Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 04/07/2007

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Ayuntamientos

Anuncio de 30 de mayo de 2007, del Ayuntamiento de Córdoba, de bases para la selección de ocho plazas de Técnico/a de Grado Medio.

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CONVOCATORIA PARA LA PROVISIóN EN PROPIEDAD DE una PLAZA DE TéCNICO/A DE GRADO MEDIO MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIóN, EN TURNO LIBRE, INCLUIDAS EN LA OFERTA PúBLICA DE EMPLEO DE 2000 DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CóRDOBA

BASES

I. Normas generales

Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de una plaza de Técnico/a de Grado Medio, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre, vacante en la plantilla funcionarial, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales, dotadas con las retribuciones correspondientes al Grupo B, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

II. Requisitos de los/as aspirantes

Segunda. Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad.

c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones a desempeñar. A tal efecto las personas que resulten seleccionadas deberán someterse a reconocimiento médico por la Unidad de Medicina Laboral, antes de su nombramiento.

d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

e) Estar en posesión del Título de Diplomado/a Universitario/a, Ingeniero/a Técnico/a, Arquitecto/a Técnico/a, o equivalente (deberá acreditarse la equivalencia).

Tercera. Los requisitos establecidos en la base segunda deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

Cuarta. Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

Para estas personas, cuando previamente lo hayan solicitado en la instancia, el Tribunal adaptará en lo posible el tiempo y medios de realización de los ejercicios de forma que gocen de igualdad de oportunidades.

III. Solicitudes

Quinta. Las instancias manifestando que se reúnen todos los requisitos exigidos, deberán dirigirse a la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las plazas en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en los Registros de los Centros Cívicos Municipales o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a ser posible en el modelo oficial existente en esta Corporación Municipal.

Sexta. El impreso de solicitud, debidamente cumplimentado se presentará con el justificante de ingreso de la cantidad de 20,65 € en concepto de participación en procesos de selección de personal, según se establece en la Ordenanza Fiscal número 100, o en su defecto se acompañará el resguardo del giro postal, telegráfico o transferencia de su abono.

A las instancias deberán añadirse los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia de la titulación requerida.

c) Historial profesional y relación de los méritos alegados en el orden en que se citan, a efectos de valorar la fase de concurso.

d) Documentos debidamente autentificados, justificativos de los méritos que se alegan, según se especifica en el Anexo I.

Séptima. En ningún caso, el pago de la cantidad que corresponda en concepto de participación en procesos de selección de personal, supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

IV. Admisión de aspirantes

Octava. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldesa, dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as. En dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de este Ayuntamiento, se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas, así como la composición del Tribunal.

Los/as aspirantes excluidos/as dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

V. Tribunal Calificador

Novena. El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:

Presidente/a: El/La de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario/a: Un/a funcionario/a de la Corporación.

Vocales:

- El/La Jefe/a del Servicio o un/a Técnico/a designado/a por la Presidenta de la Corporación.

- Un/a Técnico/a designado/a por la Presidenta de la Corporación.

- Un/a representante designado/a por la Junta de Andalucía.

- Un/a funcionario/a de la Corporación, designado/a por la Junta de Personal.

El Tribunal actuará válidamente cuando concurran el/la Presidente/a, Secretario/a y dos vocales.

Según lo dispuesto en la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el/la Secretario/a asistirá con voz y sin voto.

En todos los casos los/as vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas.

Décima. Los/as miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir y los/as aspirantes podrán recusar a aquellos/as cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Undécima. Cuando lo considere conveniente, el Tribunal podrá recabar la colaboración de asesores/as expertos/as en la materia de que se trate.

VI. Sistema de selección

Duodécima. El procedimiento de selección constará de dos partes:

A) Concurso.

B) Oposición.

A) Fase de concurso.

Se valorarán los méritos alegados que sean justificados documentalmente por los/as aspirantes en el momento de presentar la instancia, con arreglo al baremo citado en el Anexo I.

Esta fase de concurso será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

B) Fase de oposición.

Primer ejercicio. Consistirá en contestar un cuestionario de 85 preguntas, elaborado entre las confeccionadas por los miembros del Tribunal, con 4 respuestas alternativas, basadas en el temario contenido en el Anexo II de esta convocatoria, con una duración máxima de dos horas.

