la valoración definitiva de la fase de concurso.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.ºG) del Acuerdo Regulador de las Relaciones Laborales entre la Corporación y el Personal Funcionario de Carrera, e Interino del Ayuntamiento de Maracena, y con el art. 44.3 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, la fase de concurso no podrá superar el 40% de la puntuación total.

3. La fase de oposición constituirá el 70% de la puntuación del concurso-oposición y consistirá en la celebración de las siguientes pruebas:

- Primer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo de 50 minutos, un cuestionario de 50 preguntas de tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada de forma errónea restará a la puntuación total 1/3 de punto.

Las preguntas en blanco ni puntúan ni restan puntuación.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio, ponderando esta puntuación a 2,5 puntos.

Las preguntas versarán sobre el programa de materias comunes (temas 1 a 5) indicado en el Anexo de esta convocatoria.

- Segundo ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en una prueba práctica relacionada con el desempeño de las funciones a las que se opta, que versará sobre el programa de materias específicas (temas 6 a 20) indicado en el Anexo de esta convocatoria.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio, ponderando esta puntuación a 2,5 puntos.

- Tercer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la realización de una entrevista personal realizada por los miembros del Tribunal, en el que se valorarán los conocimientos y la idoneidad de los aspirantes a la plaza a la que se opta.

El cómputo de la puntuación de la prueba se hará mediante media aritmética de las notas dadas (0 a 10 puntos) por todos los miembros asistentes del Tribunal Calificador, desechándose la nota más alta y la más baja. La puntuación final se ponderará sobre 2 puntos, que es la puntuación máxima que se puede obtener en este ejercicio.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de concurso y la fase de oposición.

En caso de empate, se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.

TEMARIO

Materias comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

Tema 2. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura. Disposiciones generales.

Tema 3. Régimen de Sesiones del Pleno. Clases. Preparación. Requisitos. Desarrollo. Alternativas a la propuesta de acuerdo.

Tema 4. Adopción de Acuerdos. Formas de votación. Quórum. Formalidades.

Tema 5. Medios Reales al Servicios de los Ayuntamientos. Clases. Prerrogativas. Utilización por particulares. Inventario.

Materias específicas

Tema 6. La Corporación Municipal del Ayuntamiento de Maracena. Organización.

Tema 7. El sonido: Naturaleza, magnitudes y fundamentos.

Tema 8. Acústica de recintos.

Tema 9. Auriculares. Funcionamiento, clasificación y conexionado.

Tema 10. La recepción y emisión de radio en modulación de amplitud (AM).

Tema 11. La recepción y emisión de radio en modulación de frecuencia (FM).

Tema 12. El micrófono. Función, clasificación y características técnicas.

Tema 13. Onda Maracena Radio. Tipos de programas y repercusión social.

Tema 14. Fundamentos de informática. Conceptos básicos, configuración del CPU, conexiones internas, conexiones externas, periféricos.

Tema 15. Fundamentos de informática. Internet en el mundo de la radio: Agencias, servicios a emisoras, la radio en internet. Proyecto RitmoNet.

Tema 16. El ecualizador: Funcionamiento y uso.

Tema 17. El altavoz. Funcionamiento, tipos, características e instalación.

Tema 18. Mezcladores de audio. Características, funcionamiento y uso.

Tema 19. Parámetros técnicos de la Emisora Municipal de Maracena. Centro emisor, estudios de radio.

Tema 20. El Consejo Rector de los Medios de Comunicación de Maracena. Funcionamiento, componentes, competencias.

ANEXO II

Denominación: Auxiliar Administrativo (adscrito al Area de Deportes).

Número de plazas: 1 (Una).

Forma de Provisión: Concurso-oposición.

Grupo de pertenencia: D .

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. I o equivalente.

Procedimiento de selección.1. El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso-oposición. Previamente a la fase de oposición, se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

2. La fase de concurso constituirá el 30% de la puntuación del concurso-oposición, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Se puntuará con arreglo al siguiente baremo:

I. Antig³edad:

- Por los servicios prestados en la Administración Local de cualquier municipio, en puesto o plaza de igual contenido al que se opta: 0,047 puntos/mes.

