Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 22/03/2006

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA

ANUNCIO de bases.

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Por Decreto de Alcaldía número 2689/2005, de 20 de diciembre de 2005, se han aprobado las bases y convocatoria de diversas plazas de la plantilla de funcionarios y personal laboral fijo de esta Corporación, cuyo texto es el que sigue:

I. Normas generales.

Primera. Se convocan para cubrir en propiedad las plazas de este Excmo. Ayuntamiento que figuran en los anexos de estas Bases Generales.

Estas plazas pertenecen a la plantilla de funcionarios de carrera y personal laboral, de esta Corporación y están dotadas de los haberes correspondientes al grupo de clasificación que igualmente se especifica.

El aspirante que obtenga plaza quedará sometido al sistema de incompatibilidad actualmente vigente, sin perjuicio de que por el puesto que ocupe le sea de aplicación otro de acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo.

Serán de aplicación preferente las disposiciones específicas de cada convocatoria que figuran en Anexos cuando contengan previsiones diferentes a las reguladas en estas Bases Generales.

Segunda. La realización de estas pruebas se regirá por lo previsto en estas Bases y Anexos correspondientes y, en su defecto, se estará a lo establecido en el Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 30/84, de 2 de agosto, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de la Administración Local, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Promoción interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y por cualesquiera otras disposiciones aplicables.

II. Requisitos de los aspirantes.

Tercera. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

A) Ser español o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley estatal que regule la materia.

B) Tener cumplidos 18 años de edad.

C) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

D) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las Administraciones Públicas.

E) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad establecidos en la legislación vigente.

F) Estar en posesión o condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos que se especifican en los anexos de esta convocatoria.

G) Aquéllos que, independientemente de los anteriores, se establecieren en los anexos correspondientes.

Cuarta. Los requisitos establecidos en la base tercera, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los anexos respectivos, deberán cumplirse en último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante el proceso selectivo.

III. Solicitudes.

Quinta. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancias que les serán facilitadas por el Negociado de Personal de este Ayuntamiento, sito en la Plaza de Andalucía núm. 6 de esta localidad, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente y presentada en el Registro General de Documentos de esta Corporación, con justificante de ingreso en la Tesorería Municipal de la cantidad correspondiente a los derechos de examen, que se fija en 60 euros, o en defecto se acompañará el resguardo del giro postal o telegráfico de su abono. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de un extracto de estas convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.

Durante el plazo de presentación de instancias se adjuntarán a las mismas, en las convocatorias en que figure la fase de Concurso en sus anexos respectivos, relación detallada de los méritos y justificantes de los mismos por parte de los solicitantes, sin que sean tenidos en cuenta, ni valorados, aquellos méritos aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo referido. Los documentos aportados en la fase de Concurso habrán de ser originales o fotocopias debidamente compulsadas.

IV. Admisión de los candidatos.

Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen por este Ayuntamiento, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla resolución de la Alcaldía con la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos, y en su caso causa de no admisión.

Séptima. Tanto para subsanar los errores de hecho como para solicitar su inclusión en el caso de resultar excluido, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a aquél en que se haga pública dicha lista de aspirantes en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.

Octava. De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración social de los Minusválidos y en la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con discapacidad en Andalucía, en las pruebas selectivas para el ingreso en Cuerpos y Escalas de Funcionarios de carrera y Personal Laboral, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones psíquicas y físicas en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

En las pruebas selectivas, incluyendo los cursos de formación o períodos en prácticas, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria.

V. Tribunales.

Novena. Los Tribunales Calificadores de los ejercicios y méritos de los aspirantes, a que se contraen las distintas convocatorias, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, de reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, quedará compuesto de la siguiente manera:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Dos Técnicos o experto designado por el Presidente de la Corporación.

- Dos representantes designados por la Junta de Personal del Ayuntamiento, si la plaza es de personal funcionario, o por el Comité de Empresa, si la plaza es de personal laboral.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Todos los componentes del Tribunal tendrán voz y voto. Asimismo a todos los miembros se les asignará un suplente y su composición se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.

