Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 17/07/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 18 de mayo de 2007, por la que se 
autoriza a impartir ciclos formativos de formación profesional específica en la modalidad a distancia al Centro docente privado «Ramón y Cajal» de Córdoba.

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Vista la solicitud de autorización, de don Antonio Francisco Campos Cobo, como representante de la entidad «Centro Cordobés de Enseñanzas Medias, Sociedad Cooperativa Andaluza», titular del Centro docente privado «Ramón y Cajal» de Córdoba, sito en calle Joaquín José da Silva Xavier, núm. 1, para impartir ciclo formativo de Formación Profesional Específica en la modalidad a distancia, realizada según lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden de 20 de julio de 2006, por la que se regula la implantación y organización de la Formación Profesional Específica en la modalidad a distancia (BOJA núm. 175 de 8 de septiembre).

Considerando que el Centro docente privado «Ramón y Cajal» de Córdoba, por Orden de 10 de octubre de 2001 (BOJA núm. 130, de 10 de noviembre), tiene autorización definitiva para impartir, entre otros, los ciclos formativos de Cuidados Auxiliares de Enfermería y Farmacia.

Teniendo en cuenta que la metodología de estas enseñanzas y los materiales didácticos utilizados deberán atender a la utilización de las tecnologías de la información y de la comunicación y los recursos que proporciona internet, según establecen los artículos 21.1 y 22.4 de la citada Orden de 20 de julio de 2006.

Considerando que la solicitud de autorización cumple las condiciones generales establecidas en el artículo 3 de la Orden de 20 de julio de 2006, esta Consejería de Educación ha dispuesto:

Primero. Autorizar al Centro docente privado «Ramón y Cajal» de Córdoba, con código núm.: 14007416, la impartición de los ciclos formativos de Cuidados Auxiliares de Enfermería y Farmacia en la modalidad a distancia.

Segundo. El número de puestos escolares será de 80 para cada uno de ellos.

Tercero. La autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2007/2008.

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los arts. 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 18 de mayo de 2007

CÁNDIDA MARTÍNEZ LóPEZ

Consejera de Educación

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