Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 21/02/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº9 DE GRANADA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 169/2004. (PD. 535/2006).

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NIG: 1808742C20040002721.

Procedimiento: J. Verbal (N) 169/2004. Negociado: V.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don Juan Carlos Fernández Lozano.

Procuradora: Sra. María del Carmen Parera Montes.

Letrada: Sra. Carmen Losada Reinoso.

Contra: D/ña. José Romero Lozano, Antonia Cortés Sánchez, Juan Lorenzo Tamayo Najarro y Altay/Bank.

Procurador/a: Sra. María José Rodríguez García, María José Rodríguez García, María José Rodríguez García.

Letrado: Sr. Ramón Conesa Moreno, Ramón Conesa Moreno, Ramón Conesa Moreno.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 169/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Granada a instancia de Juan Carlos Fernández Lozano contra José Romero Lozano, Antonia Cortés Sánchez, Juan Lorenzo Tamayo Najarro y Altay/Bank sobre Reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Granada, a doce de junio de dos mil cuatro.

Vistos los presentes autos de Juicio Verbal núm. 1.69/04, por la Sra. Juez de Primera Instancia núm. Neve de esta ciudad y su partido, doña Susana Alvarez Civantos, seguidos a instancia de don Juan Carlos Fernández Lozano representado por la Procuradora doña Carmen Parera Montes y defendida por el Letrado doña Carmen Losada Reinoso contra don José Romero Lozano, contra doña Antonia Cortés Sánchez, don Juan Lorenzo Tamayo y contra la entidad Altay/Bank la última en rebeldía y los tres primeros representados por la Procuradora doña M.ª José Rodríguez García y defendidos por el Letrado don Ramón Conesa Moreno.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por don Juan Carlos Fernández Lozano contra don Juan Lorenzo Tamayo Najarro, contra don José Romero Lozano y contra doña Antonia Cortés Sánchez y la entidad Altay/Bank debo declarar y declaro la nulidad del contrato suscrito en fecha 4 de mayo de 2003, condenando a los demandados a devolver al actor la suma de 1.200 euros entregada en su día en concepto de arras o señal más los intereses legales mencionados en el fundamento de derecho segundo. Todo ello con expresa condena en costas a los demandados.

Líbrese y únase certificación literal de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Recursos. Contra la anterior Sentencia cabe preparar recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días, contados a partir de su notificación, que se substanciará, una vez sea interpuesto, ante la Ilma. Audiencia Provincial.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Altay/Bank, extiendo y firmo la presente en Granada a dos de febrero de dos mil seis.- El/La Secretario.

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