La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, teniendo competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en el proceso selectivo y que no se hallen previstos en las Bases.

En caso de que no se halle presente el Presidente o su suplente, asumirá las funciones del mismo, el Vocal de mayor edad. El Vocal de menor edad sustituirá al Secretario, en caso de ausencia de éste o de su suplente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlo, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal respectivo, no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

Todos los miembros del Tribunal tendrán derecho a la percepción de asistencia, en la forma y cuantía señaladas en la legislación vigente.

El Tribunal respectivo, en las pruebas que se consideren convenientes, podrá recabar la colaboración de asesores en la materia de que se trate. Tales asesores actuarán con voz pero sin voto.

VI. Desarrollo de los ejercicios.

Décima. El calendario de inicio de las pruebas, hora y lugar de realización, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Igualmente se publicará en dicho diario oficial la relación de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días. Una vez comenzadas las pruebas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en el Tablón de Edictos de la Corporación.

En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el Tribunal.

Para la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el aspirante cuyo primer apellido, y según la lista de admitidos alfabéticamente ordenada, comience por la letra "A". Si no existiere ningún aspirante cuyo primer apellido comenzara por la letra indicada, actuaría en primer lugar aquel opositor cuyo primer apellido comience por la letra del alfabeto inmediatamente siguiente.

VII. Sistema de calificación.

Undécima. Fase oposición. Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas, que serán leídos por los aspirantes, si así lo decide el Tribunal Calificador, serán obligatorios, eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

Si en alguno de los temas o partes que contengan los ejercicios al aspirante se le calificase con 0 puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando por tanto eliminado.

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de cero a diez. Se despreciarán las notas máximas y mínimas, eliminándose solamente una de cada una de ellas, cuando éstas fueran varias.

La calificación de los ejercicios será la media resultante de dividir la suma de los puntos otorgados por cada uno de los miembros del Tribunal entre el número de los mismos cuyas calificaciones no hayan sido despreciadas.

El sistema de calificación general no regirá para aquellas pruebas en cuyos anexos se establezca otro distinto.

La puntuación total de la fase de oposición será la resultante de la suma de las calificaciones obtenidas por los aspirantes aprobados en todos y cada uno de los ejercicios.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el Tablón de Edictos de la Corporación.

Fase concurso. En aquellas convocatorias en que así se determine en sus anexos respectivos, esta fase será como a continuación se indica, salvo que en los anexos se estableciera una fase de concurso diferente, y se valorará conforme al siguiente baremo:

1. Titulaciones académicas. Por poseer título académico relacionado con el puesto que se concursa, aparte de la exigida para acceder al grupo que pertenece, hasta un máximo de 1,50 puntos, en la forma siguiente:

- Titulación máxima dentro de la rama, profesión o especialidad: 1,50 puntos.

- Segundo nivel de titulación con las características anteriores: 0,75 puntos.

- Tercer nivel de titulación con las características anteriores: 0,50 puntos.

A estos efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio de Educación y Ciencia con carácter general y válidos a todos los efectos.

No se valorarán como méritos, títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior a que se aleguen.

2. Cursos y Seminarios. Por la participación en Cursos y Seminarios, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 1,50 puntos, en la forma siguiente:

- Cursos hasta 9 horas: 0,10 puntos.

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,25 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,35 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,50 puntos.

- Cursos de 101 a 300 horas: 0,75 puntos.

- Cursos de más de 300 horas: 1,00 punto.

Si el curso se hubiera impartido por un organismo oficial (adicionales): 0,20 puntos.

3. Prestación de servicios en Administraciones Públicas.

Se valorarán hasta un máximo de 3 puntos, en la forma siguiente: Por cada año de servicios o fracción superior a 6 meses prestados en las Administraciones Públicas: 0,25 puntos.

4. Experiencia. La experiencia en las mismas áreas de conocimientos correspondientes a la del puesto solicitado se valorará hasta un máximo de 4 puntos, de la forma siguiente:

- Por cada año de servicios o fracción superior a 6 meses, en cualquiera de las Administraciones Públicas: 0,75 puntos.

