Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 237 de 11/12/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 13 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la extinción de la Fundación Promoción Económica de Almería (FUPEA).

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la extinción de la Fundación Promoción Económica de Almería (FUPEA), sobre la base de los siguientes

Antecedentes de Hecho

Primero. El 14 de junio de 2006 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública solicitud de don Enrique Vázquez Moreno, actuando en nombre de la Fundación, para la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la extinción, adoptada por su Patronato.

Segundo. Al expediente se ha aportado certificación del Acuerdo del Patronato, de 15 de diciembre de 2005, aprobando la extinción de la Fundación y las normas del proceso de liquidación y adjudicación de bienes, de acuerdo con lo previsto en los estatutos, acuerdo elevado a público el 9 de octubre de 2006, ante el notario don Francisco Balcázar Linares, bajo el núm. 2.416 de su protocolo.

Asimismo se ha acompañado, como documentación complementaria, el balance de situación de la entidad, correspondiente al ejercicio 2005, certificación del Acuerdo del Consejo de Administración del Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera, de 26 de mayo de 2006, aceptando en su integridad los bienes y derechos resultantes de la liquidación de la Fundación Promoción Económica de Almería (FUPEA), con el compromiso expreso de cumplir con la voluntad fundacional prevista en los estatutos de la Fundación, así como, Acuerdo de 8 de junio de 2006 entre las dos entidades citadas, de entrega de los bienes y compromiso de destino por parte de la Entidad bancaria.

Fundamentos de Derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en los artículos 42 y 43 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones, y el artículo 35 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta en el expediente que la extinción acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Educación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, ratificándose mediante Acuerdo de la Secretaría General Técnica de aquel Departamento, de 21 de febrero de 2006.

Cuarto. El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su Reglamento de organización y funcionamiento.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior,

R E S U E L V E

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la extinción de la Fundación Promoción Económica de Almería (FUPEA).

Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Educación, a la Administración del Estado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 13 de noviembre de 2006.- La Directora General, M.ª Luisa García Juárez.

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