Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 18/01/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 23 de noviembre de 2006, del Ayuntamiento de Palomares del Río, de bases para la selección de Educador Social.

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La Junta de Gobierno Municipal, en Sesión de fecha 16 de noviembre de 2006, aprobó las Bases de la Convocatoria para la provisión por el sistema de Concurso-Oposición libre de una Plaza de Educador/a Social, vacante en la plantilla de Personal Funcionario de esta Corporación, así como Anexos correspondientes.

TEXTO REFUNDIDO

BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE EDUCADOR/A SOCIAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE ESTA ENTIDAD LOCAL, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA EL AÑO 2005, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION LIBRE

Primera. Objeto de la convocatoria.

Se convocan pruebas selectivas mediante concurso-oposición libre para cubrir en propiedad una plaza de personal funcionario vacante en la plantilla de este Excmo. Ayuntamiento, incluida en la Oferta de Empleo Público para el año 2005.

Esta plaza pertenece a la plantilla de funcionario de carrera de esta Corporación y está dotada presupuestariamente con los haberes correspondientes a la Escala, categorías y nivel de complemento de destino que se indican en el anexo I.

La realización de estas pruebas se regirá por lo establecido en estas bases, y en su defecto se estará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; RDL 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y por cualesquiera otras disposiciones aplicables.

Segunda. Requisitos de los/as aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de las presentes pruebas selectivas los/las aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español/a o tener la nacionalidad española o ser nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos 18 años de edad .

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos o categorías que se especifican en los anexos de esta convocatoria.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas, sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. Los interesados deberán, formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria.

Corresponderá a los interesados, en el momento de solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar documentalmente, a través del Organismo competente, su condición de minusválido y poseer una discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento. La compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones propias de la plaza a la que se opte habrá de acreditarse mediante certificado médico.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

f) No estar incurso en causa de incapacidad de las establecidas en la normativa vigente.

g) Aquellos otros que, independientemente de los anteriores, se establezcan en los anexos correspondientes.

Los requisitos establecidos en estas bases deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias, y mantenerse durante toda la duración del proceso selectivo.

Tercera. Instancias y documentación a presentar.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar mediante instancias según modelos aprobados por esta Entidad e incluidas como Anexos II, III, IV de las presentes Bases, y serán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Palomares del Río y presentadas en el Registro General de esta Corporación, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, durante el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, adjuntando fotocopia del DNI y justificante del ingreso efectuado, bien en la Tesorería Municipal, bien en la cuenta corriente núm. 79 0112 60 0200240036 A Rural Provincial de Sevilla, sucursal de Palomares del Río, o bien mediante giro postal o telegráfico a favor del Ayuntamiento de Palomares del Río, con domicilio en Palomares del Río (Sevilla), Avd. de Andalucía, núm. 1, C.P. 41928, de la cantidad correspondiente a los derechos de examen, que se fijan en el anexo I.

Las solicitudes presentadas en las oficinas de correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas.

También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En las instancias, los interesados harán constar, expresa y detalladamente, que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, referidos siempre a la fecha de la expiración del plazo de presentación de instancias.

Para la convalidación de méritos, los aspirantes deberán adjuntar a su instancia los títulos y documentos acreditativos de los mismos para hacerlos valer en la fase de concurso. No se tendrán en cuenta, ni se valorarán, aquellos méritos obtenidos con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el proceso de valoración podrán recabarse normalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, y comprobado el pago de los derechos de examen y demás documentación exigida, por este Ayuntamiento, el Presidente de la Corporación dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos, el núm. del Documento Nacional de Identidad, y en su caso la causa de exclusión. Esta lista será hecha pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. En la referida Resolución de Alcaldía, se indicará el plazo de subsanación de defectos de diez días, conforme dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992, y se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio.

Subsanados, en su caso, los defectos, la lista definitiva se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Quinta. Tribunal.

El Tribunal Calificador estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o Concejal/a en quien delegue.

Vocales:

- Un/a representante de la Junta de Andalucía nombrado por la Consejería de Gobernación.

- Un Asesor designado por la Alcaldía.

- El Jefe de Sección de Administración General.

- Un funcionario de carrera designado por la Alcaldía.

- Un representante de la Junta o Delegado de Personal de la Corporación.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Su composición se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, conjuntamente con la lista de admitidos y excluídos.

Los Vocales del Tribunal deberán tener igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en la plaza convocada.

Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos. El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.

