Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 17/03/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

ORDEN de 20 de febrero de 2006, por la que se modifican las condiciones de autorización de determinadas Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía.

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Por Orden de 16 de diciembre de 2005, se autoriza la celebración de ferias comerciales con el carácter de oficial en Andalucía y se aprueba el Calendario de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía para el año 2006 (BOJA núm., de 23 de enero de 2006), entre las que figuran las ferias denominadas Salón de la Oferta Cultural de Jaén y Construdeco, Feria de la Construcción e Industrias Afines.

La entidad organizadora de estas ferias solicita dejar sin efecto la autorización de celebración de las mismas, conforme a lo establecido en el Reglamento de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, aprobado por Decreto 81/1998, de 7 de abril, que en su artículo 21 permite modificar las condiciones de autorización de una Feria Comercial Oficial.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley 3/1992, de 22 de octubre, de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, y el Decreto 81/1998, de 7 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, en relación con el Decreto 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, así como el Decreto 240/2004, de 18 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, y previo informe del Comité Consultivo de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía,

DISPONGO

Dejar sin efecto la autorización de las ferias Salón de la Oferta Cultural de Jaén y Construdeco, Feria de la Construcción e Industrias Afines, que tenían prevista su celebración del 17 al 19 de febrero de 2006 y del 2 al 5 de marzo de 2006, correlativamente.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de febrero de 2006

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Turismo, Comercio y Deporte

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