Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 30/07/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 3 de julio de 2007, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Ubrique, dimanante del procedimiento núm. 218/2005. (PD. 3116/2007).

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NIG: 1103841C20051000288.

Procedimiento: Verbal-Efec. D. Reales Inscr. (N) 218/2005. Negociado: 2.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instruccion Único de Ubrique.

Juicio: Verbal-Efec. D. Reales Inscr. (N) 218/2005.

Parte demandante: Juan Lucas Jiménez García

Parte demandada: Colin Peter Tillar.

Sobre: Verbal-Efec. D. Reales Inscr. (N).

En el juicio referenciado se ha dictado la resolución cuyo fallo es el siguiente

FALLO

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora doña Dolores Godoy Gálvez, en nombre y representación de don Juan Lucas Jiménez García, asistido del Letrado, don Jorge Hayens Ralló frente a don Collin Peter Tillar, condenando al demandado a cesar en cualquier acto de posesión de la finca urbana, vivienda situada en al calle Nuestra Señora del Rosario, señalada con el núm. 38, en el término de Villaluenga del Rosario (Cádiz), no perturbando la plena posesión del dominio y requiriéndose al demandado para que la abandone inmediatamente.

Se imponen las costas de este procedimiento al demandado.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes al que se notifique esta resolución para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz.

Llévese el original al libro de sentencias y testimonio a los presentes autos.

Así lo acuerdo, mando y firmo, don Lorenzo Rosa Lería, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Ubrique.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de fecha tres de julio de dos mil siete, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Ubrique, a tres de julio de dos mil siete.- El/la 
Secretario/a Judicial.

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