Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 06/11/2006

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 13 de julio de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga, dimanante del procedimiento ordinario núm. 683/2005. (PD. 4603/2006).

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En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 683/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga a instancia de Sanfesur Dos Mil Dos, S.L., contra Claudio Aventin Albertos, Vicente Aventin Albertos y Felipe Hierro Pamies, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"SENTENCIA NUM. 228/2006

En Málaga, a trece de julio de dos mil seis.

La Sra. doña María Teresa Sáez Martínez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia Núm. Siete de Málaga y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Proced. Ordinario (N) 683/2005 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Sanfesur Dos Mil Dos, S.L., con Procurador don Luis Benavides Sánchez de Molina y Letrado Sr. Benavides Sánchez de Molina, Manuel; y de otra como demandados don Claudio Aventin Albertos, Vicente Aventin Albertos y Felipe Hierro Pamies, representado el segundo por la Procuradora doña María del Carmen Martínez Torres, sobre acción declarativa de dominio, y... Fallo. Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Luis Benavides Sánchez de Molina, en nombre y representación de Sanfesur Dos Mil Dos, S.L., contra Claudio Aventin Albertos, Vicente Aventin Albertos y Felipe Hierro Pamies, debo declarar y declaro el dominio de la entidad actora de la finca registral descrita en el cuerpo de esta Resolución, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración. Firme que sea esta Resolución líbrense los mandamientos oportunos al Registro de la Propiedad correspondiente para la inscripción del dominio declarado, con cancelación de las inscripciones contradictorias, si las hubiera. Todo ello, sin pronunciamiento sobre las costas de este procedimiento. Contra esta Resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Firmado y rubricado."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Felipe Hierro Pamies, extiendo y firmo la presente en Málaga, a trece de julio de dos mil seis.- El/La Secretario.

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