No se computarán las fracciones de tiempo inferiores a un mes ni los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

- Por los servicios prestado en cualquier Administración Pública en puesto o plaza de igual contenido al que se opta: 0,010 puntos/mes.

En cualquier caso será obligatorio acreditar dichos servicios mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

En todo caso, la puntuación máxima por antig³edad será de 1,5 puntos.

II. Por la participación en cursos, seminarios, jornadas, etc., en materia deportiva.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a la que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta:

De 1 a 50 horas: 0,10 puntos.

De 51 a 150 horas: 0,20 puntos.

De 151 a 275 horas: 0,30 puntos.

De 276 a 400 horas: 0,4 puntos.

Más de 400 horas: 0,50 puntos.

En todo caso, la puntuación máxima por este apartado será de 0,50 puntos.

III. Por realizar el control y supervisión de programas deportivos durante 3 o más temporadas continuadas en una Administración Local: 0,020 puntos/mes.

La puntuación máxima por este apartado será de 1 punto.

Deberá ser acreditado mediante el correspondiente certificado.

Aquellos méritos que no resulten suficientemente acreditados, de conformidad con lo establecido en esta Base, no serán tenidos en cuenta por el Tribunal Calificador.

Una vez baremados los méritos, el Tribunal expondrá al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento las listas de aspirantes con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.

Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios la valoración definitiva de la fase de concurso.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.ºG) del Acuerdo Regulador de las Relaciones Laborales entre la Corporación y el Personal Funcionario de Carrera, e Interino del Ayuntamiento de Maracena, y con el art. 44.3 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, la fase de concurso no podrá superar el 40% de la puntuación total.

3. La fase de oposición constituirá el 70% de la puntuación del concurso-oposición y consistirá en la celebración de las siguientes pruebas:

- Primer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo de 50 minutos, un cuestionario de 50 preguntas de tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada de forma errónea restará a la puntuación total 1/3 de punto.

Las preguntas en blanco ni puntúan ni restan puntuación.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio, ponderando esta puntuación a 2,5 puntos.

Las preguntas versarán sobre el programa de materias comunes (temas 1 a 6) indicado en el Anexo de esta convocatoria.

- Segundo ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en una prueba práctica relacionada con el desempeño de las funciones a las que se opta, que versará sobre el programa de materias específicas (temas 7 a 20) indicado en el Anexo de esta convocatoria.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio, ponderando esta puntuación a 2,5 puntos.

- Tercer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la realización de una entrevista personal realizada por los miembros del Tribunal, en el que se valorarán los conocimientos y la idoneidad de los aspirantes a la plaza a la que se opta.

El cómputo de la puntuación de la prueba se hará mediante media aritmética de las notas dadas (0 a 10 puntos) por todos los miembros asistentes del Tribunal Calificador, desechándose la nota más alta y la más baja. La puntuación final se ponderará sobre 2 puntos, que es la puntuación máxima que se puede obtener en este ejercicio.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de concurso y la fase de oposición.

En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.

TEMARIO

Materias comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

Tema 2. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura. Disposiciones Generales.

Tema 3. Régimen de Sesiones del Pleno. Clases. Preparación. Requisitos. Desarrollo. Alternativas a la propuesta de acuerdo.

Tema 4. Adopción de Acuerdos. Formas de votación. Quórum. Formalidades.

Tema 5. Los Reglamentos en el Ambito Local.

Tema 6. Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los funcionarios de la Administración del Estado. Título. Régimen Disciplinario. Capítulo 1. Disposiciones generales.

Materias específicas

Tema 7. Programas Deportivos de Verano del Ayuntamiento de Maracena.

Tema 8. Programas Deportivos de Invierno del Ayuntamiento de Maracena.

Tema 9. El ordenador personal: Concepto y funcionalidades básicas.

Tema 10. La red de internet: Origen, evolución, y estado actual. Servicios de internet, correo, ftp.

