Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 234 de 4/12/2006

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación

Resolución de 27 de octubre de 2006, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se dictan instrucciones para la celebración del Día de la Constitución en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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El próximo día 6 de diciembre se conmemora el Vigésimo Octavo Aniversario de la aprobación en referéndum por el pueblo español de la Constitución Española. Dada la importancia que la carta magna tuvo para nuestra convivencia, al permitir el establecimiento de una convivencia ciudadana asentada en el Estado de Derecho y en las libertades individuales, así como para la configuración de la autonomía de Andalucía y su Estatuto, se hace conveniente que este evento se conmemore con la importancia que merece en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Por ello, e independientemente de lo recogido en el Plan Anual de los centros educativos respecto a las enseñanzas del ordenamiento constitucional para el curso 2006/07, esta conmemoración estará dirigida a fomentar en el alumnado los valores cívicos que constituyen la base del sistema de libertades y de respeto a los derechos humanos y a las normas de convivencia democrática. Todo ello enfocado a sensibilizar a los alumnos y alumnas en la promoción de una cultura de paz que impregne tanto las relaciones de género como las escolares.

Por todo ello, esta Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa ha dispuesto:

Primero. Todos los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía celebrarán, con anterioridad al día 6 de diciembre de 2006, el Vigésimo Octavo Aniversario de la ratificación popular de la Constitución Española.

Segundo. Anteriormente a la citada fecha los Consejos Escolares, tanto de los centros públicos como de los privados concertados, así como los órganos a través de los cuales se canalice la participación en los no concertados, celebrarán sesión extraordinaria para programar actividades escolares destinadas a fomentar entre el alumnado el conocimiento de nuestro Ordenamiento Constitucional y a promover los valores cívicos y democráticos.

Tercero. Dicha programación comprenderá actividades a realizar con los alumnos y alumnas, dentro del horario lectivo, y podrán tener igualmente carácter de actividades extraescolares, para lo cual los centros educativos promoverán la colaboración con ayuntamientos, instituciones y otras organizaciones que participen de los valores cívicos y democráticos.

Cuarto. La citada programación incluirá, al menos, una hora para el debate y la realización de actividades sobre algún aspecto de nuestra Constitución, teniendo en cuenta la edad y el nivel del alumnado. Para dichas actividades se podrá contar con personalidades invitadas a tal fin.

Quinto. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación prestarán a los centros, en el ámbito de su competencia, el apoyo necesario para la realización de las actividades programadas por ellos.

Sevilla, 27 de octubre de 2006.- El Director General, Casto Sánchez Mellado.

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