El Tribunal se encuentra vinculado a lo dispuesto en estas bases, quedando facultado para hacer interpretación de las mismas y resolver cuantas dudas o cuestiones pudieran surgir en su aplicación e igualmente resolver en todo aquello que no está previsto en ellas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y al menos dos Vocales, titulares o suplentes, indistintamente. Las decisiones se adoptarán por mayoría de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del que actúe como Presidente.

El Tribunal, en su calificación final, no podrá proponer, para su nombramiento, un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contenga mayor número que plazas convocadas.

Sexta. Desarrollo de los ejercicios.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el Tribunal, perdiendo todos sus derechos aquel aspirante que el día y hora de la prueba no se presente a realizarla.

En cualquier momento podrán requerir el Tribunal a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

El orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas que lo requieran se iniciará, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 25 de enero de 2006 (BOE de fecha 8.2.06), por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra "U", continuando en caso de que no exista ningún aspirante, por la letra V, y así sucesivamente.

El Tribunal establecerá el calendario para la realización, debiendo mediar entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente un plazo mínimo de cinco días y máximo de cuarenta y cinco.

Comenzadas las pruebas, los sucesivos anuncios para la celebración de los siguientes ejercicios se harán públicos en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

Séptima. Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección de los/las aspirantes constará de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

Fase de concurso:

La fase de concurso será previa a la de oposición.

Los méritos alegados por los/as aspirantes se calificarán según el baremo que figura en el Anexo I de esta convocatoria, exponiéndose al público las puntuaciones otorgadas previamente al inicio de la fase de oposición. Estos méritos se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación. El Tribunal podrá recabar de los interesados las aclaraciones, así como la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados. No se tendrán en cuenta aquellos méritos alegados y no justificados documentalmente.

No se valorarán méritos justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.

Esta fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la oposición.

Fase de oposición:

Será previa al Concurso, y constará de los ejercicios eliminatorios y obligatorios para todos los aspirantes que se recogen en el anexo I de estas bases, correspondiente a cada plaza.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para cada ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario para superarlos obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal. Cuando entre ellas exista una diferencia igual o superior a 4 puntos, se eliminarán la mayor y la menor nota, de tal manera que la nota que obtendría el aspirante, caso de darse dicha circunstancia, sería la media de las restantes puntuaciones concedidas por los restantes miembros del tribunal. En caso de que la mayor o menor puntuación fueran varias, se eliminará únicamente una de ellas de cada clase.

La calificación final de las pruebas, que se publicará en el Tablón de Edictos de la Corporación, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición y de la de concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición; si persistiera el empate se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio y, si continuase el empate, a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.

Séptima. Lista de aprobados y propuesta de selección.

Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la relación de aspirantes que hayan superado todas las pruebas por orden de puntuación, precisando que el número de aprobados no podrá rebasar el de plazas convocadas.

Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación, junto con la propuesta de nombramiento, a la Presidencia de la Corporación, quien formulará el correspondiente nombramiento. Si el aspirante propuesto no reuniera los requisitos exigidos en las presentes Bases para ser nombrado o bien no tomara efectiva posesión, la propuesta del Tribunal se entenderá hecha a favor de aquel aspirante que haya aprobado las pruebas selectivas y obtenido la siguiente puntuación; y así sucesivamente.

Octava. Presentación de documentos.

El/la aspirante propuesto/a presentará ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la selección se exijan en la convocatoria, y en concreto:

a) Fotocopia compulsada de DNI.

b) Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido.

c) Declaración jurada o promesa personal de no haber sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

d) Certificado Médico Oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que le imposibilite para el servicio. A estos efectos, los aspirantes seleccionados podrán ser sometidos a reconocimiento médico por los servicios médicos que determine este Ayuntamiento.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente fotocopia debidamente compulsada del título académico oficial exigido en la convocatoria y certificación de la Administración Pública de quien dependa, acreditando la condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.

Novena. Nombramiento y toma de posesión.

Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refiere la base anterior, el Alcalde-Presidente, de acuerdo con la propuesta del Tribunal Calificador, procederá a nombrar funcionario/a al/a la candidato/a, el/la cual deberá tomar posesión en el plazo de treinta días, a contar del siguiente en que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Quien sin causa justificada no presente la documentación, no reuniera los requisitos exigidos o no tome posesión en el plazo señalado, quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido, con la pérdida de todas los derechos derivados de la convocatoria y del nombramiento conferido, en su caso.

