Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 104 de 28/05/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 20 de abril de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Colada del Camino de Valverde", en el tramo desde su cruce con la vía pecuaria Cañada Real de Sevilla hasta su unión a la Vereda de Peguerillas, en las inmediaciones del Cortijo del Chaparral, en el término municipal de Huelva, provincia de Huelva (VP@015/05).

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Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria "Colada del Camino de Valverde", en el tramo comprendido desde su cruce con la vía pecuaria Cañada Real de Sevilla hasta su unión a la Vereda de Peguerillas, en las inmediaciones del Cortijo del Chaparral, en el término municipal de Huelva (Huelva), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria denominada "Colada del Camino de Valverde", en el término municipal de Huelva, en la provincia de Huelva, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 14 de mayo de 1951, y publicada en el BOE de 5 de junio

de 1951.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 9 de febrero de 2005, se acordó el inicio del Deslinde parcial de la vía pecuaria "Colada del Camino de Valverde", en el término municipal de Huelva, provincia de Huelva, actuación enmarcada dentro de los deslindes de las vías pecuarias que conforman el Sector Sur de la provincia de Huelva.

Mediante Resolución de fecha 22 de junio de 2006, de la Secretaría General Técnica, se acuerda la ampliación de plazo para dictar resolución en el presente expediente de deslinde durante nueve meses más.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 31 de mayo de 2005, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 62, de fecha 4 de abril de 2005.

En dicho acto de deslinde se formulan alegaciones que son objeto de valoración en los Fundamentos de Derecho de la presente Resolución.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 208, de fecha 2 de noviembre de 2005.

Quinto. A la Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones.

Sexto. Mediante Resolución de fecha 21 de febrero de 2007 de la Secretaría General Técnica se solicita Informe a Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde, plazo que se reanudará en la fecha de emisión del citado Informe.

Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 9 de abril de 2007.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable.

Tercero. La vía pecuaria denominada "Colada del Camino de Valverde", en el término municipal de Huelva, en la provincia de Huelva, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 14 de mayo de 1951, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de la Clasificación.

Cuarto. En el acto de operaciones materiales, don José Luis Granizo Hernández, en representación de doña María Clotilde Martínez de Campos Rodríguez y de don Francisco Pérez de Guzmán, manifiesta no estar de acuerdo con parte del trazado propuesto en el acto de deslinde; a este respecto informar que estudiada la documentación que forma parte del expediente, y una vez comprobado que se ajusta a lo establecido en el acto de clasificación, dicha alegación se ha estimado, dado que el trazado propuesto coincide con la descripción de la vía pecuaria según clasificación, reflejándose los cambios en los Planos de Deslinde.

Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva con fecha 19 de febrero de 2007, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.

RESUELVO

Aprobar el Deslinde de la vía pecuaria denominada "Colada del Camino de Valverde", en el tramo desde su cruce con la vía pecuaria Cañada Real de Sevilla hasta su unión a la Vereda de Peguerillas, en las inmediaciones del Cortijo del Chaparral, en el término municipal de Huelva, en la provincia de Huelva, conforme a los datos y descripción que siguen, y a tenor de las coordenadas absolutas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud deslindada 2.264,68 metros.

- Anchura 12,53 metros.

Descripción registral.

Finca rústica, en el término municipal de Huelva, provincia de Huelva, compuesta por: Finca de forma alargada, de 12,53 metros de anchura y 2.264,68 metros de longitud, con una superficie total de 28.362,66 m², conocida como "Colada del Camino de Valverde", en el tramo comprendido desde su cruce con la vía pecuaria Cañada Real de Sevilla hasta su unión a la Vereda de Peguerillas, en las inmediaciones del Cortijo del Chaparral, que linda:

- Al Norte: Linda con la vía pecuaria "Cañada Real de Sevilla" y con los titulares de las siguientes referencias catastrales (polígono/parcela): Con doña Clotilde Martínez Campos Rodríguez (2/306), con la autovía A-49 de Sevilla a Ayamonte (2/9000) y con doña Clotilde Martínez Campos Rodríguez (2/7).

- Al Sur: Linda con los titulares de las siguientes referencias catastrales (polígono/parcela): Con la Autovía A-49 de Sevilla a Ayamonte (2/9000), con doña Clotilde Martínez Campos Rodríguez (2/6), con la vía pecuaria "Vereda de Peguerillas".

- Al Este: Linda con los titulares de las siguientes referencias catastrales (polígono/parcela): Con doña Clotide Martínez Campos Rodríguez (2/306), con la Autovía A-49 de Sevilla a Ayamonte (2/9000), con doña Clotilde Martínez Campos Rodríguez (2/6), con don Jesús María Larrarte Llordén (2/17), con camino (2/35), con don Cristóbal Giraldo Cárdenas (2/25), con don Diego Gutiérrez Alejo (2/32), con referencia catastral (2/9000), con don José Saavedra Navarro (2/3).

- Al Oeste: Linda con los titulares de las siguientes referencias catastrales (polígono/parcela): Con doña Clotilde Martínez Campos Rodríguez (2/307), con la Autovía A-49 de Sevilla a Ayamonte (2/9000), con doña Clotilde Martínez Campos Rodríguez (2/7), con camino (2/9003) y (1/9017), con camino (1/9017), con camino (1/9018), con doña Clotilde Martínez Campos Rodríguez (1/17), con Asociación Reto a la Esperanza (1/18), con don Juan Garrido Castañeda (1/19), con camino (1/9000), con don Emiliano Sanz Escalera (1/20), con camino 1/9021) y con don Francisco Pérez Saavedra (1/22).

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Sevilla, 20 de abril de 2007.- La Secretaria General Técnica,

Asunción Vázquez Pérez.

Anexo a la Resolución de 20 de abril de 2007, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Colada del Camino de Valverde", en el tramo desde su cruce con la vía pecuaria Cañada Real de Sevilla hasta su unión a la Vereda de Peguerillas, en las inmediaciones del Cortijo del Chaparral, en el término municipal de Huelva, provincia de Huelva

(VP @015/05)

RELACION DE COORDENADAS U.T.M. DE LA VIA PECUARIA

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