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Visto escrito de la Delegación del Gobierno en Málaga, en relación a las bases para la provisión del personal laboral del Ayuntamiento de Cómpeta, correspondiente a la oferta de Empleo Público 2005 y publicadas en el BOJA número 212, de 2 de noviembre de 2006, y BOP número 212, de 7 de noviembre de 2006.
He Resuelto
1. Adaptar las bases teniendo en cuenta las apreciaciones llevadas a cabo por la Delegación del Gobierno en Málaga.
Base 1.2.
la devolución de tasas derecho de examen se adjuntará a lo establecido en el artículo 26.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las haciendas Locales, aprobado por R.D. 2/2004, de 5 de marzo.
Base 1.5.
el tribunal se constituirá de la siguiente forma:
Presidente: Alcalde Presidente o Concejal en quien delegue.
Vocales: Un representante del personal o en quien delegue.
Concejal de Empleo o en quien delegue.
Concejal de Deportes o en quien delegue.
Un representante de la Comunidad Autónoma.
Secretario: El Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.
Anexo I. Finalizadas las pruebas selectivas el tribunal hará público el resultado dirimiéndose los posibles empates de la siguiente forma: Mayor experiencia profesional y si persiste el empate mayor puntuación en la entrevista.
- Anexo II. El último párrafo del apartado de "fase oposición" queda como sigue: El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superarlo haber obtenido, al menos 5 puntos.
2. Dar traslado del presente Decreto a la Delegación del Gobierno en Málaga.
3. Dar traslado del presente Decreto al BOJA y BOP para su publicación.
Cómpeta, 16 de noviembre de 2006.- El Alcalde, Leovigilio López Cerezo.
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