Tema 11. La atención al cliente en los servicios deportivos municipales.

Tema 12. La Ley 10/90, de 15 de octubre, del deporte. Estructura y contenidos.

Tema 13. Juegos y deportes alternativos: Definición y objetivos.

Tema 14. El animador deportivo: Características y funciones.

Tema 15. Piscinas: Tipos de vasos y funciones.

Tema 16. Las escuelas deportivas municipales del Ayuntamiento de Maracena.

Tema 17. Instalaciones utilizadas por los programas deportivos del Ayuntamiento de Maracena y sus equipamientos.

Tema 18. Jornadas físico-recreativas de Maracena.

Tema 19. Jornadas de mujer y deporte de Maracena.

Tema 20. Programa de senderismo del Ayuntamiento de Maracena.

ANEXO III

Plaza: Locutor-Redactor.

Número de plazas: (Dos).

Forma de provisión: Concurso-oposición.

Grupo de pertenencia: C.

Titulación exigida: Bachiller, F.P. II o equivalente.

Procedimiento de selección.1. El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso-oposición. Previamente a la fase de oposición, se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

2. La fase de concurso constituirá el 30% de la puntuación del concurso-oposición, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Se puntuará con arreglo al siguiente baremo:

I. Antig³edad:

- Por los servicios prestados en la Administración Local de cualquier municipio, en puesto o plaza de igual contenido al que se opta: 0,041 puntos/mes.

No se computarán las fracciones de tiempo inferiores a un mes ni los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

- Por los servicios prestado en cualquier Administración Pública en puesto o plaza de igual contenido al que se opta: 0,010 puntos/mes.

En cualquier caso será obligatorio acreditar dichos servicios mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

En todo caso, la puntuación máxima por antig³edad será de 1,5 puntos.

II. Por impartir clases teóricas y prácticas en un Taller de Radio municipal: 0,50 puntos.

En todo caso, la puntuación máxima por este apartado será de 0,50 puntos.

Deberá ser acreditado mediante el correspondiente certificado.

III. Por haber desempeñado las tareas de director de una Emisora Pública: 0,50 puntos.

En todo caso, la puntuación máxima por este apartado será de 0,50 puntos.

Deberá ser acreditado mediante el correspondiente certificado.

IV. Por estar en posesión de titulación superior a la requerida para el acceso al puesto, directamente relacionada con la plaza a la que opta: 0,50 puntos.

Aquellos méritos que no resulten suficientemente acreditados, de conformidad con lo establecido en esta Base, no serán tenidos en cuenta por el Tribunal Calificador.

Una vez baremados los méritos, el Tribunal expondrá al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento las listas de aspirantes con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.

Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios la valoración definitiva de la fase de concurso.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.ºG) del Acuerdo Regulador de las Relaciones Laborales entre la Corporación y el Personal Funcionario de Carrera, e Interino del Ayuntamiento de Maracena, y con el art. 44.3 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, la fase de concurso no podrá superar el 40% de la puntuación total.

3. La fase de oposición constituirá el 70% de la puntuación del concurso-oposición y consistirá en la celebración de las siguientes pruebas:

- Primer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo de 50 minutos, un cuestionario de 50 preguntas de tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada de forma errónea restará a la puntuación total 1/3 de punto.

Las preguntas en blanco ni puntúan ni restan puntuación.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio, ponderando esta puntuación a 2,5 puntos.

Las preguntas versarán sobre el programa de materias comunes (temas 1 a 8) indicado en el Anexo de esta convocatoria.

- Segundo ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en una prueba práctica relacionada con el desempeño de las funciones a las que se opta, que versará sobre el programa de materias específicas (temas 9 a 40) indicado en el Anexo de esta convocatoria.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio, ponderando esta puntuación a 2,5 puntos.

- Tercer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la realización de una entrevista personal realizada por los miembros del Tribunal, en el que se valorarán los conocimientos y la idoneidad de los aspirantes a la plaza a la que se opta.