El número de preguntas que será preciso contestar acertadamente para superar el ejercicio es de 60.

Dicho ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes, excluyéndose a aquellos/as candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad de los/as mismos/as.

Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante 4 horas como máximo, dos supuestos prácticos elegidos entre los propuestos por el Tribunal, y relativos a las tareas propias de este puesto de trabajo, de acuerdo con los temas recogidos en el Anexo II de esta convocatoria.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales de que acudan provistos.

Los/as opositores/as leerán su ejercicio ante el Tribunal, quién podrá hacer las preguntas o solicitar las aclaraciones que considere necesarias sobre los supuestos desarrollados.

Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 20 puntos, siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 10 puntos. A tal efecto el número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal será de 0 a 20.

Decimotercera. Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos justificados de fuerza mayor apreciada por el Tribunal.

El orden de actuación de los/as interesados/as para la lectura de los ejercicios, comenzará por el/la opositor/a cuyo primer apellido empiece por la letra «B» de conformidad con el sorteo realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales.

Decimocuarta. La calificación de los/as aspirantes será la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, siendo excluidas aquellas puntuaciones que se dispersen de dicha media en + 2 puntos inclusive.

Todas las calificaciones se harán públicas, el mismo día en que se acuerden, en el tablón de anuncios Municipal.

La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios citados, a la que se adicionará la obtenida en la fase de concurso, resultando así la calificación final y el orden de puntuación definitivo.

Decimoquinta. En el caso de que al proceder a la ordenación de los/as aspirantes se produjeran empates, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:

a) Mayor puntuación obtenida en el 2.º ejercicio de la fase de Oposición.

b) Mayor puntuación obtenida en la fase de Oposición.

c) Mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional de la fase de Concurso.

Decimosexta. Una vez terminada la calificación de los/as aspirantes el Tribunal hará público en el tablón de anuncios de esta Corporación, la puntuación de los/as aspirantes seleccionados/as.

Si el Tribunal apreciara que los/as aspirantes no reúnen las condiciones mínimas necesarias para desempeñar idóneamente el puesto, podrá declarar desierta alguna o todas las plazas objeto de este concurso-oposición.

El Tribunal en ningún caso propondrá mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas, no suponiendo bajo ningún concepto que las puntuaciones obtenidas, sean las que fueren, otorguen ningún derecho a los/as aspirantes salvo a los/as propuestos/as por el Tribunal.

VII. Presentación de documentos

Decimoséptima. Los/as aspirantes propuestos/as presentarán en el Departamento de Selección y Formación, en el plazo de 20 días naturales, desde que se haga pública la relación de personas seleccionadas, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la Base 2.ª de la Convocatoria.

En el caso de que algún/a candidato/a tuviera la condición de funcionario/a público/a, estará exento/a de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación acreditativa de su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Si dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.ª, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan podido incurrir por falsedad en la solicitud.

En caso de que alguno de los/as aspirantes que fuese propuesto/a para ser nombrado/a Funcionario/a, no cumpliese alguno de los requisitos o renunciase a su nombramiento, será en su lugar propuesto/a el/la siguiente que, habiendo superado los ejercicios, no hubiese sido propuesto/a por existir otro/a candidato/a con una puntuación superior.

Decimoctava. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldesa procederá al nombramiento de los/as aspirantes propuestos/as, una vez que hayan acreditado documentalmente los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria, quienes deberán tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde la fecha de notificación.

VIII. Normas finales

Decimonovena. En lo no previsto en las Bases de la presente convocatoria, será de aplicación el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a que debe ajustarse el Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local, Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y demás normativa aplicable.

Vigésima. En el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal resolverá las cuestiones que surjan en la aplicación de las normas establecidas en estas Bases.

Vigésimo primera. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Córdoba, 30 de mayo de 2007.- El Teniente-Alcalde de Personal, Seguridad, Movilidad y Gestión, José Antonio Cabanillas Delgado.

ANEXO I

BAREMO DE VALORACIóN DE MéRITOS PARA LA PROVISIóN DE Una PLAZA DE TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO

FORMACIÓN

- Por estar en posesión del Titulación Universitaria Media o Superior distinta a la acreditada para acceder a la convocatoria: 0,25 puntos.