- Por cada año de servicios o fracción superior a 6 meses, en la empresa privada: 0,40 puntos.

5. Publicaciones, conferencias, cursos, seminarios, etc.

Se valorarán hasta un máximo de 1,5 puntos otros méritos, tales como publicaciones o conferencias, cursos, seminarios, etc., siempre y cuando estén relacionados con las funciones asignadas al puesto a desempeñar.

En ningún caso la valoración total de los méritos de conformidad con lo dispuesto en los apartados anteriores, podrá ser superior al 45% de la puntuación máxima prevista en la fase de Oposición.

El Tribunal sólo podrá valorar aquellos méritos que hayan sido alegados previamente por los aspirantes en la relación adjuntada a la instancia en la que solicitan tomar parte en la convocatoria.

- Para los cursos y seminarios: Diploma o certificación de asistencia expedido por Centro u Organismo oficial.

- Para los servicios prestados en Administraciones Públicas: Certificación expedida por funcionario competente.

- Para los servicios prestados en empresas privadas: Contrato de trabajo y certificado de cotización a la Seguridad Social.

Aquellos méritos de entre los alegados, que no resulten suficientemente acreditados, de conformidad con lo establecido en esta Base, no serán tenidos en cuenta por el Tribunal Calificador.

Resuelta esta fase, se publicará en el Tablón de edictos de la Corporación el resultado de la misma, detallándose la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes que hubiesen superado la fase previa de Oposición.

VIII. Puntuación final y propuesta de selección.

Duodécima. Finalizada la fase Oposición y Concurso, el Tribunal hará pública en el Tablón de Edictos de la Corporación, la puntuación de los aspirantes que hubieran superado todos los ejercicios, sumadas a la puntuación de la fase de Concurso, así como la propuesta de nombramientos a favor del aspirante/s, sin que puedan rebasar éstos el número de plazas convocadas.

Seguidamente el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados a la Presidencia de la Corporación, para su nombramiento.

IX. Presentación de documentos y nombramientos.

Decimotercera. El aspirante o aspirantes propuestos aportarán ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, en la forma indicada en la base duodécima, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base tercera y cuarta de la convocatoria, y los que se exijan en su caso, en cada uno de los Anexos. El cumplimiento del requisito C) de la base tercera habrá de acreditarse a través del certificado médico correspondiente.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos para ocupar plaza, no podrán ser nombrados o formalizar el correspondiente contrato, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

Los que tuvieren la condición de funcionarios públicos o personal laboral fijo de este Ayuntamiento, estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento.

Cumplidos los anteriores trámites, el Presidente de la Corporación resolverá el nombramiento o contratación a favor de aquellos aspirantes que hubieran obtenido plaza, quienes deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, a contar desde el día siguiente al que sea notificado.

En aquellos casos en que el aspirante no tomara posesión en el plazo indicado, no reuniese los requisitos exigidos para ocupar la plaza, o no superase los respectivos cursos de formación, cuando así se establezca, perderá su derecho a la plaza, formulándose nueva propuesta en la forma prevista, a favor del aspirante que, habiendo superado todos los ejercicios, figure en el puesto inmediatamente inferior en el orden de calificación.

Decimocuarta. Los aspirantes a funcionarios, además de superar las pruebas de selección establecidas en la convocatoria respectiva, deberán superar los cursos de formación que se determinen para las plazas en que así se indique en los anexos de esas Bases Generales.

De dichos cursos de formación quedarán exentos aquellos aspirantes que acrediten las condiciones que se llegarán a especificar en los anexos respectivos a dichas plazas.

Los aspirantes propuestos por el Tribunal Calificador que pasen a realizar el curso de formación que se contenga en el anexo de las convocatorias en que así se determine estarán, en cuanto a su nombramiento, a lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, quedando, en cuanto a materia de retribuciones a lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo previsto en los anexos de la convocatoria en que así se determinare, perderán el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera.

