Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 11/06/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 16 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se acuerda la inadmisión de solicitudes presentadas por entidades locales al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se regula el procedimiento general para la concesión de subvenciones en materia de Deportes, modalidad 4 (FDL): Fomento del deporte local (convocatoria 2007).

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HECHOS

Las solicitudes formuladas por las Entidades relacionadas en los anexos a esta resolución han sido presentadas fuera del plazo establecido en la Orden reguladora de referencia, o no cumplen las condiciones previstas en la misma.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para resolver las solicitudes de subvención presentadas, de conformidad con lo previsto en la Orden reguladora de referencia, corresponde a esta Delegación Provincial, por delegación del Consejero de Turismo, Comercio y Deporte.

Segundo. El plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria 2007, según lo establecido en la Orden reguladora de referencia, finalizó el día 1 de marzo de 2007.

Tercero. Las solicitudes formuladas por los interesados relacionados en el Anexo 1 de esta resolución han sido presentadas fuera del plazo previsto en el fundamento segundo anterior, por lo que procede declarar su inadmisión.

Cuarto. Las solicitudes formuladas por los interesados relacionados en el Anexo 2 de esta resolución no cumplen con las condiciones subjetivas u objetivas exigidas por la Orden reguladora de referencia para la obtención de la subvención, por lo que procede igualmente declarar su inadmisión.

Por cuanto antecede, teniendo en cuenta cuantos hechos y fundamentos de derecho y demás disposiciones de general y particular aplicación,

HE RESUELTO

Acordar la inadmisión de las solicitudes de subvención presentadas por las entidades que se relacionan en los Anexos 1 y 2 de esta Resolución, por su presentación extemporánea o por incumplimiento de las condiciones subjetivas u objetivas exigidas, respectivamente.

La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este órgano en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artícu-

los 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

La notificación de esta Resolución se hará mediante su publicación en el tablón de anuncios de esta Delegación Provincial y en la página web de la Consejería, en los términos del artículo 59.5.b) de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, con simultánea publicación de un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El plazo establecido se computará a partir del día siguiente a la publicación de dicho extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Huelva, 16 de mayo de 2007.- La Delegada, Rosario Ballester Angulo.

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