- Por realización de cursos de formación o perfeccionamiento debidamente acreditados a juicio del Tribunal, relativos a las funciones a desempeñar por un Técnico/a de Grado Medio en relación con los temas incluidos en el Anexo II, hasta un máximo de: 1,25 puntos.

La escala de valoración será la siguiente:

Cursos de menos de 20 horas de duración: 0,05 puntos.

Cursos de 20 a 50 horas de duración: 0,10 puntos.

Cursos de 51 a 100 horas de duración: 0,20 puntos.

Cursos de 101 a 200 horas de duración: 0,40 puntos.

Cursos de más de 200 horas de duración: 0,60 puntos.

(En caso de no justificarse la duración del curso, éste será valorado con la puntuación mínima, siempre que esté relacionado con el puesto a cubrir.)

EXPERIENCIA PROFESIONAL

La puntuación máxima que se puede alcanzar en este apartado es de 6 puntos.

- Por cada año o fracción superior a 6 meses de servicios efectivos prestados, como Técnico/a de Grado Medio en servicios relacionados con las funciones a desarrollar, en la Administración Local, hasta un máximo de 6 puntos: 1,50 puntos.

- Por cada año o fracción superior a 6 meses de servicios efectivos prestados, como Técnico/a de Grado Medio en servicios relacionados con las funciones a desarrollar, hasta un máximo de 4,8 puntos: 1 punto

- Por cada año o fracción superior a 6 meses de servicios efectivos prestados como Técnico/a de Grado Medio en servicios relacionados con las funciones a desarrollar, en Entidades Privadas, hasta un máximo de 3,6 puntos: 0,75 puntos.

HISTORIAL PROFESIONAL

- Por impartición de Cursos de Formación, Seminarios, etc., relativos a las funciones a desempeñar por un Técnico/a de Grado Medio en relación con los temas incluidos en el Anexo II, hasta un máximo de: 1 punto.

La escala de valoración será la siguiente:

Cursos de menos de 10 horas de duración: 0,10 puntos.

Cursos de 10 a 20 horas de duración: 0,20 puntos.

Cursos de 21 a 40 horas de duración: 0,40 puntos.

Cursos de 41 a 100 horas de duración: 0,60 puntos

Cursos de más de 100 horas de duración: 0,80 puntos.

- Por presentación de ponencias, comunicaciones, paneles, realización de publicaciones, etc., relativos a las funciones a desempeñar por un Técnico/a de Grado Medio en relación con los temas incluidos en el Anexo II, hasta un máximo de: 0,50 puntos

- Por realización de otras actividades profesionales directamente relativos a las funciones a desempeñar por un Técnico/a de Grado Medio en relación con los temas incluidos en el Anexo II, hasta un máximo: 1,25 puntos.

- Por haber superado, durante los últimos 10 años, en convocatoria pública, para la provisión definitiva de plaza Técnico/a de Grado Medio, algún ejercicio de la fase de Oposición, hasta un máximo de: 0,50 puntos.

Justificación de los méritos alegados.

Los méritos alegados en la solicitud por los/as interesados/as, deberán ser justificados con la documentación original o fotocopias debidamente compulsadas y se adjuntarán únicamente durante el plazo de presentación de solicitudes.

Los méritos alegados y no justificados con la documentación determinada en el apartado siguiente no se valorarán.

De acuerdo con este baremo, para cada mérito alegado se presentarán los documentos siguientes:

a) Las titulaciones académicas se justificarán con el correspondiente título o resguardo de solicitud del mismo.

b) Los cursos de formación recibidos o impartidos con el certificado o diploma de asistencia o docencia, y programa oficial del curso con indicación del número de horas lectivas.

c) La experiencia en la Administración deberá justificarse mediante el correspondiente Informe de Vida Laboral y contrato de trabajo o nombramiento corporativo, o certificación expedida por el Organo de la Administración con competencia en materia de personal, donde constará la denominación del puesto de trabajo que ocupa o haya ocupado, con expresión del tiempo que lo ha venido desempeñando, dependencia a la que está adscrito/a y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo.

d) La experiencia profesional fuera del ámbito de la Administración Pública deberá justificarse mediante el Informe de Vida Laboral y contrato de trabajo o Certificación de Empresa, TC2, Nóminas, o cualquier otro medio que permita conocer el período y la categoría profesional.

e) Las ponencias, comunicaciones, publicaciones, etc., se justificarán con el programa oficial de la actividad (Congreso, Jornadas, etc.), así como con la copia del texto presentado.

f) Otras actividades alegadas se justificarán con los correspondientes certificados del organismo responsable de la organización de la actividad de que se trate.

g) La superación de ejercicios de oposición se justificará mediante certificación expedida por el Organo de la Administración con competencia en materia de Personal, donde conste la categoría de la plaza objeto de la convocatoria, fecha y ejercicios aprobados.