Quienes no pudieran realizar dicho curso selectivo por cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Decimoquinta. Los aspirantes a convocatorias de personal laboral quedarán sujetos, desde la formalización de su respectivo contrato de trabajo, a la normativa laboral, no alcanzando la condición de personal laboral fijo hasta la superación satisfactoria del periodo de prueba fijado en el Convenio Colectivo para personal laboral fijo.

X. Impugnación.

Decimosexta. La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, agotan la vía administrativa, pudiendo interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente de los de Sevilla, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. No obstante, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar de la mencionada publicación, o cualquier otro recurso que estime pertinente.

Contra las actuaciones del Tribunal se podrá formular recurso de Alzada ante el Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a que se haga pública su actuación en el Tablón de Edictos de la Corporación, en los términos previstos en la Ley 30/92, modificada por Ley 4/99.

PERSONAL FUNCIONARIO

ANEXO I

Plaza: Responsable Gabinete de Comunicación.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a la: Escala de la Administración Especial.

Grupo: C.

Nivel CD: 17.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Complemento específico: El establecido en la VPT.

Titulación exigida: Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, según el artículo 25 de la Ley 30/84.

FASE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar por escrito en el tiempo que indique el Tribunal, un ejercicio práctico propuesto por el mismo, relacionado con el contenido de las materias específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de oposición, se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978: Significado y estructura. Principios Generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

2. La organización del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas: Estatutos de Autonomía. La Administración Local.

3. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

4. El procedimiento administrativo. Significado. Concepto de interesado. Las fases del procedimiento administrativo.

5. Las Haciendas Locales: Casificación de los recursos. Ordenanzas Fiscales.

6. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y disposiciones generales.

7. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

8. Organización y funcionamiento de la Administración Local: El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. Junta de Gobierno Local. Organos complementarios.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. El Gabinete de Comunicación: Acción de Relaciones Públicas.

2. Las Relaciones Públicas: Concepto, naturaleza y objetivos.

3. El Gabinete de Comunicación y la Publicidad.

4. Los Medios de Comunicación. Instrumentos y campo de acción de la actividad del gabinete de comunicación.

5. Instrumentos Informativos: Comunicaciones escritas. Notas de Prensa, Comunicaciones Oficiales, Circulares, Informes, Publicaciones, Dossier, Cartas.

6. Instrumentos Informativos: Comunicaciones orales. Conversación directa, Conversación telefónica. Discursos. Conferencias de Prensa.

7. Las Relaciones Públicas: Concepto, naturaleza y objetivos.

8. Teoría y Técnica de la Información audiovisual en los contenidos periodísticos de las CCII.

9. Teoría y Técnica de la información audiovisual.

10. Tipología de Medios Audiovisuales.

11. Concepto de legitimidad de la información audiovisual.

12. Concepción General de los Géneros.

13. El Mensaje Informativo audiovisual.

14. Géneros informativos audiovisuales.

15. Organización y Funcionamiento de una emisora de Radio y Televisión.

16. Las relaciones entre Emisor y Receptor en los Medios Audiovisuales.

17. El Mercado de las audiencias.

18. Criterios para la confección de una rejilla de programación.

19. Situación actual de la radio. Perspectivas de futuro del Sector. La Radio Digital Local.

20. La Televisión. Los modelos de televisión pública y privada. La programación y la producción en las televisiones locales.

21. La Televisión Digital Local. Plan Técnico Nacional. Demarcaciones.

22. La Publicidad y los medios publicitarios. Conceptos Generales. Régimen jurídico de publicidad. Publicidad ilícita y prohibida.

23. El Derecho de la Información y la Comunicación.

24. Las Fuentes del Derecho de la Información y la Comunicación.

25. La aparición de Internet. Modelos de Comunicación interpersonal y de masas.

26. La búsqueda y recuperación de la información.

27. El concepto de información. Acontecimiento y noticia. El mercado informativo. Características y limitaciones de la información audiovisual.