Décima. Publicidad de la convocatoria.

Las presentes bases, junto con la convocatoria, se publicarán íntegramente en el BOP y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Además y de acuerdo con el artículo 6.2 del RD 896/1991, de 17 de junio, un anuncio de esta convocatoria se publicará en el BOE con el contenido que indica el citado precepto.

Las presentes bases estarán a disposición de los interesados y público en general en las dependencias municipales para su consulta. El Ayuntamiento facilitará copia a quien lo solicite, previo pago de los derechos correspondientes.

Decimoprimera. Base final.

Contra esta convocatoria y sus bases podrá interponerse por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116, y 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o bien podrá interponerse directamente en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo dispuesto en el artículo 109. c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. También podrán interponerse, no obstante, otros recursos si lo estimasen oportuno.

ANEXO I

PLAZA DE EDUCADOR SOCIAL

Número de Plazas: 1.

Perteneciente a:

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Clase: Técnica.

Categoría: Técnico Medio.

Grupo: B.

Nivel CD: 20.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Diplomado Universitario en Educación Social, Licenciados o Diplomados habilitados como Educadores Sociales de Andalucía conforme a la Ley 9/2005, de 31 de mayo, o equivalentes.

Derechos de examen: 48,08 euros.

Fase de oposición.

Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario teórico con un mínimo de 80 preguntas tipo test, a elección del Tribunal, sobre las materias comunes relacionadas en el programa, y en el tiempo que aquél estime necesario.

Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, en el plazo máximo de ciento ochenta minutos, dos temas a elegir de entre cuatro, seleccionados previamente por el Tribunal, de la parte específica del programa.

Tercer ejercicio. Realización de un supuesto práctico, a elegir por el opositor de entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con el puesto de trabajo, en el tiempo máximo que el Tribunal estime oportuno.

P R O G R A M A

Parte Común

Tema 1. La Constitución: Concepto, Estructura, Funciones y Clases. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Principios que inspiran la vigente Constitución española.

Tema 2. Los derechos y deberes fundamentales. Garantía de los Derechos y Libertades. Suspensión de los derechos y libertades.

Tema 3. La Corona. Las Cortes Generales El Poder Judicial.

Tema 4. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. La Delegación Legislativa. Designación, duración y responsabilidad del Gobierno. Composición, organización y funciones del gobierno. Normas de funcionamiento del Gobierno. Fuciones del Gobierno. Control de los actos del Gobierno.

Tema 5. Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. La organización de la Administración General del Estado. La Organización de la Administración central del Estado. La Administración periférica del Estado.

Tema 6. La Organización territorial del Estado. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas. Organos de las Adminsitraciones Autónomas. Los tribunales superiores de Justicia. Control de los Organos de las Comunidades Autónomas. Recursos de las Comunidades Autónomas. Las Leyes Marco. Las leyes marco. Las leyes de transferencia. El problema de la distribución de competencias. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Tema 7. El Tribunal Constitucional. Control de Constitucionalidad de las Leyes. Reforma Constitucional. El Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas.

Tema 8. La Unión Europea: origen y evolución. Las Instituciones de la Unión Europea. Ciudadanía de la Unión Europea. La unión económica y monetaria. La moneda única.

Tema 9. Fuentes del Derecho Público. Jerarquía de Fuentes. Clases de Administraciones Públicas. Principios de Actuación de las Administraciones Públicas. Sometimiento de la Administración a la Ley y al derecho.

Tema 10. El administrado: concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas.

Tema 11. El acto administrativo. Concepto. Clases. Elementos. Requisitos: Motivación y forma. Notificación y Publicación. Eficacia, cautividades y ejecutoriedad de los actos administrativos. Medios de ejecución forzosa. Validez e invalidez de los actos adminsitrativos. Irregularidades no invalidantes.

Tema 12. El Procedimiento administrativo. (I). El interesado en el procedimiento. Derecho de los ciudadanos. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros. Términos y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. Fases del procedimiento administrativo. El silencio administrativo.

Tema 13. La revisión de oficio de los actos administrativos. La rectificación de errores materiales de hecho. Los recursos administrativos: concepto, clases y principios generales. El recurso de alzada. El recurso de reposición. El recurso extraordinario de revisión.

Tema 14. El recurso contencioso-administrativos. Organos y competencias de los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos. Distribución de asuntos. Las partes. El procedimiento ordinario. La sentencia. Otras formas de terminación del procedimiento. El procedimiento abreviado. La ejecución de sentencias.