ANEXO II

TEMARIO PARA LA PROVISIóN DE Una PLAZA DE TECNICO/A DE GRADO MEDIO

1. La Constitución Española de 1978. Estructura y principios constitucionales. Derechos y deberes fundamentales. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.

2. La organización política del Estado. La Jefatura del Estado. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración.

3. Las Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Organización de la Comunidad Autónoma Andaluza.

4. La Administración Local. Entidades Locales. El Municipio. Competencias

5. Organización Municipal. Órganos Municipales necesarios. Órganos complementarios. Órganos superiores y directivos. Composición y atribuciones. Organización del Ayuntamiento de Córdoba.

6. El personal al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes de los funcionarios. Incompatibilidades.

7. La contratación administrativa en el ámbito local.

8. Colaboración y participación de los ciudadanos en la administración local. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración Local.

9. El acto administrativo. El procedimiento administrativo. Principios generales. Especial referencia al procedimiento administrativo en la esfera local.

10. Los recursos administrativos contra actos y acuerdos de las Corporaciones Locales. Especial referencia al recurso contencioso-administrativo.

11. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

12. Haciendas Locales. El presupuesto de la Administración Local. Estructura presupuestaria. Actuales tendencias presupuestarias en la Administración. Tributos Locales.

13. El género como principio de organización social. Diferenciación social y género.

14. Metodologías y técnicas para los estudios de género. Metodología cuantitativa.

15. Técnicas de investigación cualitativa: Observación, entrevista, grupos de discusión. Diseño de investigación aplicada.

16. La formulación, ejecución y evaluación de planes y programas de igualdad.

17. Igualdad de género en el ordenamiento jurídico. Conceptos básicos. Principio de igualdad formal y principio de igualdad real. Tipos de discriminación. Acciones positivas (concepto y tipología).

18. El mainstreaming de género como enfoque y herramienta de intervención en las políticas públicas e intervención social. La evaluación del impacto de género e indicadores de género.

19. Elaboración y diseño de proyectos de intervención social con pertinencia de género. Tareas y herramientas en las diferentes secuencias que tiene que tener un proyecto.

20. La evaluación de programas: concepto, tipos, criterios para evaluar. La evaluación con perspectiva e indicadores de género.

21. Estructura y distribución de la población en el municipio de Córdoba. Análisis desde la perspectiva de género.

22. El ordenamiento internacional en pro de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Las conferencias internacionales sobre los derechos de las mujeres.

23. La Unión Europea en relación con la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres. Retrospectiva histórica. Ordenamiento vigente.

24. Organismos específicos europeos de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Finalidad y estructura.

25. La igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Normativa vigente en el estado Español. Ley Orgánica para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres.

26. Organismos específicos para la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres: el Instituto de la Mujer. El Instituto Andaluz de la Mujer. Misión, normativa y servicios que prestan ambas instituciones.

27. Políticas de igualdad y municipio. Competencias. Principios básicos de actuación para el desarrollo de políticas de igualdad. Criterios de intervención para las políticas descentralizadas de igualdad y promoción de las mujeres. El Departamento de Igualdad. Principales programas y recursos para la igualdad en el Ayuntamiento de Córdoba.

28. El Plan Transversal de Género del Ayuntamiento de Córdoba. Ámbitos de intervención. Sistemas de control, seguimiento y evaluación.

29. Centros Cívicos Municipales. Estructura y distribución. Las Juntas Distritales. Su incidencia y posibilidad en las políticas de igualdad.

30. La participación social de la mujer. Democracia representativa, democracia participativa. Democracia paritaria y el sistema de cuotas.