El cómputo de la puntuación de la prueba se hará mediante media aritmética de las notas dadas (0 a 10 puntos) por todos los miembros asistentes del Tribunal Calificador, desechándose la nota más alta y la más baja. La puntuación final se ponderará sobre 2 puntos, que es la puntuación máxima que se puede obtener en este ejercicio.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de concurso y la fase de oposición.

En caso de empate, se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.

TEMARIO

Materias comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

Tema 2. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura. Disposiciones generales.

Tema 3. Régimen de Sesiones del Pleno. Clases. Preparación. Requisitos. Desarrollo. Alternativas a la propuesta de acuerdo.

Tema 4. Adopción de Acuerdos. Formas de votación. Quórum. Formalidades.

Tema 5. El Municipio. Organización y competencias.

Tema 6. Medios Reales al Servicios de los Ayuntamientos. Clases. Prerrogativas. Utilización por particulares. Inventario.

Tema 7. Los Reglamentos en el ámbito Local.

Tema 8. Responsabilidad Patrimonial de la Administración Local.

Materias específicas

Tema 9. Teoría de la Información.

Tema 10. Etica y Deontología del profesional de la información.

Tema 11. La Libertad de Expresión y sus límites.

Tema 12. Derecho a la información.

Tema 13. Comunicación de masas.

Tema 14. Función social de los medios.

Tema 15. Información política.

Tema 16. Información deportiva.

Tema 17. Información local y provincial.

Tema 18. La información en la Radio. Conceptos básicos.

Tema 19. Locución y presentación en la Radio.

Tema 20. El periodismo de servicio público.

Tema 21. La entrevista en radio.

Tema 22. Radio en la provincia de Granada.

Tema 23. Prensa escrita en la provincia de Granada.

Tema 24. Televisión Local en Granada.

Tema 25. Agencias de Noticias en la provincia de Granada.

Tema 26. Las fuentes informativas.

Tema 27. Fuentes institucionales de la provincia de Granada.

Tema 28. El Ayuntamiento de Maracena como fuente informativa.

Tema 29. Fuentes locales. Maracena.

Tema 30. Estatuto de los Medios de Comunicación Públicos de Maracena.

Tema 31. Las ruedas de prensa: Finalidad y organización.

Tema 32. Los magazines: Finalidad y organización.

Tema 33. Política de Maracena en los medios locales. Los últimos 15 años.

Tema 34. Medios de Comunicación en Maracena.

Tema 35. Normas ling³ísticas de la Comunicación.

Tema 36. El estilo periodístico.

Tema 37. Los diferentes estilos periodísticos: Noticia, editorial, artículo, entrevista, crónica y reportaje.

Tema 38. Evolución de la programación de Onda Maracena Radio.

Tema 39. Onda Maracena Radio. Tipos de programas y repercusión social.

Tema 40. El Consejo Rector de los Medios de Comunicación Públicos de Maracena. Funcionamiento, componentes y competencias.

ANEXO IV

Denominación: Sepulturero Mantenimiento Cementerio.

Plaza: 1 (Una).

Clasificación: Escala Administración Especial. Subescala Servicios Especiales, clase personal de oficios.

Forma de provisión: Concurso-oposición.

Grupo de pertenencia: E.

Titulación exigida: Certificado Escolaridad.

Procedimiento de selección.

1. El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso-oposición. Previamente a la fase de oposición, se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

2. La fase de concurso constituirá el 30% de la puntuación del concurso-oposición, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Se puntuará con arreglo al siguiente baremo:

I. Antig³edad:- Por los servicios prestados en la Administración Local de cualquier municipio, en puesto o plaza de igual contenido al que se opta: 0,10 puntos/mes.

No se computarán las fracciones de tiempo inferiores a un mes ni los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

- Por los servicios prestado en cualquier Administración Pública en puesto o plaza de igual contenido al que se opta: 0,010 puntos/mes.

En cualquier caso será obligatorio acreditar dichos servicios mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

En todo caso, la puntuación máxima por antig³edad será de 2,5 puntos.

