Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 20/04/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. DOS DE GRANADA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1257/2003. (PD. 1346/2006).

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NIG: 1808742C20030020334.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1257/2003. Negociado: RE.

Sobre: Ordinario.

De: Doña Mercedes Gámez Caba.

Procuradora: Sra. Yolanda Legaza Moreno.

Letrado: Sr. José Luis Aguilera Ruiz.

Contra: Doña María del Pilar Abril Jiménez.

E D I C T O

Hago saber: Que en el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1257/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Granada a instancia de Mercedes Gámez Caba contra María del Pilar Abril Jiménez, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 45

En Granada, a veintidós de Febrero de dos mil seis.

Vistos y examinados los presentes autos núm. 1257/2003, de Juicio Ordinario por don Vicente Jesús Tovar Sabio, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Granada y su partido judicial; seguidos a instancia de doña Mercedes Gámez Caba, representada por la Procuradora doña Yolanda Legaza Moreno, y asistido por el Letrado Sr. Aguilera Ruiz; contra doña Pilar Abril Jiménez, declarada en rebeldía en estos autos.

F A L L O

Estimar la demanda presentada por doña Mercedes Gámez Caba, y en consecuencia:

- Declarar que el contrato de compraventa celebrado entre doña Gregoria Jiménez Montalbán y doña M.ª Pilar Abril Jiménez el 10 de noviembre de 2000 es radicalmente nulo, y en consecuencia declarar la nulidad de la Escritura Pública otorgada por el Notario Sr. Martínez del Mármol con el núm. de protocolo 5.723.

- Declarar la nulidad de las inscripciones de dichos títulos en el Registro de la Propiedad núm. Uno de Granada.

- Condenar a la demandada a que a que pague las costas procesales de esta instancia.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución, cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Granada, preparándose ante este Juzgado en el plazo de cinco días.

Por esta mi sentencia definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Y con el fin de que sirva de notificación en forma legal a la demandada doña María del Pilar Abril Jiménez, que se encuentra en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero, expido y firmo la presente en Granada, a treinta y uno de marzo de dos mil seis.- El/La Secretario.

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