31. Violencia de género. Malos tratos, agresiones y abusos sexuales. El ciclo de la violencia de género. La victimización secundaria de las mujeres maltratadas

32. El ordenamiento jurídico para la protección de mujeres víctimas de la violencia de género. Antecedentes. La Ley Órganica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Principales debates en torno a esta Ley

33. Derechos de las mujeres víctimas de la violencia de género. Medidas judiciales de protección y seguridad. Programas y recursos específicos.

34. Protocolos de coordinación para la atención e intervención con mujeres víctimas de violencia de género. Estrategias de intervención desde lo local.

35. La discriminación horizontal y vertical en el mercado de trabajo. Políticas activas de empleo para mujeres. Formación profesional e igualdad de oportunidades.

36. Políticas activas de empleo municipales para la orientación, formación e inserción laboral de las mujeres. Principales medidas y acciones positivas. El Pacto Local por el Empleo.

37. Género y desarrollo. La perspectiva de género en las políticas de desarrollo.

38. Género y migraciones. El multiculturalismo y la integración de las mujeres inmigrantes en nuestro país. Principales retos y desafíos.

39. Política educativa e igualdad de oportunidades. Legislación básica actual. La educación en valores y la coeducación.

40. Desarrollo y procesos evolutivos de la afectividad y la sexualidad. La educación sentimental y la educación sexual, conexiones e interrelaciones.

41. Principales programas y recursos educativos del municipio. Medidas de acción positiva en el área educativa.

42. Trabajo, hogares y parentesco. La naturalización del trabajo doméstico y de cuidado. Familias y hogares a lo largo de la historia.

43. La conciliación de la vida familiar y laboral. Los problemas derivados de la atención y el cuidado a personas dependientes. Repercusión en la situación de las mujeres.

44. La conciliación y corresponsabilidad familiar y su desarrollo legislativo en el ámbito europeo. Normativa nacional y de la Comunidad Autónoma de Andalucía para promover la conciliación de la vida laboral y familiar de las personas.

45. El poder de la palabra: sexismo y androcentrismo en la lengua. Recomendaciones para el uso no sexista del lenguaje. Propuestas alternativas.

46. Los medios de comunicación. Transmisión de estereotipos y roles de género. La publicidad, la prensa y el cine: el discurso genérico como constructor de sentido y significado.

47. Técnicas de dirección en las organizaciones. La dirección de equipos de trabajo. Técnicas de preparación, dirección y coordinación de reuniones.

48. La comunicación de las organizaciones. Barreras y dificultades en la comunicación. Sistemas de comunicación interna en la administración. Medidas para mejorar la comunicación interna.

49. La toma de decisiones en las organizaciones. Técnicas de resolución de problemas.

50. Los conflictos en las organizaciones. Técnicas de resolución de conflictos. La negociación y la mediación.

51. Dinamización social para la intervención con colectivos de mujeres. Dinámicas grupales. Técnicas y recursos. El papel del/la Agente de Igualdad.

52. El empoderamiento de las mujeres y el desarrollo de la autonomía personal y colectiva. Estrategias de capacitación y entrenamiento.

53. Asociaciones y estructura asociativa. Trámites de constitución. Principales órganos de las asociaciones. Gestión económica de las asociaciones. Legislación aplicable.

54. Las asociaciones de mujeres: perfil, objetivos, funciones, actividad. Principales programas de ámbito autonómico, provincial y local para el apoyo de las asociaciones de mujeres.

55. El tejido asociativo de las asociaciones de mujeres en el municipio de Córdoba. Gestión de la participación del movimiento asociativo en las políticas locales de igualdad: Condiciones e instrumentos.

56. Estructura de participación en el Ayuntamiento de Códoba. El Consejo Municipal de la Mujer.

57. Acoso sexual. Tipos. Causas y efectos. Marco Legal. Recursos. Medidas para la prevención del acoso sexual en el Ayuntamiento de Córdoba.

58. El acoso moral. Factores que inciden. Principales consecuencias en los/as trabajadores/as y en organizaciones.

59. Las características del estado de Bienestar Social. Incluidos/as y Excluidos/as. Principales programas y recursos de intervención municipal con colectivos en situación o riesgo de exclusión social. Programas y recursos de intervención con mujeres. Razones para su especificad.

60. Políticas de vivienda: marco de competencias y gestión municipal. Acciones positivas en materia de igualdad de acceso a los recursos de vivienda.

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