Tema 15. Formas de acción administrativa. Fomento. Policía y Servicio Público. Forma de Gestión de los Servicios Públicos.

Tema 16. La responsabilidad de la Administración en nuestro Derecho: Aspectos fundamentales. La responsabilidad de la Administración en el ámbito privado.

Tema 17. La Provincia en el Régimen Local. La organización provincial, caracteres y atribuciones de los órganos provinciales. Competencia de la Diputación Provincial.

Tema 18. El municipio. El término municipal. Creación de Municipios y alteraciones de términos municipales. Cambio de nombres de los Municipios. La capitalidad del municipio. La población municipal. El empadronamiento.

Tema 19. La organización municipal. Caracteres y atribuciones de los órganos fundamentales en los Ayuntamientos de Régimen Común: el Pleno, el Alcalde, los Tenientes de Alcalde, la Junta de Gobierno. Organos complementarios: Comisiones Informativas y otros órganos. Los grupos políticos. La participación vecinal en la gestión municipal. El concejo abierto. Otros regímenes especiales.

Tema 20. Competencias municipales. Estatutos de los miembros de las Entidades Locales. La moción de censura al Alcalde. La cuestión de confianza.

Tema 21. Otras Entidades locales. Entidades locales menores. Las comarcas. Las mancomunidades de municipios. Las áreas metropolitanas. Las agrupaciones municipales. La Isla.

Tema 22. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases de normas locales. Procedimiento de elaboración y aprobación. Límites de la potestad reglamentaria local. Incumplimiento o infracción de las ordenanzas. Bandos. El Reglamento Orgánico.

Tema 23. La función pública local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Promoción profesional de los funcionarios. Situaciones administrativas de los funcionarios de la Administración Local. Derechos de los funcionarios locales. Régimen disciplinario de los funcionarios locales.

Tema 24. Los bienes de las Entidades Locales. Bienes de dominio público local. Bienes patrimoniales. Bienes comunales. Adquisición de bienes por parte de las entidades locales. Alteración de la calificación jurídica de los bienes locales. Inventario de bienes. Especial consideración a los montes catalogados de propiedad provincial y de los vecinales en mano común.

Tema 25. Los contratos administrativos. Clases y elementos de los Contratos. Contratos excluidos de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. El contratista: capacidad, solvencia, clasificación, y prohibiciones para contratar. La selección del contratista. Garantías o fianzas. Prerrogativas de la Administración. La invalidez de los contratos. La revisión de precios.

Tema 26. La intervención administrativas local en la actividad privada. La actividad de policía. La actividad de fomento. La actividad de servicio público. Formas de gestión de los servicios públicos locales. Procedimiento de concesión de licencias.

Tema 27. Procedimiento administrativo local. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 28. Haciendas locales. Clasificación de ingresos. Ordenanzas fiscales. Régimen del gasto público local. Control del gasto público local. Los créditos presupuestarios. Gastos plurianuales. Anulación de remanentes e incorporación de créditos. Generación de crédito. Crédito extraordinario y suplementos de crédito. Transferencia de crédito. Impugnación presupuestos locales.

Parte Especial

Tema 1. El Estado de Bienestar Social. Concepto y Proceso histórico. Crisis del Estado de Bienestar.

Tema 2. Plan Concertado de Servicios Sociales .

Tema 3. El Sistema Publico de Servicios Sociales en Andalucía. Marco jurídico y planificación regional. Consejería de Asuntos Sociales. Competencia y funciones. La financiación de los Servicios Sociales. Los Consejos de Servicios Sociales. La Comisión Delegada de Bienestar Social.

Tema 4. Los Planes Provinciales de Servicios Sociales en la Provincia de Sevilla.

Tema 5. Servicios Sociales Comunitarios I. Concepto, objetivos, áreas de actuación, ubicación física. Servicios: servicio de información, valoración, orientación y asesoramiento. Servicio de ayuda a domicilio. Servicio de cooperación social. Servicio de convivencia y reinserción, prestaciones complementarias.

Tema 6. Servicios Sociales Comunitarios II. Equipamiento básico en Servicios Sociales. La importancia del equipo interdisciplinar: composición y roles. Coordinación entre Servicios Sociales Comunitarios y Especializados: protocolo de derivación.

Tema 7. El Sistema de Información de Usuario de los Servicios Sociales (SIUSS).

