Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 02/10/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

EDICTO de 5 de julio de 2006, del Juzgado de Primera Instancia Núm. Cuatro de Torremolinos (Antiguo Mixto Núm. Ocho), dimanante del procedimiento verbal núm. 1013/2005. (PD. 4015/2006).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 29

90142C20050004445.

Procedimiento: Verbal-Desh.F.Pago (N) 1013/2005.

De: Don Yun Lin Li Ng.

Procuradora: Sra. Araceli Ceres Hidalgo.

Contra: Don José Miguel Sánchez Rebollo.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Verbal-Desh. F. Pago (N) 1013/2005, seguido en el Juzgado de Primera Instancia Núm. Cuatro de Torremolinos a instancia de Yun Lin Li Ng contra José Miguel Sánchez Rebollo, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

S E N T E N C I A

En Torremolinos, a 4 de julio de 2006.

Vistos por mí, María Isabel Moreno Verdejo, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Torremolinos y su partido judicial, los presentes autos de juicio verbal de desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad seguidos con el número 1013/05, a instancia de la Procuradora doña Araceli Ceres Hidalgo, en nombre y representación de don Yun Lin Li Ng, asistido del Letrado don Angel López Ramos, frente a don José Miguel Sánchez Rebollo, en rebeldía.

F A L L O

Que estimo la demanda formulada por la Procuradora doña Araceli Ceres Hidalgo, en nombre y representación de don Yun Lin Li Ng, frente a don José Miguel Sánchez Rebollo, y lo condeno a pagar la cantidad de tres mil seiscientos euros (8.819,47 E), más intereses y costas devengadas en la instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación que se tramitará ante la Audiencia Provincial de Málaga, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente resolución.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José Miguel Sánchez Rebollo, extiendo y firmo la presente en Torremolinos, a cinco de julio de dos mil seis.- El/La Secretario.

Descargar PDF