Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 20/12/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Orden de 4 de diciembre de 2006, por la que se determinan las características de diseño de la distinción el mérito en el ámbito laboral en Andalucía.

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El Decreto 86 /2006, de 11 de abril publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 75, de 21 de abril de 2006, ha creado la distinción al Mérito en el Ambito Laboral en Andalucía, que concede la Consejería de Empleo para reconocer público testimonio a la labor de trabajadores o profesionales que hayan destacado en el mundo de las relaciones laborales andaluzas, así como mostrar la gratitud de los poderes públicos por los esfuerzos realizados para la ciudadanía a lo largo de su vida laboral o profesional, sus aportaciones como modelo de conducta laboral y como elementos indispensables para el desarrollo económico y social de Andalucía.

El artículo 6 del Decreto citado dispone que la distinción al Mérito en el Ambito Laboral en Andalucía y su correspondiente insignia tendrán el diseño y características que se establezcan mediante Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de empleo.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma

D I S P O N G O

Artículo Unico. La distinción al mérito en el ámbito laboral de Andalucía tendrá las siguientes características:

1. La distinción consistirá en una medalla realizada en plata con un diámetro de 70 milímetros y un grosor de 3 milímetros.

2. En el anverso de la medalla figurará la leyenda "Junta de Andalucía" en la parte superior, y la de "Consejería de Empleo" en la inferior, ambas con el tipo de letra y composición en las proporciones de tamaño que para el uso del logotipo asociado al nombre de la Consejería se establecen en Decreto 126/2002, de 17 de abril, por el que se aprueba la adaptación y actualizaciones del Manual de Diseño Gráfico aprobado por Decreto 245/1997, de 15 de octubre, para su utilización por el Gobierno y Administración de la Junta de Andalucía.

En el centro figurará el símbolo simplificado del Escudo de Andalucía conforme a la configuración que para el mismo establece el citado Manual de Diseño Gráfico.

3. En el reverso de la medalla figurará la leyenda "Distinción al Mérito en el Ambito Laboral" en la parte superior, y el año de su concesión en la parte inferior, figurando en el centro un elemento simbólico relacionado con el ámbito laboral.

Sevilla, 4 de diciembre de 2006

ANTONIO FERNANDEZ GARCIA

Consejero de Empleo

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