Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 31/07/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 25 de junio de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 25 de enero de 2006, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de La Roda de Andalucía (Sevilla), en el ámbito de la Ra-5 «El Calvario» (Expte. SE-439/06), y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y se modifica el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 25 de enero de 2007, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de La Roda de Andalucía (Sevilla), en el ámbito de la Ra-5 «El Calvario».

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, 
de Ordenación Urbanística de Andalucía, con fecha 16 de marzo de 2007, y con el número de registro 1.887, se ha 
procedido a la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, así como en el correspondiente Registro Municipal del Ayuntamiento de La Roda de Andalucía.

De conformidad con lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 25 de enero de 2007, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de La Roda de Andalucía (Sevilla), en el ámbito de la Ra-5 «El Calvario» (Anexo l).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de Planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

«Visto el proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de La Roda de Andalucía (Sevilla), en el ámbito de la Ra-5 “El Calvario”, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vista la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y demás legislación urbanística aplicable.

HECHOS

Primero. El proyecto urbanístico de referencia tiene por objeto cambiar la densidad residencial establecida por las Normas Subsidiarias del Planeamiento de La Roda de Andalucía para el desarrollo de la unidad de actuación en suelo urbano no consolidado, denominada Ra-5.

Se propone que la densidad actual de 30 viv/ha, pase a 44 viv/ha, lo cual posibilita que el número máximo de 52 viviendas permitidas con la densidad actual pase a ser de 77 viviendas. También se propone que la edificabilidad actual de 0,97 m2t/m2s pase a ser de 0,49 m22s dado el exceso de edificabilidad asignada a la unidad de actuación por el planeamiento vigente y como consecuencia del cambio tipológico que se propone de viviendas de menor superficie.

Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. La Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y se modifica el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de La Roda de Andalucía para la resolución definitiva de este proyecto se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.

Cuarto. Desde el punto de vista urbanístico, el proyecto se ajusta en cuanto a documentación y determinaciones a las normas legales y de planeamiento de rango superior que le son de aplicación, por lo que procede su aprobación.

De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, la Sección de Urbanismo de esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

HA RESUELTO

1.º Aprobar definitivamente el proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de La Roda de Andalucía (Sevilla), en el ámbito de la Ra-5 “El Calvario”, aprobado provisionalmente por el Pleno municipal con fecha 13.12.2006, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.a) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos.

3.º Publicar la presente Resolución, junto con el contenido de las normas urbanísticas de este planeamiento, en el BOJA, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de /a Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan.»

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

ANEXO II

La ordenación propuesta, refundida con la contenida en el texto vigente, en la relación con los parámetros no modificados, queda reflejada y sintetizada en las fichas urbanísticas que se recogen a continuación:

CARACTERÍSTICAS URBANÍSTICAS DE LAS NN.SS. PROPUESTAS
T.M. DE LA RODA DE ANDALUCÍA
EJECUCIÓN Ra-5
Tipo de actuación: Unidad de ejecución de planeamiento
Objeto de actuación: Cesión y urbanización
Sistema de actuación: Compensación
Iniciativa de planeamiento: Privada
Planeamiento o proyecto: Plan Especial
Densidad: 44 viv/ha
Núm. máx. de viviendas: 77 viviendas
Índice de edif. bruto: 0,49 m
Tipos de edificación: Unifamiliar adosada
Ordenanza de uso y edificación: Núcleo-Extensión
Aprovechamiento lucrativo: 8.600 m
SUPERFICIE (M RESERVAS (M
17.520,08 A. LIBRES/EQUIPAMIENTO TOTAL
2.310,00 2.310,00
OBSERVACIONES: Se deberá prever las cesiones correspondientes al 10% del aprovechamiento medio y las correspondientes al Convenio suscrito con el Ayuntamiento.

Como puede verse, las reservas de equipamientos y zonas verdes cumplen con lo establecido por el art. 171.2.a) de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía para los suelos urbanizables de uso residencial, para el máximo número de viviendas previsto:

- Reserva de áreas libres y equipamientos se tomará el mayor de los dos valores:

10% de la superficie = 10% x 17.520,08 m2 = 1.752,00 m2.

30 m2/viv = 30 m2 x 77 viviendas = 2.310 m2.

Por tanto, se prevé una cesión de suelo para áreas libres y equipamientos de 2.310 m2.

Dichos coeficientes de ocupación –densidad y edificabilidad– están lejos aún de los máximos permitidos por la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía para los suelos urbanizables o urbanos no consolidados (art. 17 acorde con lo establecido en el art. 8.2 según los criterios de proporcionalidad según la caracterización del municipio por su población y dinámica de crecimiento):

Densidad de viviendas/hectárea = 44 viv/ha < 75 viv/ha.

Índice de edificabilidad bruta = 0,49 m2t/m2s < 1 m22s.

Sevilla, 25 de junio de 2007.- El Delegado, Jesús Lucrecio Fernández Delgado.

Descargar PDF