Tema 8. Antecedentes y evolución histórica de la Educación Social. Beneficencia. Positivismo. Etapa moderna: situación actual.

Tema 9. El Educador Social. Concepto. Perfil profesional. Corrientes y modelos de trabajo en Educación Social: ecológico, sistémico. Código deontológico.

Tema 10. La Educación Social y la Sociedad de Bienestar. Ambitos de Intervención del Educador Social.

Tema 11. La organización de los recursos humanos en la intervención socioeducativa. El equipo de trabajo. Funciones del equipo de trabajo. Tipos de intervención. Sistemas de Coordinación.

Tema 12. Las necesidades sociales. Conceptos, características y tipología. Las necesidades sociales en el municipio de Palomares del Río.

Tema 13. Modelo de investigación-acción en la Educación Social: características, fases, técnicas y procedimientos de recogida y análisis de datos.

Tema 14. Proyectos socio-educativos: definición. El estudio de las necesidades-análisis del entorno. Fundamentación del proyecto. Planificación. Aplicación. Ejecución. Evaluación.

Tema 15. Técnicas y métodos utilizados en los programas socio-educativos: el registro y la observación. La entrevista.El informe.

Tema 16. La Evaluación de Programas y Proyectos Socio-educativos: diseño, tipos, técnicas e instrumentos.

Tema 17. Política Social Europea. Política social y de empleo en el tratado constitutivo de la Unión Europea. Estrategia actual. Perspectivas futuras. Programas y líneas de financiación.

Tema 18. Instituciones de educación social. Gestión y organización de recursos institucionales, humanos y materiales.

Tema 19. Política educativa. Legislación básica actual. Ley orgánica de calidad de la educación. Principios que inspiran el sistema educativo andaluz. La educación en valores. Políticas de igualdad de oportunidades.

Tema 20. La familia. Modelos familiares en la sociedad actual. La familia como contexto de socialización. Estilos de comportamientos de los padres y sus efectos sobre el desarrollo social de la personalidad del niño.

Tema 21. Familias de alto riesgo. Consecuencias para los menores. El educador social de menores en riesgo. El informe de derivación al Servicio de Protección del Menor. Redes de apoyo formales e informales. La mediación familiar.

Tema 22. Infancia y adolescencia I. El niño /la niña sujetos de derecho. La evolución y desarrollo de los derechos de la infancia. La Declaración de los Derechos del Niño. Análisis de los problemas de la juventud andaluza.

Tema 23. Infancia y adolescencia II. Legislación y mecanismos de actuación. Recursos dependientes de la administración autonómica. La atención al menor en su medio. La atención al menor con medidas alternativas que impliquen separación de la familia biológica. Medidas para atención a menores infractores.

Tema 24. Maltrato infantil. Definición, tipologías. Situaciones y factores de riesgo. Procesos de atención al maltrato infantil: detección, notificación, tratamiento/intervención. El protocolo desde los Servicios Sociales.

Tema 25. El niño de 0 a 3 años. Desarrollo físico y psicomotor en la primera infancia. Desarrollo perceptivo. Inteligencia sensoriomotora. Adquisición del lenguaje. El origen del desarrollo social: el apego.

Tema 26. El niño de 3 a 11 años. Desarrollo físico y psicomotor. Desarrollo cognitivo. Desarrollo del lenguaje. Desarrollo moral. Desarrollo sexual según Freud.

Tema 27. La adolescencia. Desarrollo cognitivo y de la personalidad. Las relaciones sociales en la adolescencia. El desarrollo moral.

Tema 28. Consecuencias de la carencia y la conflictividad familiar en el desarrollo de la personalidad.

Tema 29. La agresividad. Problemas planteados por la agresividad infantil. Estrategias del educador.

Tema 30. Delincuencia juvenil: concepto, factores influyentes y tratamientos.

Tema 31. La Medida de Alojamiento. Idoneidad de la misma. Problemas de adaptación al contexto institucional. Posibles problemas que generan en el desarrollo de la personalidad de los menores. Alternativas al alojamiento.

Tema 32. La Mujer I. Políticas de género: discurso y debate. Estereotipos. Géneros y roles de género. Ambitos de desigualdad. Conceptos claves: "mainstreaming". Paridad. Segregación horizontal y vertical. "Spill over". Techo de cristal. Acciones positivas y protectoras. Discriminación directa e indirecta.

Tema 33. La Mujer II. Legislación y marco institucional. Herramientas para la igualdad y conferencias internacionales. Competencias de la Administración Local. Planes de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres.