28. La producción de la información. Tratamiento periodístico del material noticioso.

29. El lenguaje informativo. Características según los distintos medios. Prensa, Radio y Televisión.

30. Las fuentes informativas. Tratamiento y tipología de las fuentes.

31. La Titulación. Concepto y finalidades del titular.

32. La Noticia. Estructura y tipología en los diferentes medios: Prensa, radio y televisión.

ANEXO II

Plaza: Oficial Conductor Mecánico.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a la: Escala de la Administración Especial.

Grupo: D.

Nivel CD: 17.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Complemento específico: El establecido en la VPT.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional. de Primer Grado o equivalente, según el artículo 25 de la Ley 30/84.

Otros requisitos: Estar en posesión del permiso de conducción de la clase C.

FASE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar por escrito en el tiempo que indique el Tribunal, un ejercicio práctico propuesto por el mismo, relacionado con el contenido de las materias específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de oposición, se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978: Significado y estructura. Principios Generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

2. La organización del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas: Estatutos de Autonomía. La Administración Local.

3. El procedimiento administrativo. Significado. Concepto de interesado. Las fases del procedimiento administrativo.

4. Las Haciendas Locales: Clasificación de los recursos. Ordenanzas Fiscales.

5. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

6. Organización y funcionamiento de la Administración Local: El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. Junta de Gobierno Local. Organos complementarios.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. Conocimientos del motor de explosión.

2. Conocimientos de sistemas de alimentación de los motores de automoción.

3. Conocimientos del encendido y parte eléctrica de los motores de automoción.

4. Conocimientos mecánicos de distribución de los motores de automoción.

5. Conocimientos sobre lubricación y refrigeración de los motores de automoción.

6. Conocimientos sobre refrigeración de los motores de automoción.

7. Conocimientos de los mecanismos de transmisión de los motores de automoción.

8. Conocimientos de la suspensión, neumáticos, dirección y frenos.

9. Reglamento de circulación aplicable a vehículos pesados, masas y dimensiones.

10. Reglamento de circulación aplicable a conductores y vehículos destinados al transporte de viajeros.

11. Reglamento específico aplicable al transporte escolar.

12. Reglamento específico aplicable a periodos de conducción y descanso en el transporte por carretera.

13. Ley de Seguridad Vial. Seguridad Activa.

14. Ley de Seguridad Vial. Seguridad Pasiva. Comportamiento del usuario.

15. El personal al servicio de la Administración Local. Derechos, deberes e incompatibilidad. Régimen disciplinario.

16. Ubicación física de las dependencias municipales.

ANEXO III

Plaza: Almacenero.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a la: Escala de la Administración Especial.

Grupo: D.

Nivel CD: 16.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Complemento específico: El establecido en la VPT.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, según el artículo 25 de la Ley 30/84.

FASE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar por escrito en el tiempo que indique el Tribunal, un ejercicio práctico propuesto por el mismo, relacionado con el contenido de las materias específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de oposición, se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978: Significado y estructura. Principios Generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

2. La organización del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas: Estatutos de Autonomía. La Administración Local.

3. El procedimiento administrativo. Significado. Concepto de interesado. Las fases del procedimiento administrativo.

4. Las Haciendas Locales: Clasificación de los recursos. Ordenanzas Fiscales.

5. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

6. Organización y funcionamiento de la Administración Local: el Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. Junta de Gobierno Local. Organos complementarios.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. El Almacén. Definición y generalidades.

2. Funciones del Almacén.

3. Almacenes según mercancía almacenada.

4. El Layout. Distribución interior.

5. Almacenamiento de mercancías. Formas de colocar las mercancías.

6. Almacenaje de piezas pequeñas.

7. Los stocks o existencia.

8. Aprovisionamiento del stocks.

9. El inventario físico. Proceso del inventario.

10. Métodos para realizar el inventario.

11. Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Legislación básica.

