Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 31/03/2006

1. Disposiciones generales

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

ACUERDO, de 28 de marzo de 2006, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en Andalucía 2006-2010.

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La Junta de Andalucía es plenamente consciente de los cambios sociales y económicos que la irrupción de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) han tenido, y están teniendo, en todas las sociedades. Dichos cambios, que han configurado lo que se ha dado en llamar Sociedad de la Información, deben ser acompañados de medidas que faciliten la incorporación a la nueva situación del entramado social, económico y territorial. En dicho sentido, la Junta de Andalucía, sabedora del papel que juega la Administración Pública como agente impulsor de la Sociedad de la Información, ha estado profundamente implicada en el proceso de incorporación de Andalucía en la Sociedad de la Información, definiendo diversas actuaciones y planes estratégicos de modernización con el fin de fomentar la expansión del uso de las TIC en todos los ámbitos de la sociedad andaluza.

Este proceso continuo y evolutivo de transformación, tomó especial relevancia durante el año 2001, con la elaboración del Plan i*landalus de Iniciativas Estratégicas para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, mediante el que se desarrollaron numerosos proyectos dirigidos a acelerar el proceso de incorporación de Andalucía a la Sociedad de la Información. Dicho plan definía estrategias y actuaciones enfocadas a garantizar el despliegue equilibrado de infraestructuras, servicios públicos electrónicos de calidad y el uso y aceptación de las nuevas tecnologías por parte de ciudadanos y empresas.

La trayectoria de progreso y convergencia que Andalucía viene protagonizando en las dos últimas décadas, tras las iniciativas puestas en marcha por la Junta de Andalucía en años anteriores, refuerza la necesidad de acelerar la incorporación de Andalucía a la Sociedad de la Información, razón por la que se continúa un proyecto de transformación en el que se asume la Innovación como factor clave de progreso.

Con la filosofía apuntada en el proyecto de la Segunda Modernización el Consejo de Gobierno aprobó, con fecha 7 de junio de 2005, el Plan de Innovación y Modernización de Andalucía (PIMA), documento en el que se plasman las políticas y estrategias precisas, que orientan y planifican las acciones y medidas para conseguir que Andalucía se convierta en una Comunidad próspera e innovadora.

El PIMA hace referencia a la Sociedad de la Información como nuevo paradigma social, fundamentado en la posibilidad y capacidad de sus ciudadanos, empresas y Administraciones Públicas, identificando como requisito fundamental la implantación de infraestructuras de telecomunicaciones e informáticas de calidad y concretando, asimismo, como medida específica del mismo, la elaboración del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en Andalucía 2006-2010.

En este mismo sentido, la Comisión Interdepartamental de la Sociedad de la Información (CISI), creada por Decreto 166/2001, de 10 de julio, atendiendo las recomendaciones aportadas por todas las Consejerías tras la finalización del Plan i*landalus y, especialmente, las de la memoria de evaluación y análisis de la ejecución del mismo, confirmó la necesidad de esta nueva planificación en el ámbito de la Sociedad de la Información.

En su virtud, de conformidad con el artículo 26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 28 de marzo de 2006,

A C U E R D A

Primero. Formulación del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en Andalucía 2006-2010.

Se acuerda la formulación del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en Andalucía 2006-2010, en adelante PDSI, cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a las determinaciones y disposiciones establecidas en el presente Acuerdo. Dicho Plan se elaborará en el plazo de cuatro meses a partir de su Acuerdo de formulación.

Segundo. Objetivos del Plan.

Los principales objetivos que se pretenden obtener con el Plan son los siguientes:

a) Conseguir que todos los andaluces y andaluzas sean ciudadanos informados y conocedores de los beneficios y de la potencialidad del uso de las TIC y facilitar la incorporación de las mismas a su vida cotidiana.

b) Ayudar a transformar las empresas andaluzas en organizaciones orientadas a la excelencia, incorporando la innovación y potenciando el uso de las TIC.

c) Continuar con la transformación de las Administraciones Públicas de Andalucía, implementando la estrategia de la "Administración Inteligente" contemplada en el PIMA, facilitando así la respuesta a las necesidades actuales de la ciudadanía con la generación de servicios digitales eficientes.

d) Facilitar el despliegue de infraestructuras de banda ancha en toda la Comunidad.

Tercero. Contenidos del Plan.

El Plan incluirá los siguientes contenidos:

a) Diagnóstico de la situación actual de la Sociedad de la Información en Andalucía en los distintos ámbitos de repercusión: ciudadanos, empresas, Administraciones Públicas e infraestructuras.

b) Determinación de los objetivos generales a alcanzar.

c) Análisis y definición de criterios, directrices y áreas de actuación para la consecución de los objetivos.

d) Estructuración de las actuaciones y medidas previstas.

e) Valoración económica del Plan.

f) Definición de los criterios para la evaluación, seguimiento y revisión del Plan.

Cuarto. Proceso de elaboración y aprobación.

1. La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, con base en los resultados obtenidos en las distintas iniciativas contenidas en el Plan i*landalus, y en los distintos planes e iniciativas acometidos en otras Consejerías, y con la intención de alcanzar los objetivos de la Segunda Modernización de Andalucía y el PIMA, elaborará una propuesta inicial de Plan, que trasladará a todas las Consejerías de la Junta de Andalucía y a los grupos de trabajo que se creen en la CISI, para la aportación de sugerencias y observaciones.

2. Una vez incorporadas las sugerencias y observaciones de las distintas Consejerías, el texto será remitido a la Consejería de Economía y Hacienda para su análisis y evaluación en el marco de la planificación económica regional, de acuerdo con el Decreto 239/2004, de 18 de mayo, por el que se

establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda.

3. La propuesta resultante se enviará a la Federación Andaluza de Municipios y Provincias para que realice las aportaciones que estime convenientes. Igualmente se remitirá a los agentes económicos y sociales para su análisis y discusión en el Marco del VI Acuerdo de Concertación Social.

4. Asimismo deberá ser informada por la CISI, de acuerdo con el artículo 5.b) del Decreto 166/2001, de 10 de julio, sobre coordinación de actuaciones de la Sociedad de la Información.

5. Una vez finalizados los distintos trámites se someterá la propuesta de Plan a la Comisión Delegada de Asuntos Económicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.3 del Decreto 480/2004, de 7 de septiembre, por el que se regula la composición y funciones de la Comisión Delegada de Asuntos Económicos y de la Comisión de Política Económica.

6. Posteriormente, se elevará la propuesta de Plan al Consejo de Gobierno para su aprobación, dando cuenta del mismo al Parlamento.

Sevilla, 28 de marzo de 2006

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa

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