Tema 34. Personas Mayores I. Teoría sobre el envejecimiento. Aspectos demográficos, biológicos, físicos, psicológicos y sociales del envejecimiento. Niveles de intervención.

Tema 35. Personas Mayores II. Competencias de la Administración. Imserso. Plan Gerontológico. El Plan de Accion para las Personas Mayores 2003-2007. Legislación.

Tema 36. Personas con Discapacidad I. Conceptos básicos. Integración y normalización. Habilidades sociales del educador para la intervención con discapacitados.

Tema 37. Personas con Discapacidad II. Legislación y marco institucional. Competencias de la Administración Central, Autonómica y Local: objetivos y recursos. Servicios y prestaciones.

Tema 38. Minorias Etnicas. Concepto de etnia. Derechos de la minorías étnicas. Marco institucional. Impacto social de las minorías étnicas como consecuencia de la migración. La etnia gitana.

Tema 39. Movimientos Migratorios I. Los procesos migratorios. Planteamientos teóricos y metodológicos. Migraciones y clase social: evolución de la población extranjera, características de la población inmigrante. La población inmigrante con necesidades de intervención social. Población inmigrante regularizada y población inmigrante indocumentada: necesidades.

Tema 40. Movimientos Migratorios II. Legislación y marco institucional. Políticas de intervención estatal y autonómica. Papel de la iniciativa social. Discurso y prácticas migratorias. Estructuras de integración y recursos.

Tema 41. Drogas y otras adicciones I. Drogas legales e ilegales. Adicciones sin sustancias. Aspectos sanitarios, sociales y educativos. Prevención, atención e incorporación social.

Tema 42. Drogas y otras adicciones II. Legislación y marco institucional. Competencias de la Administración Central y Autonómica. Plan Andaluz sobre las Drogas. Marco de colaboración con las Corporaciones Locales.

Tema 43. La educación para la salud.

Tema 44. La educación sexual.

Tema 45. El ocio y el tiempo libre.

FASE DE CONCURSO: BAREMO DE MERITOS

Experiencia profesional:

- Por cada año en puestos de igual o similar categoría y cualificación en la Administración Local, de población entre cinco mil y veinte mil habitantes: 1,75 puntos.

- Por cada año en puestos de trabajo de igual categoría y cualificación en otras Administraciones Públicas: 0,75 puntos.

La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 6 puntos.

C) Justificación de méritos:

- La experiencia en la Administración deberá justificarse mediante el correspondiente nombramiento y certificación expedida por el órgano de la Administración con competencia en materia de personal, donde constará la denominación del puesto de trabajo que ocupa o haya ocupado, con expresión del tiempo que lo haya venido desempeñando, dependencia a la que está adscrito, relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo y funciones desempeñadas.

Los méritos deberán ser alegados y justificados documentalmente para que puedan ser valorados.

ANEXO II

SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION UNA VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE ESTA ENTIDAD LOCAL, DE EDUCADOR SOCIAL INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA EL AÑO 2005

Enterado de la convocatoria para cubrir una plaza vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Palomares

del Río (Sevilla), perteneciente a la Escala de Administración Especial, Categoría ......................., Grupo de Clasificación .......................,

y cuyas Bases fueron publicadas en el BOP núm. .................., de fecha ......................., y BOJA núm. ........, de fecha ....................;

S O L I C I T A

Sea admitida a trámite la presente, para lo cual declaro bajo mi responsabilidad estar en posesión de cuantos requisitos

se establecen en las citadas Bases, referidos siempre a la fecha de la expiración del plazo de presentación de instancias, para

participar en las oportunas pruebas selectivas.

A tal efecto, se acompaña la siguiente documentación:

Fotocopia compulsada del DNI.

Justificante de haber realizado el ingreso de la Tasa por Derechos de Examen (............................ euros).

En Palomares del Río, a ..........de............................ de 200_.

Fdo. .............................................

A/a Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río (Sevilla).

ANEXO III

A U T O B A R E M A C I O N

3 .DECLARACION, LUGAR, FECHA Y FIRMA

Declaro bajo mi expresa responsabilidad que todos los datos consignados en la presente solicitud, así como la autobaremación

de méritos son ciertos y exactos

En ................................................a ........de............................. de 200...

El/la Solicitante

Fdo. ................................................................

Palomares del Río, 23 de noviembre de 2006.- El Alcalde en funciones, Francisco Moreno Suárez.

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