II. Por la participación en cursos, seminarios, jornadas, etc.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a la que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas cuyo contenido guarde relación con las funciones propias de la plaza a la que se opta:

De 10 a 20 horas: 0,05 puntos.

De 21 a 40 horas: 0,15 puntos.

De 41 a 80 horas: 0,25 puntos.

De 81 a 100 horas: 0,35 puntos.

Más de 100 horas: 0,45 puntos.

Deberá ser acreditado mediante la aportación del título correspondiente o resguardo de abono de los derechos de obtención o resolución de la Administración Educativa competente que homologue o reconozca dichos títulos.

En todo caso, la puntuación máxima por este apartado será de 0,5 puntos.

Deberá ser acreditado mediante el correspondiente certificado.

Aquellos méritos que no resulten suficientemente acreditados, de conformidad con lo establecido en esta base, no serán tenidos en cuenta por el Tribunal Calificador.

Una vez baremados los méritos el Tribunal expondrá al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento las listas de aspirantes con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación. Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios la valoración definitiva de la fase de concurso.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.ºG) del Acuerdo Regulador de las Relaciones Laborales entre la Corporación y el Personal Funcionario de Carrera e Interino del Ayuntamiento de Maracena, y con el art. 44.3 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, la fase de concurso no podrá superar el 40 por ciento de la puntuación total.

3. La fase de oposición constituirá el 70% de la puntuación del concurso-oposición y consistirá en la celebración de las siguientes pruebas:

- Primer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo de 50 minutos, un cuestionario de 50 preguntas de tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada de forma errónea restará a la puntuación total 1/3 de punto.

Las preguntas en blanco ni puntúan ni restan puntuación.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio, ponderando esta puntuación a 2,5 puntos.

Las preguntas versarán sobre el programa de materias comunes (temas 1 a 4) indicado en el Anexo de esta convocatoria.

- Segundo ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en una prueba práctica relacionada con el desempeño de las funciones a las que se opta, que versará sobre el programa de materias específicas (temas 5 a 10) indicado en el Anexo de esta convocatoria.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio, ponderando esta puntuación a 2,5 puntos.

- Tercer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la realización de una entrevista personal realizada por los miembros del Tribunal, en el que se valorarán los conocimientos y la idoneidad de los aspirantes a la plaza a la que se opta.

El cómputo de la puntuación de la prueba se hará mediante media aritmética de las notas dadas (0 a 10 puntos) por todos los miembros asistentes del Tribunal Calificador, desechándose la nota más alta y la más baja. La puntuación final se ponderará sobre 2 puntos, que es la puntuación máxima que se puede obtener en este ejercicio.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de concurso y la fase de oposición.

En caso de empate, se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.

T E M A R I O

Materias comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y estructura.

Tema 2. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura. Disposiciones Generales.

Tema 3. Régimen de Sesiones del Pleno. Clases. Preparación. Requisitos. Desarrollo. Alternativas a la propuesta de acuerdo.

Tema 4. Medios Reales al Servicios de los Ayuntamientos. Clases. Prerrogativas. Utilización por particulares. Inventario.

Materias específicas

Tema 5. Herramientas, materiales principales y auxiliares más utilizados en construcción. Herramientas y utillaje de jardinería, conocimiento y uso de las mismas. Herramientas y utillaje de limpieza.

Tema 6. Contenido de las funciones de Sepulturero Mantenimiento del Cementerio.

Tema 7. Empresas, Instalaciones y Servicios Funerarios.

Tema 8. Instalaciones, Equipamiento y Servicios de los Cementerios.

Tema 9. Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa de Cementerio Municipal.

Tema 10. Prevención de Riesgos Laborales. Seguridad y Salud en el Trabajo.

ANEXO V

Denominación: Limpiadora.

Plaza: 1 (Una).

Grupo: E.

Clasificación: Escala Administración Especial. Subescala Servicios Especiales.

Titulación exigida: Certificado Escolaridad.

Procedimiento de selección.

