Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 23/07/2007

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Salud

Resolución de 9 de julio de 2007, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición para cubrir plazas básicas vacantes de Médicos de Familia de Atención Primaria dependientes del Servicio Andaluz de Salud.

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Siendo precisa la cobertura de determinadas plazas básicas vacantes, y de conformidad con lo dispuesto con el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por el Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en los Decretos 97/2004, de 9 de marzo (BOJA núm. 61, de 29 de marzo), y 16/2007, de 5 de junio, por los que se aprueban, respectivamente, las Ofertas de Empleo Público para 2004 y 2007 de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General, en virtud de las atribuciones que se le asignan por Decreto 241/2004, de 18 de mayo (BOJA núm. 99, de 21 de mayo), de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud,

R E S U E L V E

Primero. Convocar concurso-oposición para cubrir las plazas básicas vacantes de Médicos de Familia de Atención Primaria que se detallan en el Anexo III.

Segundo. Aprobar las bases y los baremos de méritos contenidos en los Anexos I y II que regirán la convocatoria. En lo no previsto en los mismos se regirá por las disposiciones vigentes que le sean de aplicación.

Tercero. Reservar, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 33.1 del Decreto 136/2001, de 12 de junio, el 50% del total de las plazas ofertadas para su cobertura por el sistema de Promoción Interna. En el supuesto de que éstas plazas no se cubran, se acumularán a las convocadas por el sistema general de acceso libre.

Cuarto. Reservar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.3 del Decreto 136/2001, de 12 de junio, el 5% de las plazas ofertadas para su cobertura por personas con discapacidad igual o superior al 33%. El 4% se reserva para su cobertura por personas con discapacidad física, sensorial o psíquica que no tenga origen en retraso mental leve o moderado, y el 1% restante se reserva para ser cubiertas por personas con discapacidad que tenga origen en retraso mental leve o moderado. En el supuesto de que estas plazas no se cubran por personas con discapacidad se mantendrán ofertadas para el resto de aspirantes del sistema general de acceso libre.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Dirección General en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de julio de 2007.- El Director General, Rafael Burgos Rodríguez.

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