12. Daños en la salud del trabajador.

13. Riesgos durante el manejo de cargas.

14. Posición del responsable del Almacén y sus atribuciones.

15. Las estanterías. Generalidades.

16. La organización del Almacén.

PERSONAL LABORAL FIJO

ANEXO I

Plaza: Psicólogo.

Número de plazas: Una.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Complemento específico: El establecido en la VPT.

Titulación exigida: Licenciado/a en Psicología.

FASE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar por escrito en el tiempo que indique el Tribunal, un ejercicio práctico propuesto por el mismo, relacionado con el contenido de las materias específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de oposición, se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978: Significado y estructura. Principios Generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. La Corona. Las atribuciones del Rey. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.

4. La organización del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas: Estatutos de Autonomía. La Administración Local.

5. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

6. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

7. El procedimiento administrativo. Significado. Concepto de interesado. Las fases del procedimiento administrativo.

8. Los recursos administrativos: Concepto, clases y principios generales.

9. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y disposiciones generales.

10. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

11. Organización y funcionamiento de la Administración Local: el Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. Junta de Gobierno Local. Organos complementarios.

12. Potestades de la Administración Local. Potestad normativa: Reglamentos, Ordenanzas, Bandos. Competencias de los Entes Locales: Materias en las que puede asumir competencias. Servicios mínimos obligatorios. Competencias delegadas.

13. Las Haciendas Locales: Clasificación de los recursos. Ordenanzas Fiscales.

14. El Personal al servicio de las Entidades Locales. La Función Pública Local: Organización, selección y situaciones administrativas. El Personal Laboral.

15. Derechos y deberes de los funcionarios locales. Responsabilidad y Régimen Disciplinario. Incompatibilidades. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. Los servicios sociales como sistema público de protección social en Andalucía. Estructura orgánica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

2. Ley de Prevención y Asistencia en materia de Drogas en Andalucía. Modificaciones y desarrollo.

3. El Plan Nacional sobre Drogas. Estrategia 2002-2008.

4. II Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones. Areas de actuación.

5. Epidemiología del consumo de sustancias en Andalucía.

6. Organización de la Atención a las Drogodependencias. El Circuito Terapéutico y los distintos niveles de actuación.

7. Red Asistencial de Drogodependencias en Andalucía: Recursos a nivel ambulatorio y a nivel de internamiento.

8. El Servicio Provincial de Drogodependencias. La red provincial y los centros de tratamiento ambulatorios.

9. Mapa territorial, a nivel de la provincia de Sevilla, de distribución de Centros de Tratamiento Ambulatorio de Adicciones.

10. Sistema de Información del II Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones, SIPASDA.

11. El fenómeno de las adicciones desde una perspectiva global.

12. Conceptos básicos en Drogodependencias.

13. Factores de riesgo y de protección en el consumo de drogas.

14. Alcohol. Perspectiva histórica. Aspectos generales y epidemiológicos. Mecanismos de acción. Efectos clínicos y reacciones adversas.

15. Tabaco. Perspectiva histórica. Aspectos generales y epidemiológicos. Mecanismos de acción. Efectos clínicos y reacciones adversas.

16. Hipnóticos, Ansiolíticos y Sedantes. Perspectiva histórica. Aspectos generales y epidemiológicos. Mecanismos de acción. Efectos clínicos y reacciones adversas

17. Opiáceos. Perspectiva histórica. Aspectos generales y epidemiológicos. Mecanismos de acción. Efectos clínicos y reacciones adversas.

18. Cocaína y Psicoestimulantes. Perspectiva histórica. Aspectos generales y epidemiológicos. Mecanismos de acción. Efectos clínicos y reacciones adversas.

19. Alucinógenos. Perspectiva histórica. Aspectos generales y epidemiológicos. Mecanismos de acción. Efectos clínicos y reacciones adversas.

20. Drogas de síntesis. Perspectiva histórica. Aspectos generales y epidemiológicos. Mecanismos de acción. Efectos clínicos y reacciones adversas.

21. Cannabis. Perspectiva histórica. Aspectos generales y epidemiológicos. Mecanismos de acción. Efectos clínicos y reacciones adversas.