1. El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso-oposición. Previamente a la fase de oposición, se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

2. La fase de concurso constituirá el 30% de la puntuación del concurso-oposición, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Se puntuará con arreglo al siguiente baremo:

I. Antig³edad:- Por los servicios prestados en la Administración Local de cualquier municipio, en puesto o plaza de igual contenido al que se opta: 0,023 puntos/mes.

No se computarán las fracciones de tiempo inferiores a un mes ni los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados, sin que se reduzcan proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

- Por los servicios prestado en cualquier Administración Pública en puesto o plaza de igual contenido al que se opta: 0,010 puntos/mes.

En cualquier caso será obligatorio acreditar dichos servicios mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

En todo caso, la puntuación máxima por antig³edad será de 2,5 puntos.

II. Por la participación en cursos, seminarios, jornadas, etc., siempre que sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas:

De 20 a 40 horas: 0,0075 puntos.

De 41 a 100 horas: 0,0125 puntos.

De 101 a 200 horas: 0,025 puntos.

De 201 a 300 horas: 0,050 puntos.

De 301 a 500 horas: 0,10 puntos.

Más de 501 horas en adelante: 0,125 puntos.

En todo caso, la puntuación máxima por este apartado será de 0,5 puntos.

Aquellos méritos que no resulten suficientemente acreditados, de conformidad con lo establecido en esta Base, no serán tenidos en cuenta por el Tribunal Calificador.

Una vez baremados los méritos el Tribunal expondrá al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento las listas de aspirantes con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación. Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios la valoración definitiva de la fase de concurso.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.ºG) del Acuerdo Regulador de las Relaciones Laborales entre la Corporación y el Personal Funcionario de Carrera, e Interino del Ayuntamiento de Maracena, y con el art. 44.3 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, la fase de concurso no podrá superar el 40 por ciento de la puntuación total.

3. La fase de oposición constituirá el 70% de la puntuación del concurso-oposición y consistirá en la celebración de las siguientes pruebas:

- Primer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo de 50 minutos, un cuestionario de 50 preguntas de tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada de forma errónea restará a la puntuación total 1/3 de punto.

Las preguntas en blanco ni puntúan ni restan puntuación.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio, ponderando esta puntuación a 2,5 puntos.

Las preguntas versarán sobre el programa de materias comunes (temas 1 a 7) indicado en el Anexo de esta convocatoria.

- Segundo ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en una prueba práctica relacionada con el desempeño de las funciones a las que se opta, que versará sobre el programa de materias específicas (temas 8 a 10) indicado en el Anexo de esta convocatoria.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio, ponderando esta puntuación a 2,5 puntos.

- Tercer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la realización de una entrevista personal realizada por los miembros del Tribunal, en el que se valorarán los conocimientos y la idoneidad de los aspirantes a la plaza a la que se opta.

El cómputo de la puntuación de la prueba se hará mediante media aritmética de las notas dadas (0 a 10 puntos) por todos los miembros asistentes del Tribunal Calificador, desechándose la nota más alta y la más baja. La puntuación final se ponderará sobre 2 puntos, que es la puntuación máxima que se puede obtener en este ejercicio.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de concurso y la fase de oposición.

En caso de empate, se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.

T E M A R I O

Materias comunes

Tema 1. La Constitución Española. Título Preliminar.

Tema 2. La Constitución Española. De la Administración Local.

Tema 3. Estatuto de Autonomía de Andalucía. Título Preliminar.

Tema 4. El Municipio: Servicios esenciales de los municipios de más de 5.000 habitantes.

Tema 5. El régimen de Sesiones del Pleno. Clases. Preparación. Requisitos. Desarrollo. Alternativas a la propuesta de acuerdo.

Tema 6. Adopción de Acuerdos. Formas de votación. Quórum de votación. Formalidades.

Tema 7. La Corporación Municipal del Municipio de Maracena.

Materias específicas

Tema 8. Los utensilios e instrumentos de limpieza.

Tema 9. Los materiales de limpieza y su utilización.

Tema 10. Limpieza de oficinas y espacios interiores.

ANEXO: SOLICITUD DE ADMISION A PRUEBAS SELECTIVAS

1. Plaza a que aspira:

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