Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 25/05/2007

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

Anuncio de 2 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se hace pública la Resolución de 2 de mayo de 2007, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se aprueba definitivamente de manera parcial el expediente correspondiente a la Modificación Puntual núm. 13 de la UE-5A de Alcalá de los Gazules.

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La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión celebrada el día 2 de mayo de 2007 adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Punto núm. 3. Vista la documentación correspondiente al expediente relativo a la Modificación Puntual núm. 13 de la UE-5A de Alcalá de los Gazules, presentado por el Excmo. Ayuntamiento con fecha 14 de febrero de 2007 (quedando completada la documentación del expediente el 2 de abril de 2007), y aprobado provisionalmente en sesión plenaria celebrada el 30 de enero de 2007; visto el informe emitido por el Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes con fecha 26 de abril de 2007, y en virtud de la competencia atribuida por el artículo 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA 154, de 31 de diciembre), en relación con los artículos 11.1 y 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre (BOJA 10, de 15 de enero de 2007), esta Comisión, por unanimidad, Acuerda:

Primero. Aprobar definitivamente de manera parcial el expediente correspondiente a la Modificación Puntual núm. 13 de la UE-5A de Alcalá de los Gazules, tramitado por el Ayuntamiento del citado término municipal, y aprobado provisionalmente en sesión plenaria celebrada el día 30 de enero de 2007, a reserva de la subsanación de deficiencias que se relacionan en el Dispositivo Segundo de esta resolución, cuyas determinaciones quedan suspendidas en tanto no sean objeto de subsanación de deficiencias, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 33.2.c) de la la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Segundo. El Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules deberá subsanar las consideraciones que a continuación se indican:

En cuanto a la previsión de viviendas de protección oficial.

Conforme al artículo 10.1.A).b) de la LOUA, deberá reservarse, al menos, el 30% del total de la edificabilidad residencial para viviendas de protección oficial u otros regímenes de protección pública.

En este sentido, la edificabilidad residencial total del sector, una vez realizados los cálculos es de 11.720,87 m² x 0,6329 m²/m² = 7.418,14 m². El porcentaje de la misma que se debe reservar como mínimo para viviendas protegidas es de 2.224,44 m² (30%).

A los informes sectoriales.

El Servicio de Carreteras de la Diputación Provincial, ha informado favorablemente la Modificación Puntual núm. 13 de las NN.SS. de Alcalá de los Gazules, respecto a la Carretera Provincial CA-6200 (Alcalá-Paterna) y sus afecciones, conforme establece el artículo 35 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía.

En dicho informe se manifestaba que la modificación afectaba a terrenos situados en el km 1 margen izquierdo de la Carretera Provincial: CA-6200. En cuanto a la línea que define la zona de no edificación, aunque se dispone a una distancia menor a los 20 metros de la Arista Exterior de la Calzada

que establece con carácter general la Ley 8/2001 de 12 de julio de Carreteras de Andalucía

, por estar la actuación situada a continuación del entramado urbano de la localidad y disponer una calle entre la misma y la carretera, con acceso único a la carretera, se podía considerar suficiente.

En el informe se establecían también dos determinaciones:

- Que las canalizaciones subterráneas de los distintos servicios deberán disponerse fuera de la zona de dominio público de la carretera.

- Que antes del inicio de las obras, se deben tramitar las correspondientes autorizaciones, en las que se establecerá el condicionado pertinente, que permita compatibilizar la construcción y explotación del acceso con las condiciones de circulación por la Carretera Provincial.

Tercero. El Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules deberá elaborar un Documento de Cumplimiento que tras los trámites legales oportunos, inclusive información pública si introduce modificaciones sustanciales, lo elevará de nuevo a esta Comisión para su aprobación, si procede. Este Documento deberá contener la subsanación de todas las deficiencias descritas en el apartado segundo. Asimismo junto con este Documento el Ayuntamiento deberá aportar un Texto Refundido.

El presente acuerdo se notificará al Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules así como a cuantos interesados consten en el expediente administrativo, publicándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía según lo previsto en el art. 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Cádiz, 2 de mayo de 2007.- El Delegado, Pablo Lorenzo Rubio.

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