22. Juego Patológico. Aspectos Conceptuales y Epidemiológicos. Tipología. Factores Predisponentes y Mantenedores. Problemas asociados. Modelos explicativos.

23. Farmacología básica en Drogodependencias.

24. Modelos teóricos y paradigmas psicológicos explicativos de las adicciones.

25. El abordaje psicológico en los Centros de Tratamiento de Adicciones. Funciones del psicólogo en dichos Centros.

26. Diagnóstico clínico y evaluación psicológica en Adicciones.

27. Tratamientos y tipos de programas a nivel psicológico en drogodependencias. Modalidades Psicoterapéuticas de Actuación.

28. Evaluación. La calidad asistencial en la atención a personas con problemas adictivos.

29. El papel del Psicólogo en el equipo multidisciplinar.

30. Programas de tratamiento con sustitutivos opiáceos. Abordaje psicológico en programas de metadona.

31. La enfermedad del Sida. Aspectos psicosociales.

32. Intervención psicológica en los pacientes VIH, SIDA.

33. Habilidades Terapéuticas para profesionales del área de las adicciones.

34. Patología Dual. Conceptos generales y tipología.

35. Métodos diagnósticos en poblaciones con dependencia de drogas y trastornos psiquiátricos. Perspectiva psicológica.

36. Tratamientos en pacientes Duales (con diagnóstico psiquiátricos y de drogodependencia). Perspectiva psicológica.

37. Protocolo de actuación conjunta entre Centros de Tratamiento Ambulatorio y Centros de Salud Mental, en la provincia de Sevilla.

38. Aspectos jurídicos de las adicciones.

39. Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal y su aplicación en drogodependencias. Elaboración de informes desde los Centros de Tratamiento de Adicciones.

40. Ley Básica reguladora de la Autonomía del Paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

41. La Prevención en Adicciones: tipos, programas y características.

42. La Prevención en el II Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones.

43. Trabajar comunitariamente. Trabajo con poblaciones en riesgo.

ANEXO II

Plaza: Trabajadora Social.

Número de plazas: Una.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Complemento específico: El establecido en la VPT.

Titulación exigida: Diplomado/a universitaria en Trabajo Social.

FASE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar por escrito en el tiempo que indique el Tribunal, un ejercicio práctico propuesto por el mismo, relacionado con el contenido de las materias específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de oposición, se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978: Significado y estructura. Principios Generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

2. La Corona. Las atribuciones del Rey. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.

3. La organización del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas: Estatutos de Autonomía. La Administración Local.

4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

5. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

6. Procedimiento administrativo. Significado. Concepto de interesado. Las fases del procedimiento administrativo.

7. Los recursos administrativos: Concepto, clases y principios generales.

8. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y disposiciones generales.

9. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

10. Organización y funcionamiento de la Administración Local: El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. Junta de Gobierno Local. Organos complementarios.

11. Potestades de la Administración Local. Potestad normativa: Reglamentos, Ordenanzas, Bandos. Competencias de los Entes Locales: Materias en las que puede asumir competencias. Servicios mínimos obligatorios. Competencias delegadas.

12. El Personal al servicio de las Entidades Locales. La Función Pública Local: Organización, selección y situaciones administrativas. El Personal Laboral.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. Ley de Prevención y Asistencia en Materia de Drogas en Andalucía. Modificaciones y desarrollo.

2. El Plan Nacional sobre Drogas. Estrategias 2002-2008.

3. II Plan Andaluz sobre Drogas.

4. Epidemiología del consumo de sustancias en Andalucía.

5. Red Asistencial de Drogodependencias en Andalucía: Recursos a nivel ambulatorio y a nivel de internamiento.

6. El Sistema de Información del II Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones (SIPASDA).

7. Estructura Orgánica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

8. Conceptos básicos en Drogodependencias.

9. Alcohol. Perspectiva histórica. Aspectos generales y epidemiológicos. Mecanismos de acción. Efectos clínicos y reacciones adversas.

