Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 157 de 09/08/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

Resolución de 25 de julio de 2007, de la Dirección General de Gestión Económica del Servicio Andaluz de Salud, por la que se amplía el ámbito de aplicación de los requisitos de simbolización mediante código de barras en productos de consumo adquiridos por el Servicio Andaluz de Salud.

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La Resolución de 9 de diciembre de 2005, del Servicio Andaluz de Salud establecía los requisitos de simbolización mediante código de barras en los productos de consumo adquiridos por los centros Sanitarios que los constituyen. Todo ello con la finalidad de introducir instrumentos que permitan la trazabilidad de estos productos en la cadena de suministros a fin de proteger la seguridad de los pacientes y de los profesionales sanitarios.

En el punto 3 del apartado segundo de la citada Resolución se establece la posibilidad de extender estos requisitos a categorías del Catálogo no previstas en la misma.

Siendo conveniente a los intereses del Organismo extender tales requisitos a productos asociados a nuevas categorías del Catálogo de Productos y Materiales de Consumo y atendiendo a lo dispuesto en los apartados segundo.3 y octavo de la Resolución arriba indicada, esta Dirección General, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 241/2004, de 18 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y demás normas concordantes,

RESUELVE

Primero. Los productos específicos vinculados a las categorías del Catálogo de Productos y Materiales de Consumo que figuran en el Anexo I que se adquieran por los Centros del Servicio Andaluz de Salud deberán contar en sus envases y materiales de embalajes con el sistema de identificación basado en el estándar GS1 (antes EAN.UCC) de codificación y simbolización en barras, en las condiciones que se determinan en la presente Resolución.

Segundo. La simbolización en barras se ajustará a lo establecido en el Anexo I así como a las restantes pautas que le fueran de aplicación de entre las previstas en la Resolución de 9 de diciembre de 2005 (BOJA núm. 249, de 23 de diciembre), de la Dirección Gerencia, por la que se establecen los requisitos para la simbolización mediante código de barras en los productos de consumo que sean adquiridos por el Servicio Andaluz de Salud.

Tercero. Quedan sin efecto las instrucciones que se opongan a lo establecido en la presente Resolución, que surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de julio de 2007.- El Director General de Gestión Económica, P.S., el Director General de Asistencia Sanitaria, Joaquín Carmona Díaz-Velarde.

ANEXO I
Unidad de Consumo Primer nivel de Agrupación Segundo nivel de Agrupación y sucesivos
01 - MATERIAL SANITARIO FUNGIBLE
01.24 – MATERIAL ESPECÍFICO PARA LABORATORIOS
01.24.01- Cámaras, portas, cubreobjetos y transporte portaobjetos Obl13 Obl128 Obl128
01.24.02 - Cubetas de dilución, reacción y muestra Obl13 Obl128 Obl128
01.24.03 - Placas y frascos de cultivo Obl13 Obl128 Obl128
01.24.07 - Pipetas y puntas de pipetas Obl13 Obl128 Obl128
01.24.09 - Útiles de material plástico Obl13 Obl128 Obl128
01.24.10 - Recipientes para recogida y transporte de muestras Obl13 Obl128 Obl128
01.24.12 - Tubos extracción de sangre para analítica Obl13 Obl128 Obl128
01.24.13 - Tubos laboratorio cristal Obl13 Obl128 Obl128
01.24.14 - Tubos laboratorio material plástico Obl13 Obl128 Obl128
01.24.15 - Tubos extracción de otras muestras Obl13 Obl128 Obl128
01.24.17 - Viales de laboratorio Obl13 Obl128 Obl128
01.24.18 - Tapones para tubos diversos Obl13 Obl128 Obl128
01.24.28 - Papeles, Bandejas y filtros de laboratorio Obl13 Obl128 Obl128
01.24.29 – Agujas y jeringas de laboratorio Obl13 Obl128 Obl128
01.24.50 - Artículos de veterinaria Obl13 Obl128 Obl128
01.24.99 - Varios (01.24) Obl13 Obl128 Obl128
03 - DIAGNÓSTICO POR IMAGEN
03.00 - PELÍCULAS PARA DIAGNÓSTICO POR IMAGEN
03.00.00 - Películas para radiografías generales (línea azul) Obl13 Obl128 Obl128
03.00.01 - Películas para radiografías generales (línea verde) Obl13 Obl128 Obl128
03.00.02 - Películas para duplicado Obl13 Obl128 Obl128
03.00.03 - Películas multiformato para monitor Obl13 Obl128 Obl128
03.00.04 - Películas láser húmedo Obl13 Obl128 Obl128
03.00.05 - Películas procesado en seco Obl13 Obl128 Obl128
03.00.06 - Películas intraorales Obl13 Obl128 Obl128
03.00.07 - Películas para radioterapia Obl13 Obl128 Obl128
03.00.08 - Películas para radiografía asimétricas Obl13 Obl128 Obl128
03.00.09 - Películas para mamografía Obl13 Obl128 Obl128
03.01 - LÍQUIDOS REVELADORES Y FIJADORES
03.01.00 - Líquidos reveladores Obl13 Obl128 Obl128
03.01.01 - Líquidos fijadores Obl13 Obl128 Obl128
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