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En el recurso contencioso-administrativo número 2201/2003, interpuesto por Cárdenas e Hijos, Cardhis, S.L., contra Resolución de 26 de agosto de 2003 dictada en expediente SE/EE/04676/1999 de la entonces Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, desestimando la Ayuda a la Creación de Empleo Estable por la contratación del trabajador don Pascual Fernández Conde, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de fecha 24 de mayo de 2007, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallamos que debemos estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad Cárdenas e Hijos, Cardhis, S.L., contra la Resolución citada en el fundamento de derecho primero que anulamos reconociendo el derecho de la actora a que le sea concedida la ayuda solicitada por la contratación de empleo estable del trabajador don Pascual Fernández Conde, por el importe de 3.005,06 euros. Sin costas.»
Según lo establecido en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 14 de agosto de 2007.- El Secretario General Técnico, P.S. (Orden de 9 de julio de 2007), la Directora General de Planificación, Ana Arnáiz de las Revillas García.
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