10. Hipnóticos, Ansiolíticos y Sedantes. Aspectos generales y epidemiológicos. Mecanismos de acción. Efectos clínicos y reacciones adversas.

11. Opiáceos. Aspectos generales y epidemiológicos. Mecanismos de acción. Efectos clínicos y reacciones adversas.

12. Cocaína, Psicoestimulantes, Alucinógenos y Drogas de Diseño. Aspectos generales y epidemiológicos. Mecanismos de acción. Efectos clínicos y reacciones adversas.

13. Cannabis. Aspectos generales y epidemiológicos. Mecanismos de acción. Efectos clínicos y reacciones adversas.

14. Tabaco. Aspectos generales y epidemiológicos. Mecanismos de acción. Efectos clínicos y reacciones adversas.

15. Juego Patológico. Aspectos conceptuales y epidemiológicos. Tipología. Factores predisponentes y mantenedores. Problemas asociados. Modelos explicativos.

16. El papel del Trabajador Social en un Centro de Tratamiento de Adicciones. Los Centros de Tratamiento de Adicciones Ambulatorios y su coordinación con los distintos recursos comunitarios.

17. Programas específicos de Reinserción: Programa Arquímedes y Programa Red de Artesanos. El papel del Trabajador Social en ambos programas.

18. Farmacología Básica en Drogodependencias.

19. Programa de Tratamiento con Sustitutivos Opiáceos (Programa de Metadona).

20. Funciones del Trabajador Social en Programa de Metadona.

21. La Enfermedad del SIDA. Aspectos Psicosociales.

22. Intervención Social sobre el SIDA.

23. Aspectos Jurídicos de las Adicciones. El papel del Trabajador Social en el ámbito jurídico.

24. Programa de Asesoramiento Jurídico a pacientes de Centros de Tratamiento de Adicciones de Sevilla.

25. Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal y su aplicación en Drogodependencias. Elaboración de informes desde los Centros de Tratamiento de Adicciones.

26. Ley básica reguladora de la autonomía del Paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

27. La Prevención en Adicciones: tipos, programas y características.

ANEXO III

Plaza: Notificador Vigilante.

Número de plazas: Una.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Complemento específico: El establecido en la VPT.

Titulación exigida: Graduado escolar, FP 1 o equivalente.

FASE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar por escrito en el tiempo que indique el Tribunal, un ejercicio práctico propuesto por el mismo, relacionado con el contenido de las materias específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de oposición, se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978: Características y estructura. La Reforma Constitucional. Principios constitucionales y valores superiores en la Constitución.

2. Los órganos constitucionales. La Corona. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado: Composición y funciones. La función legislativa. El Gobierno del Estado. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

3. El Derecho Administrativo: Concepto. Las Fuentes del Derecho Administrativo. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

4. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y disposiciones generales.

5. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

6. Organización y funcionamiento de la Administración Local: El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. Junta de Gobierno Local. Organos complementarios.

7. El Personal al servicio de las Entidades Locales. La Función Pública Local: Organización, selección y situaciones administrativas. El Personal Laboral.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. Edificios y Servicios Municipales: Localización, Callejero Municipal y otros edificios administrativos y emblemáticos.

2. El acto administrativo: Concepto y clases. Los elementos del acto administrativo. Motivación, notificación y publicación de los actos.

3. El acto administrativo: La obligación de resolver. El acto presunto.

4. La eficacia del acto administrativo: Principios generales. Efectividad del acto administrativo. Procedimientos de ejecución. Nulidad, anulabilidad e irregularidad de los actos administrativos.

5. Conversión, conservación y convalidación de los actos administrativos. La revocación. La revisión de oficio.

6. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios rectores.

7. El Administrado: Concepto y clases. Los interesados en el procedimiento administrativo. Términos y plazos. Los derechos del ciudadano y el régimen de la actividad de las Administraciones.

8. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza. La estructura del procedimiento. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Los Palacios y Villafranca, 23 de diciembre de 2005.-

El Alcalde-Presidente, Antonio Maestre Acosta.

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