Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 25/06/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 15 de mayo de 2007, por la que se autoriza la nueva denominación específica del centro docente privado de Educación Secundaria «Santa Rosa de Lima-Argentea» de Málaga, pasando a denominarse «Santa Rosa de Lima».

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Visto el expediente promovido a instancia de don Francisco José González Díaz, como representante de la Fundación Diocesana de Enseñanza Santa María de la Victoria, titular del centro docente privado de Educación Secundaria «Santa Rosa de Lima-Argentea», código 29005849, con domicilio en C/ Argentea, 3, de Málaga, solicitando nueva denominación específica, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que por Orden de 29 de mayo de 1998 (BOJA de 4 de julio) el citado centro tiene autorización para impartir ocho unidades de Educación Secundaria Obligatoria para 240 puestos escolares y catorce unidades de Bachillerato para 490 puestos escolares en las modalidades de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud, Humanidades y Ciencias Sociales y Artes.

Funcionan en régimen de concierto educativo ocho unidades de Educación Secundaria Obligatoria, diez de Bachillerato y dos de Programas de Garantía Social.

Vistos: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre (BOE del 10), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan Enseñanzas Escolares de Régimen General; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio (BOE de 14 de julio), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Autorizar el cambio de denominación específica del centro docente privado de Educación Secundaria «Santa Rosa de Lima-Argentea» de Málaga, por el de «Santa Rosa de Lima», y como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro docente privado de Educación Secundaria.

Denominación específica: «Santa Rosa de Lima».

Código del centro: 29005849.

Titular: Fundación Diocesana de Enseñanza Santa María de la Victoria.

Domicilio: C/ Argentea, 3.

Localidad: Málaga.

Municipio: Málaga.

Provincia: Málaga.

Enseñanzas autorizadas:

a) Educación Secundaria Obligatoria: 8 unidades.

- Puestos escolares: 240.

b) Bachillerato:

- Modalidad de Ciencias y Tecnología: 6 unidades.

Puestos escolares: 210.

- Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales: 6 unidades.

Puestos escolares: 210.

- Modalidad de Artes: 2 unidades.

Puestos escolares: 70.

Transitoriamente, y hasta que se implanten las enseñanzas correspondientes al Bachillerato, en la modalidad de Ciencias y Tecnología, de acuerdo con el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, el centro podrá impartir en las unidades autorizadas de dicha modalidad las enseñanzas correspondientes a la de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud (6 unidades para 210 puestos escolares) del Bachillerato establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre.

Segundo. Esta Orden se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Tercero. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Sevilla, 15 de mayo de 2007

Cándida Martínez López

Consejera de Educación

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